Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2015 (12/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Martes 12 de MORDAZA de 2015

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correspondiente en el MORDAZA Institucional y MORDAZA de Transparencia de la Entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. ARACELLY LACA MORDAZA Secretaria General (e) 1235712-1

de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolucion del Titular de la Entidad se establezca la descripcion de los bienes y servicios objeto de comercializacion, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere, asi como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolucion en el Diario O cial El Peruano; Que, segun el literal b del articulo 13º de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, la entidad esta facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestacion de servicios en el ambito de sus funciones que realiza con el n exclusivo de recuperar el gasto o la inversion efectuada; Que, segun la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, modi cada por la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Pubico para el ano scal 2014, la Secretaria General es la MORDAZA autoridad administrativa y ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, en el MORDAZA de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la modi cacion de la seccion correspondiente a la Direccion de Promocion del Turismo de la Carta de Servicios de PROMPERU y los formatos aplicables a tales servicios; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, y el literal n) del articulo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERU; Con la visacion de la Direccion de Promocion del Turismo, la Subdireccion de Promocion del Turismo Receptivo, la Subdireccion de Promocion del Turismo Interno, la O cina General de Administracion, la O cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O cina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modi cacion de los servicios Nº 3 y Nº 4 de la seccion correspondiente a la Direccion de Promocion del Turismo de la Carta de Servicios de PROMPERU, aprobada mediante Resolucion de Secretaria General Nº 082-2010-PROMPERU/SG y normas modi catorias, que en el Anexo Nº 1, en dos (02) folios, forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar los formatos que a continuacion se detallan y que en el Anexo Nº 02, en seis (06) folios, forma parte de la presente Resolucion: a) FO-TUI-005: Solicitud de Participacion en Eventos Nacionales de Turismo (Version 03). b) FO-TUR-013: Aceptacion de las Condiciones Generales de Participacion en Eventos Nacionales e Internacionales de Turismo (Version 02). Articulo 3º.- Derogar los formatos aprobados mediante el articulo 2º de la Resolucion de Secretaria General Nº 069-2015-PROMPERU/SG, que a continuacion se detallan: a) FO-TUI-005: Solicitud de Participacion en Eventos Nacionales de Turismo (Version 02). b) FO-TUR-013: Aceptacion de las Condiciones Generales de Participacion en Eventos Nacionales e Internacionales de Turismo (Version 01). Articulo 4º.- Dejar sin efecto el articulo 2º de la Resolucion de Secretaria General Nº 071-2015PROMPERU/SG. Articulo 5º.- Encargar a la O cina General de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario O cial El Peruano dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 6º.- El responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia de PROMPERU, el mismo dia de publicada la presente Resolucion en el Diario O cial El Peruano, debera hacer la publicacion

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Autorizan transferencia financiera a favor del Fondo Nacional del Ambiente - FONAM para el financiamiento de acciones de remediacion ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 062-2015-OEFA/PCD MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2015 VISTOS: El Memorandum N° 1563-2015-OEFA/OPP y el Informe N° 197-2015-OEFA/OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la scalizacion ambiental; Que, el Numeral 75.1 del Articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que son transferencias nancieras entre pliegos presupuestarios los traspasos de fondos publicos sin contraprestacion para la ejecucion de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; Que, el Numeral 4.2 del Articulo 4º de la Ley Nº 30321 Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediacion Ambiental autoriza al OEFA, de manera excepcional y durante el Ano Fiscal 2015, a realizar transferencias nancieras a favor del Fondo Nacional del Ambiente (FONAM) hasta por la suma de S/. 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 nuevos soles), con cargo a los recursos provenientes de la imposicion de multas administrativas, para el nanciamiento de las acciones de remediacion ambiental de sitios impactados como consecuencia de las actividades de hidrocarburos que impliquen riesgos a la salud y al ambiente y, ameriten una atencion prioritaria y excepcional del Estado; Que, mediante Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo Nº 061-2015-OEFA/PCD el OEFA incorporo la suma de S/. 20 000 000,00 (Veinte millones y 00/100 nuevos soles) a su Presupuesto Institucional Modi cado provenientes de las multas administrativas impuestas por el OEFA en el ejercicio de su funcion de scalizacion ambiental, y no respecto de los recursos provenientes del Aporte por Regulacion, a n de realizar la indicada transferencia nanciera, al haberse priorizado las actividades proyectadas en los instrumentos de gestion, sin que ello implique una afectacion de los objetivos estrategicos trazados para el presente ano; Que, mediante Memorandum N° 1563-2015-OEFA/ OPP del 8 de MORDAZA del 2015, la O cina de Planeamiento y Presupuesto recomienda la aprobacion de la transferencia nanciera a favor del FONAM hasta por la suma de S/. 20

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