Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2015 (12/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Martes 12 de mayo de 2015 552389 de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario O¿ cial El Peruano; Que, según el literal b del artículo 13º de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones que realiza con el ¿ n exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, según la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, modi¿ cada por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el año ¿ scal 2014, la Secretaria General es la máxima autoridad administrativa y ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, en el marco de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la modi¿ cación de la sección correspondiente a la Dirección de Promoción del Turismo de la Carta de Servicios de PROMPERÚ y los formatos aplicables a tales servicios; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, y el literal ñ) del artículo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ; Con la visación de la Dirección de Promoción del Turismo, la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, la Subdirección de Promoción del Turismo Interno, la O¿ cina General de Administración, la O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O¿ cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modi¿ cación de los servicios Nº 3 y Nº 4 de la sección correspondiente a la Dirección de Promoción del Turismo de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, aprobada mediante Resolución de Secretaría General Nº 082-2010-PROMPERÚ/SG y normas modi¿ catorias, que en el Anexo Nº 1, en dos (02) folios, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Aprobar los formatos que a continuación se detallan y que en el Anexo Nº 02, en seis (06) folios, forma parte de la presente Resolución: a) FO-TUI-005: Solicitud de Participación en Eventos Nacionales de Turismo (Versión 03). b) FO-TUR-013: Aceptación de las Condiciones Generales de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Turismo (Versión 02). Artículo 3º.- Derogar los formatos aprobados mediante el artículo 2º de la Resolución de Secretaría General Nº 069-2015-PROMPERÚ/SG, que a continuación se detallan: a) FO-TUI-005: Solicitud de Participación en Eventos Nacionales de Turismo (Versión 02). b) FO-TUR-013: Aceptación de las Condiciones Generales de Participación en Eventos Nacionales e Internacionales de Turismo (Versión 01). Artículo 4º.- Dejar sin efecto el artículo 2º de la Resolución de Secretaría General Nº 071-2015- PROMPERÚ/SG. Artículo 5º.- Encargar a la O¿ cina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O¿ cial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 6º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario O¿ cial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal Institucional y Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1235712-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo Nacional del Ambiente - FONAM para el financiamiento de acciones de remediación ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 062-2015-OEFA/PCD Lima, 11 de mayo de 2015 VISTOS: El Memorándum N° 1563-2015-OEFA/OPP y el Informe N° 197-2015-OEFA/OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la ¿ scalización ambiental; Que, el Numeral 75.1 del Artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que son transferencias ¿ nancieras entre pliegos presupuestarios los traspasos de fondos públicos sin contraprestación para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; Que, el Numeral 4.2 del Artículo 4º de la Ley Nº 30321 - Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental autoriza al OEFA, de manera excepcional y durante el Año Fiscal 2015, a realizar transferencias ¿ nancieras a favor del Fondo Nacional del Ambiente (FONAM) hasta por la suma de S/. 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 nuevos soles), con cargo a los recursos provenientes de la imposición de multas administrativas, para el ¿ nanciamiento de las acciones de remediación ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos que impliquen riesgos a la salud y al ambiente y, ameriten una atención prioritaria y excepcional del Estado; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 061-2015-OEFA/PCD el OEFA incorporó la suma de S/. 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 nuevos soles) a su Presupuesto Institucional Modi¿ cado provenientes de las multas administrativas impuestas por el OEFA en el ejercicio de su función de ¿ scalización ambiental, y no respecto de los recursos provenientes del Aporte por Regulación, a ¿ n de realizar la indicada transferencia ¿ nanciera, al haberse priorizado las actividades proyectadas en los instrumentos de gestión, sin que ello implique una afectación de los objetivos estratégicos trazados para el presente año; Que, mediante Memorándum N° 1563-2015-OEFA/ OPP del 8 de mayo del 2015, la O¿ cina de Planeamiento y Presupuesto recomienda la aprobación de la transferencia ¿ nanciera a favor del FONAM hasta por la suma de S/. 20