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El Peruano Martes 12 de mayo de 2015 552398 Si Vuestra Excelencia tiene a bien con¿ rmar lo arriba expuesto en una Nota de respuesta en representación del Gobierno de la República del Perú, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia constituirán un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos, el que entrará en vigor a partir de la fecha de la última comunicación mediante la cual las partes se noti¿ quen mutuamente por la vía diplomática, el cumplimiento de sus procedimientos internos para tal efecto. Éste mantendrá su vigencia hasta la fecha en que ambas Partes hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en el mismo. Hago propicia la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.” Además tengo el honor de con¿ rmar, en nombre del Gobierno de la República del Perú, el entendimiento antes transcrito y acordar que la Nota de Vuestra Excelencia y la presente constituyan un acuerdo entre los dos Gobiernos. Aprovecho la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. (Firma) Gonzalo Gutiérrez Reinel Ministro de Relaciones Exteriores Al Excelentísimo señor Gao Hucheng Ministro de Comercio de la República Popular China Ciudad.- 1235745-1 Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China (Rati¿ cado por Decreto Supremo Nº 002-2015-RE, de fecha 14 de enero de 2015) CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China, con miras a desarrollar aún más las relaciones amistosas y profundizar la cooperación económica y técnica entre los dos países, han llegado al siguiente acuerdo: Artículo I Atendiendo a las necesidades del Gobierno de la República del Perú, el Gobierno de la República Popular China proporciona al Gobierno de la República del Perú una donación de setenta millones (70’000,000.00) de yuanes de Renminbi. Artículo II La donación arriba mencionada será destinada a ¿ nanciar proyectos que se acuerden por los dos Gobiernos. Los detalles especí¿ cos serán determinados por ambas Partes a través de acuerdos suscritos en posterior oportunidad. Artículo III Los procedimientos técnicos bancarios para la ejecución del presente Convenio serán acordados y ¿ rmados posteriormente por el Banco de Desarrollo de China y el Banco de la Nación del Perú. Artículo IV El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de la última nota mediante la cual las Partes se noti¿ quen mutuamente, por vía diplomática, el haber cumplido con sus procedimientos internos para tal efecto. Éste mantendrá su vigencia hasta la fecha en que ambas Partes hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en el mismo. Suscrito en la ciudad de Beijing el día 12 de noviembre del año 2014, en dos ejemplares originales, uno para cada Parte y cada uno de los cuales está escrito en idiomas chino y castellano, siendo ambos textos igualmente válidos. (Firma) Por el Gobierno de la República del Perú (Firma) Por el Gobierno de la República Popular China 1235775-1 Entrada en vigencia del Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China Entrada en vigencia del Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China, suscrito el 12 de noviembre de 2014, en la ciudad de Beijing, República Popular de China y rati¿ cado por Decreto Supremo Nº 002-2015-RE, de fecha 14 de enero de 2015. Entró en vigor el 10 de abril de 2015. 1235747-1 Entrada en vigencia del Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China relativo al Proyecto del “Centro de Operaciones de Emergencia Nacional - COEN” Entrada en vigencia del Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China relativo al Proyecto del “Centro de Operaciones de Emergencia Nacional - COEN”, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota s/n del Ministerio de Comercio de la República Popular China, y Nota RE (GAB) Nº 6/192 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; ambas de fecha 12 de noviembre de 2014 y rati¿ cado por Decreto Supremo Nº 009-2015-RE, de fecha 24 de febrero de 2015. Entró en vigor el 10 de abril de 2015. 1235748-1 Entrada en vigencia del Acuerdo entre la República del Perú y la República Popular China relativo a la donación de un lote de sillas de ruedas Entrada en vigencia del Acuerdo entre la República del Perú y la República Popular China relativo a la donación de un lote de sillas de ruedas, formalizado mediante intercambio de Notas, Nota s/n del Ministerio de Comercio de China y Nota RE (GAB) Nº 6/191 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; ambas de fecha 12 de noviembre de 2014 y rati¿ cado por Decreto Supremo Nº 007-2015-RE, de fecha 12 de febrero de 2015. Entró en vigor el 10 de abril de 2015. 1235766-1