Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2015 (20/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 20 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, mediante la Resolución Ministerial Nº 445-2014-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/. 4 488 740 633,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 de dicho artículo, se efectúan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, con el Memorando Nº 1082-2015-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicita gestionar el dispositivo que autorice las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 8 867 850,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de tres (03) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño, para lo cual, se han suscritos los convenios de financiamiento correspondientes, en el marco del artículo 12 de la Ley N° 30281; precisándose que las transferencias financieras serán atendidas con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, con Memorando Nº 3404-2015/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 532-2015/VIVIENDA-OGPP-OP, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 8 867 850,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de tres (03) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño, para lo cual, se han suscrito los convenios de financiamiento correspondientes, en el marco del artículo 12 de la Ley N° 30281; precisándose que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2015 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso vi) del literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, es necesario aprobar las transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de

Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 8 867 850,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de tres (03) Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, destinadas al financiamiento de actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño; De conformidad con lo establecido la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS MOYOBAMBA S.R.LTDA. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de SEISCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 609 831,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Moyobamba Sociedad de Responsabilidad Limitada (EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda.), destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño. Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la EPS SEDAJULIACA S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 985 813,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Juliaca S.A. (EPS SEDAJULIACA S.A.), destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño. Artículo 3.- Transferencia Financiera a favor de EMAPA SAN MARTÍN S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 272 206,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín S.A. (EMAPA SAN MARTÍN S.A.), destinada al financiamiento de actividades de operación y mantenimiento; así como, para la adquisición y reposición de equipos, como medidas de prevención y mitigación ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño. Artículo 4- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en los artículos precedentes de la presente Resolución Ministerial, se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 5.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por los artículos 1, 2, y 3 del presente

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