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El Peruano Lunes 4 de mayo de 2015 551970 Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE CHU WONG Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas ESSALUD 1232142-1 Establecen de manera progresiva, la utilización de la “Plataforma Virtual de Seguros y Prestaciones Económicas” SEGURO SOCIAL DE SALUD ESSALUD RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONOMICAS Nº 013-GCSPE-ESSALUD-2015 Lima, 27 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014 del 31 de diciembre de 2014, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Seguro Social de Salud -ESSALUD, cuyo artículo 133° establece que la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas es el órgano de línea encargado de proponer las políticas, normas y estrategias de aseguramiento, así como gestionar los procesos relacionados al régimen contributivo de la Seguridad Social y otros seguros de riesgos humanos; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, contexto bajo el cual una de las principales acciones que comprende la Ley en mención es la institucionalización de la evaluación de la gestión por resultados, a través del uso eficiente de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones; Que, en el marco del gobierno electrónico, el desarrollo de nuevas tecnologías de la información y las necesidades de los asegurados y entidades empleadoras, propicia la adopción de políticas administrativas para optimizar los servicios que brinda EsSalud, a través de la eliminación de las gestiones administrativas del procedimiento convencional en un marco propulsor del desarrollo tecnológico, electrónico e informático; Que, a efectos de garantizar el acceso oportuno de los asegurados a los servicios que brinda EsSalud, el Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA de EsSalud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-TR, describe procedimientos de registro excepcional tramitados de manera presencial ante las Agencias de Seguros y Ofi cinas de Aseguramiento; Que, mediante Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento Nº 24-GCAS-ESSALUD-2011 del 15 de julio de 2011, se estableció el “Sistema Informático de Aseguramiento – SAS” como soporte de la Plataforma de Aseguramiento para su utilización por las entidades empleadoras y asegurados comprendidos en el Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud que administra EsSalud; Que, a fi n de optimizar y mejorar los servicios que brinda la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, EsSalud implementará una plataforma virtual a través de internet como parte del sistema de aseguramiento, que permitirá a las entidades empleadoras y asegurados realizar transacciones no presenciales relacionadas con los procedimientos de seguros y prestaciones económicas; Que, en uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: Primero.- ESTABLECER de manera progresiva, la utilización de la “Plataforma Virtual de Seguros y Prestaciones Económicas”, a través de la cual las entidades empleadoras y asegurados de EsSalud, realicen trámites no presenciales relacionados con los procedimientos de seguros y prestaciones económicas. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Plataforma de Aseguramiento, que en coordinación con las áreas competentes de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, elaboren los cronogramas y procedimientos respectivos para la utilización de la Plataforma Virtual de Seguros y Prestaciones Económicas. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Plataforma de Aseguramiento la difusión de la presente Resolución, así como la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web Institucional. Cuarto.- DISPONER que la presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE CHU WONG Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas ESSALUD 1232141-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan auxiliar coactivo de la Intendencia Regional Ayacucho RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 2400240000003 Ayacucho, 27 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevo auxiliar coactivo de la Intendencia Regional Ayacucho para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modifi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de auxiliar coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005- 2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia;