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El Peruano Viernes 8 de mayo de 2015 552246 del Estado Civil, conforme lo establece el artículo 111° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013), propone la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo comprendido entre los años 1857 - 1899; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; Que, a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinión favorable respecto a la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos que comprende los libros de actas y sus respectivos títulos archivados, del periodo comprendido entre los años 1857 - 1899; debiéndose transferir también la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera, obtenido a partir del acervo documentario a incorporar; dictando las medidas correspondientes; conservando la citada Ofi cina de Registros del Estado Civil la delegación de las facultades registrales a que se hace referencia en la Resolución Jefatural N° 510- 2010-JNAC/RENIEC (09JUN2010), en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos del periodo no comprendidos en la presente Resolución Jefatural; Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCORPORAR la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1857 - 1899; así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 08 de Mayo de 2015. Artículo Segundo.- DISPONER que la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, mantenga la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales l), m), n), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497; a que hace referencia la Resolución Jefatural N° 510-2010-JNAC/RENIEC de fecha 09 de Junio de 2010, en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos que conserva en su archivo registral y que aún no ha sido incorporado a RENIEC; quedando facultada a expedir copias certifi cadas de dicho acervo documentario. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Provincia y Departamento de Lima, para el traslado del acervo documentario de la sección Nacimientos que comprende a los libros de actas y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de los años 1857 - 1899, así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera, al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el artículo primero de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1234394-1 Disponen el cierre del Padrón Electoral con fecha 08 de mayo de 2015, para efectos del desarrollo de la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín – San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, de la provincia y departamento de Piura RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 129-2015/JNAC/RENIEC Lima, 7 de mayo de 2015 VISTOS: La Resolución N° 074-2015-JNE del Jurado Nacional de Elecciones (17MAR2015); el Memorando N° 000354-2015/GRE/RENIEC (07MAY2015) y el Informe N° 000036-2015/GRE/RENIEC (07MAY2015), emitido por la Gerencia de Registro Electoral; el Informe N° 000163- 2015/GAJ/SGAJR/RENIEC (07MAY2015), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Hoja de Elevación N° 000313-2015/GAJ/RENIEC (07MAY2015), emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de la Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del artículo 23° del Reglamento de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, Decreto Supremo N° 019-2003-PCM, la convocatoria a consulta vecinal la efectúa el Jurado Nacional de Elecciones, dentro de los 15 días posteriores a la solicitud formulada por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que mediante la Resolución N° 0074-2015-JNE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano del 17 de marzo de 2015, se convocó a consulta vecinal con fi nes de demarcación territorial en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín – San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, de la Provincia y Departamento de Piura, para el día domingo 23 de agosto de 2015; Que para ese efecto, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil atendiendo a lo dispuesto en el inciso b) del artículo 23° del Reglamento de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, Decreto Supremo N° 019-2003-PCM elabora dentro de los sesenta (60) días posteriores a la fecha de la convocatoria, el padrón electoral a emplearse en la consulta vecinal; Que atendiendo al cronograma electoral aprobado por el JNE para el proceso de consulta vecinal en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín – San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, de la Provincia y Departamento de Piura, la fecha límite para la elaboración del padrón electoral del proceso de consulta vecinal es el día 17 de mayo de 2015, plazo que se ha tenido en cuenta para la programación y ejecución de las actividades a cargo del RENIEC; Que la elaboración del padrón electoral para la consulta vecinal en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín – San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas,