Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2015 (22/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Domingo 22 de noviembre de 2015 /

El Peruano

la declaratoria de elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia por parte de la Dirección General de Inversión Pública solicitará los recursos a los que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el artículo 13 de la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01, establece que la transferencia de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, en aplicación de lo antes señalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio N° 4257-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 350 650,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Provincial de Caylloma ­ Chivay del Departamento de Arequipa, para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Instalación del servicio de protección frente a una inundación deslizamiento de ambos márgenes del río San Andrés, localidad de Urinsaya, distrito Chivay, provincia Caylloma" e "Instalación del servicio de protección frente a inundaciones en la margen izquierda y derecho del río Hualca Hualca, localidad Cabanaconde, distrito de cabanaconde, provincia de Caylloma, departamento Arequipa, año 2015", los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio N° 4814-2015-EF/63.01 de fecha 05 de noviembre del 2015; Que, asimismo, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio N° 4258-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 388 383,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Cayarani, Provincia de Condesuyos del Departamento de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Instalación del servicio de protección frente a deslizamiento en la parte posterior del Cerro Arcata, Localidad Arcata, Distrito Cayarani, Provincia de Condesuyos, Departamento Arequipa, Año 2015", el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio N° 4814-2015-EF/63.01 de fecha 05 de noviembre del 2015; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio N° 4259-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 221 856,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Provincial de Castilla ­ Aplao del Departamento de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Instalación del servicio de protección frente a inundaciones en la margen derecha de la torrentera de Cochate, Anexo de Cochate, Distrito de Aplao, Castilla, Arequipa, Año 2015", el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio N° 4814-2015-EF/63.01 de fecha 05 de noviembre del 2015; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de NOVECIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 960 889,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 004-2015, que dicta medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño; De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 004-2015, que dicta medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 20152016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño; la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público

para el Año Fiscal 2015"; la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres", y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI hasta por la suma de NOVECIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 960 889,00), a fin de atender cuatro (04) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia 960 889,00 ---------------TOTAL EGRESOS 960 889,00 ========= A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005827 : Atención de Fenómeno del Niño

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 960 889,00 ---------------TOTAL EGRESOS 960 889,00 =========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 3042012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

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