Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2015 (04/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de fibra de henequen (Agave spp.) de origen y procedencia El MORDAZA de la siguiente manera: 1. Que el envio debera contar con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debe de venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen. 3. El producto estara contenido en envases nuevos y de primer uso. 4. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1231735-1

El Peruano Lunes 4 de MORDAZA de 2015

Dejan sin efecto numerales 2.1 y 2.1.1 del Articulo Unico de la R.D. Nº 00062015-MINAGRI-SENASA-DSV, y los Articulos 2º y 3º de la R.D. Nº 10-2011AG-SENASA-DSV
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0026-2015-MINAGRI-SENASA-DSV 21 de MORDAZA de 2015 VISTO: El INFORME-0008-2015-MINAGRI-SENASA-DSVSCV-GMOSTAJO de fecha 15 de MORDAZA de 2015, que propone el retiro de plagas de los requisitos fitosanitarios para la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion de plantas y productos vegetales y cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria - SENASA; Que, el Articulo 9° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, senala que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria aprobara y difundira la lista de plagas cuarentenarias y enfermedades notificables para el MORDAZA e implementara los mecanismos para fortalecer un eficiente MORDAZA de notificacion. El SENASA es la unica autoridad autorizada en el MORDAZA para hacer el reporte oficial de la presencia de dichas plagas y enfermedades; Que, conforme a lo senalado en el Articulo 38º del Decreto Supremo 032-2003-AG, los requisitos fitosanitarios necesarios de cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion de Organo de Linea Competente; Que, conforme a lo senalado en el articulo 38° del Decreto Supremo 0032-2003-AG, los requisitos fitosanitarios necesarios de cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion de Organo de Linea Competente; Que, a traves de la Resolucion Directoral N° 24-2004AG-SENASA-DSV de fecha 03 de febrero de 2004, se establece los requisitos fitosanitarios para la importacion de fruta fresca de manzana procedente de Canada;

Que, la Resolucion Directoral N° 007-2004-AGSENASA-DSV de fecha 30 de enero de 2007, establece los requisitos fitosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la para la importacion de semilla de MORDAZA procedente de Guatemala; Que mediante Resolucion Directoral N° 10-2011AG-SENASA-DSV de fecha 25 de marzo de 2011, se modifica las disposiciones legales relativas a requisitos fitosanitarios para la importacion de diversos productos retirando o reemplazando plagas en dichos requisitos; Que, la Resolucion Directoral N° 0006-2015-MINAGRISENASA-DSV de fecha 05 de febrero de 2015, establece los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de MORDAZA MORDAZA (seca al aire) de cedro de origen y procedencia Bolivia; Que, la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Direccion de Sanidad Vegetal del SENASA realizo una revision de la Lista de Plagas Cuarentenarias no Presentes en el Peru excluyendo aquellas plagas que se encuentran presentes en el MORDAZA o que representan poca importancia economica; Que, la Convencion Internacional de Proteccion Fitosanitaria ­ CIPF, exhorta a las partes contratantes a tomar medidas fitosanitarias solamente sobre aquellas plagas cuarentenarias y plagas no cuarentenarias reglamentadas para el pais; Que, la Subdireccion de Cuarentena Vegetal del SENASA considera procedente el retiro de aquellas plagas excluidas de la Lista de Plagas Cuarentenarias para el Peru de las exigencias fitosanitarias requeridas en la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modificatoria, la Resolucion Directoral Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Oficina de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dejar sin efecto los numerales 2.1 y 2.1.1 del Articulo Unico de la Resolucion Directoral N° 0006-2015-MINAGRI-SENASA-DSV, correspondientes a la Declaracion Adicional: Producto libre de: Platypus sulcatus, de los requisitos fitosanitarios de MORDAZA MORDAZA (seca al aire) de cedro de origen y procedencia Bolivia; dejando subsistente en todo los demas que la integra. Articulo 2°.- Dejar sin efecto los Articulos 2° y 3° de la Resolucion Directoral N° 10-2011-AG-SENASA-DSV que reemplaza las plagas Rhagoletis pomonella por Rhagoletis spp. y Megastigmus albifrons por Megastigmus spp, restituyendo la vigencia contenida en dichos extremos en la Resolucion Directoral N° 007-2007-AG-SENASA-DSV y Resolucion Directoral N° 24-2004-AG-SENASA-DSV respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1231735-2

Modifican lo concerniente al tratamiento de semillas de cafe de varios paises y semillas de maiz de MORDAZA, senalado en diversas Resoluciones Directorales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0027-2015-MINAGRI-SENASA-DSV 21 de MORDAZA de 2015 VISTO: El Informe-0007-2015-MINAGRI-SENASA-DSV-SCVGMOSTAJO, de fecha 15 de MORDAZA de 2015, que se

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