Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2015 (01/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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de Servicios Judiciales y Recaudacion de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que este Organo de Gobierno mediante Resolucion Administrativa N° 077-2015-CE-PJ, expedida con fecha 19 de febrero del presente ano y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de marzo ultimo, aprobo el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el Ejercicio Gravable del ano 2015. Segundo.- Que, al respecto, la Subgerente de Recaudacion Judicial de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudacion de la Gerencia General del Poder Judicial refiere que efectuada la revision del mencionado Cuadro de Valores de Aranceles Judiciales, se ha advertido la existencia de error material en el item 3 del rubro Solicitud de Actos Judiciales, para lo cual formula la propuesta respectiva con las precisiones para su subsanacion. Tercero. Que siendo asi, de conformidad con lo previsto en el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones de este Organo de Gobierno adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; deviene en pertinente aprobar el pedido presentado. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 571-2015 de la vigesima MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Pilco; sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la Resolucion Administrativa N° 077-2015-CE-PJ, expedida con fecha 19 de febrero del presente ano y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de marzo ultimo, mediante la cual se aprobo el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el Ejercicio Gravable del ano 2015, en el extremo del Item 3, referido al derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles, correspondiente al rubro Solicitud de Actos Judiciales; en los siguientes terminos: 3.- POR DERECHO A PARTICIPAR EN REMATE JUDICIAL DE BIENES INMUEBLES. Valor del bien inmueble por rematar: a) Hasta cien (100) URP. b) Mas de cien (100) URP hasta quinientos (500) URP. c) Mas de quinientos (500) URP hasta mil (1000) URP. d) Mas de mil (1000) URP. 50.0% 192.50 100.0% 385.00 150.0% 577.50 200.0% 770.00

El Peruano Viernes 1 de MORDAZA de 2015

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen el cierre del 23° Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y dictan otras medidas
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 181-2015-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2015 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 102-2015CE-PJ de fecha 11 de marzo de 2015; y el Informe N° 032-2015-CEPR-UPD-CSJLI/PJ de fecha 24 de MORDAZA de 2015; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolucion Administrativa N° 102-2015-CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone que a partir del 1 de MORDAZA de 2015 el 23° Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, adquiera las mismas competencias del 24°, 25° y 26° Juzgados Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de MORDAZA, en temas donde sea parte el INDECOPI. Segundo.- Que, mediante el informe de vistos la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha puesto a conocimiento de este Despacho las acciones administrativas adecuadas para el cumplimiento cabal a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: · La carga procesal del 23° Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria Aduanera y de MORDAZA al mes de MORDAZA asciende a 376 (trescientos setenta y seis) expedientes, los cuales deberan ser remitidos a la mesa de partes para su redistribucion aleatoria y equitativa entre las demas dependencias de la subespecialidad. · El tiempo para la remision de expedientes no debera sobrepasar los 5 dias habiles, considerando la cantidad de expedientes que conllevan. · La apertura del turno del 23° Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA debera ser conforme lo estipula el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial es decir a partir del 1 de MORDAZA de 2015, para el conocimiento de los procesos donde sea parte el INDECOPI. Tercero.- Que por las razones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3) del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de Ley Organica del Poder Judicial e inciso 3) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Corte Superior de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre de 2012. SE RESUELVE: Articulo Primero: DISPONER el cierre del 23° Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a partir de la publicacion de la presente Resolucion Administrativa. Articulo Segundo: DISPONER que el 23° Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remita la totalidad de sus expedientes a la Mesa de Partes de la sede "Rabanal Backus", donde se ubican las MORDAZA y Juzgados con Subespecialidad

Nota: Para efectos de sufragar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial, se tomara en consideracion la Tasacion del bien inmueble que apruebe el Juez mediante resolucion judicial. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del pais; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1232184-3

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