Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2015 (12/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Martes 12 de MORDAZA de 2015

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planes, programas y proyectos acciones dirigidas a mejorar los derechos economicos de las mujeres, con enfasis en el acceso a los recursos productivos, nancieros y tecnologicos, asi como para el fortalecimiento de sus capacidades en la materia. f. Coordinar con entidades privadas planes, programas y proyectos dirigidos a mejorar los derechos economicos de las mujeres, con enfasis en el acceso a los recursos productivos, nancieros y tecnologicos, asi como para el fortalecimiento de sus capacidades en la materia. g. Formular lineamientos tecnicos, metodologias, proyectos y programas para la promocion, proteccion de los derechos economicos y autonomia economica de las mujeres, en el ambito de su competencia. h. Brindar asesoria tecnica y/o emitir opinion especializada en el ambito de su competencia. i. Otras que le MORDAZA asignadas o le correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 88-A.- De los Programas Nacionales Los Programas Nacionales son estructuras funcionales creadas de conformidad a lo establecido en la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, cuyos objetivos, funciones y organizacion se regulan de acuerdo a su MORDAZA de creacion y a la normativa vigente sobre la materia. Articulo 3.- Modificacion del Organigrama Estructural del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP Modifiquese el Organigrama Estructural del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 4.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) el mismo dia de su publicacion en el Diario O cial "El Peruano". Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Implementacion de la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones Facultese al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para que, mediante Resolucion Ministerial, emita las disposiciones complementarias necesarias para el cumplimiento del presente Decreto Supremo. Segunda.- Efectos presupuestales La modi cacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables se sujeta a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Derogacion A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, deroguese los literales g) y h) del articulo 30 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, aprobado con Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA HUAITA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1235850-1

registro y MORDAZA de libros auxiliares y elaboracion de las declaraciones juradas de impuestos ante la Administracion Tributaria ­ SUNAT. j. Otras funciones que le MORDAZA asignadas por la O cina General de Administracion o que le corresponda de acuerdo a disposiciones vigentes. Articulo 54-A.- De las Funciones de la Direccion de Voluntariado La Direccion de Voluntariado tiene las siguientes funciones: a. Formular, proponer, supervisar, monitorear y evaluar las politicas, normas y procedimientos para la implementacion y funcionamiento del Sistema Nacional de Voluntariado ­ SINAVOL, en concordancia con las disposiciones legales vigentes. b. Determinar los mecanismos y procedimientos para ejercer la supervision de las entidades publicas, privadas y sociedad civil que realizan el servicio de voluntariado. c. Implementar y administrar el registro actualizado de instituciones publicas, privadas y de la sociedad civil que realizan acciones de voluntariado y elaborar informacion relevante actualizada y oportuna. d. Brindar informacion y asesoramiento a organizaciones y personas juridicas o naturales sobre aspectos generales del voluntariado y de la inscripcion en el registro. e. Promover y coordinar el apoyo de organizaciones nacionales y de la cooperacion internacional al servicio de voluntariado. f. Brindar capacitacion y asesoramiento tecnico a los gobiernos regionales y locales receptores de las funciones y competencias transferidas. g. Promover, coordinar y concertar el reconocimiento y facilitacion del Estado a las acciones de voluntariado en el nivel institucional, individual y academico, en bene cio de las poblaciones en situacion de vulnerabilidad. h. Realizar acciones de informacion, asesoramiento y capacitacion a los voluntarios. i. Promover la participacion de diferentes actores publicos y privados, a nivel intergubernamental en la identi cacion de prioridades y el desarrollo de acciones en materia de voluntariado. j. Promover y apoyar campanas de difusion, reconocimiento de valores y practicas de voluntariado. k. Proponer y administrar incentivos orientados a promover y desarrollar el voluntariado. l. Coordinar y concertar con las organizaciones que promueven el voluntariado la orientacion y demanda de acciones de voluntariado. m. Promover y difundir valores y practicas de voluntariado. n. Otras que le MORDAZA asignadas o le correspondan de acuerdo a Ley. Articulo 77-A.- De las Funciones de la Direccion de Promocion y Desarrollo de la Autonomia Economica de las Mujeres La Direccion de Promocion y Desarrollo de la Autonomia Economica de las Mujeres tiene las siguientes funciones: a. Formular, implementar, monitorear y evaluar las normas, politicas, estrategias y programas vinculados a la promocion, proteccion de los derechos economicos y fortalecimiento de la autonomia economica de las mujeres. b. Promover la formulacion de programas y proyectos para el impulso y gestion de cooperacion tecnica y nanciera de organismos nacionales e internacionales para la autonomia economica de las mujeres. c. Implementar estrategias para la promocion y proteccion de los derechos economicos y fortalecimiento de la autonomia economica de las mujeres en las instancias nacionales, internacionales y en los sistemas de integracion. d. Formular y promover investigaciones e informes para la promocion y proteccion de los derechos economicos y fortalecimiento de la autonomia economica de las mujeres. e. Coordinar y articular con diversos niveles de gobierno para incorporar en sus normas, politicas, estrategias,

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