Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2015 (04/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 4 de MORDAZA de 2015

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Regionales a hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba, llevada a cabo el dia lunes 22 de diciembre del 2014, aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR la "Guia para la Elaboracion de Planes de MORDAZA en Comunidades Nativas", como instrumento de gestion que organiza sistematicamente las pautas y procedimientos para la elaboracion de un Plan de MORDAZA en Comunidades Nativas del departamento de San MORDAZA, el cual constituye un componente de la estrategia para la implementacion de la Politica Territorial Regional y del MORDAZA de Ordenamiento Territorial de San Martin. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General del Gobierno Regional de San MORDAZA, a traves de los sectores del pliego regional, organos desconcentrados y unidades ejecutoras que coadyuven al estricto cumplimiento de los contenidos de la presente Guia, asi como de lo establecido por las Comunidades Nativas en sus Planes de MORDAZA de acuerdo a su Zonificacion Comunal y a traves de sus Planes Operativos Anuales realizar el direccionamiento, focalizacion e implementacion eficaz de servicios, infraestructura economica y productiva, e incentivos que permitan un desarrollo sostenible de los ambitos de las comunidades nativas que hayan aprobado su Plan de MORDAZA . Articulo Tercero.- Las instituciones publicas y privadas, entre las que figuran los Organismos No Gubernamentales, entre otros, que elaboran Planes de MORDAZA para las Comunidades Nativas seguiran el procedimiento establecido en la guia aprobada por la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental y a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, el seguimiento y monitoreo en la elaboracion de Planes de MORDAZA en las Comunidades Nativas y su implementacion de acuerdo a sus competencias y facultades establecidas por ley. Articulo Quinto.- ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realice los tramites respectivos para Ia publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion del departamento de San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA Articulo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta para proceder a su implementacion correspondiente. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion MORDAZA IVONE MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de San MORDAZA Consejo Regional Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA, a los veintidos dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 1231774-1

de desarrollo. Asimismo, por el MORDAZA de inclusion regulado en el articulo 8º de la ley bajo comentario, el gobierno regional desarrolla politicas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultural de jovenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ambito rural y organizaciones de comunidades campesinas y nativas, nutriendose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones tambien buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminacion por razones de etnia, religion o genero y toda otra forma de discriminacion; Que, de acuerdo a la funcion de planeamiento regulada en el articulo 45º de la ley bajo comentario, el Gobierno Regional disena politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional esto incluye a las comunidades nativas de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Descentralizacion y a la presente Ley; Que, es funcion de la Autoridad Regional Ambiental segun el articulo 6º inciso 4 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Regional Ambiental, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2011-GRSM/CR, aprobar proyectos de aprovechamiento sostenible en comunidades locales y nativas, en asociacion con organizaciones publicas o privadas; Que, visto el Acta del Taller de socializacion del Plan de MORDAZA para Comunidades Nativas con las Organizaciones Indigenas de San MORDAZA, de fecha 24 de setiembre de 2014, se da cuenta que se ha llevado a cabo la socializacion y validacion de la Propuesta del Plan de MORDAZA para Comunidades Nativas en el MORDAZA de la Plataforma Regional de Manejo Forestal Comunitario de San MORDAZA (PRMFC-SM), con los representantes de las federaciones de los pueblos originarios de la region San MORDAZA, representantes de la Direccion Desconcentrada de Cultura ­ Viceministerio de Interculturalidad, Direccion Regional de Educacion, Autoridad Regional Ambiental ­ Direccion Ejecutiva de Administracion y Conservacion de los Recursos Naturales ­ Unidad de Manejo Forestal Comunitario, Oficina Regional de Desarrollo de los Pueblos Indigenas de San MORDAZA y las OGN´S que desarrollan actividades con comunidades nativas y elaboran planes de vida; Que, la Politica Territorial Regional de San MORDAZA, aprobada con Ordenanza Regional Nº 015-2012-GRSM/ CR, establece como Politica I referida al territorio y sus potencialidades: Impulsar e implementar el ordenamiento espacial, juridico y politico en base a las potencialidades y limitaciones del territorio identificadas en la ZEE y especificamente en las zonas de tratamiento especial, promover la proteccion, recuperacion y el desarrollo integral de los pueblos indigenas u originarios, reafirmado su cosmovision y revalorandolos como patrimonio cultural; Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 22-2014GRSM/ARA/AAJG-ECA de fecha 07 de noviembre de 2014 con el cual se recomienda aprobar la "Guia para la Elaboracion de Planes de MORDAZA en Comunidades Nativas" mediante Ordenanza Regional a fin de que este pueda ser aprobado y cumpla con sus objetivos para los cuales ha sido propuesto y elaborado; Que, mediante Informe Legal Nº 624-2014-GRSM/ ORAL, de fecha 05 de diciembre presente ano, la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San MORDAZA opina por que se apruebe la propuesta de Ordenanza Referida a la implementacion de la Guia para la Elaboracion de Planes de MORDAZA en Comunidades Nativas; Que, mediante Informe Legal Nº 084-2014-SCRGRSM/ALE, de fecha 10 de diciembre del presente ano, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional de San MORDAZA opina que via Ordenanza Regional se apruebe la propuesta normativa denominada: Guia para la Elaboracion de Planes de MORDAZA en Comunidades Nativas; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica del Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas

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