Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2015 (22/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Domingo 22 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

566987

PRODUCE
Autorizan viaje de profesional del IMARPE a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2015-PRODUCE
Lima, 21 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Instituto del Mar del Perú - IMARPE es una persona jurídica de derecho público interno que depende sectorialmente del Ministerio de la Producción, asimismo tiene por finalidad realizar investigaciones científicas y tecnológicas del mar y de las aguas continentales y de los recursos de ambos, con el objeto de lograr el racional aprovechamiento de los mismos y sin que en el cumplimiento de sus fines incida o duplique las investigaciones que realicen otras instituciones similares, con las cuales mantendrá la debida y adecuada coordinación, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 95 que aprueba la Ley del Instituto del Mar del Perú; Que, mediante Oficio OF.RE (DSL-AMA) N° 2-12B/196, de fecha 22 de mayo de 2015, Luis Roberto Arribasplata Campos, Secretario General de la Sección Nacional Peruana de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), comunica que la Secretaría General de la Comisión Permanente del Pacífico Sur ha convocado, en cumplimiento a lo acordado en el numeral 12 del Acta de la XI Asamblea Ordinaria de la CPPS, a la "XII Asamblea Ordinaria de la CPPS y XX Reunión de la Autoridad General del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Zonas Costeras del Pacífico Sudeste", a efectuarse en Puerto Ayora, Islas Galápagos, República del Ecuador, los días 25 y 26 de noviembre de 2015; Que, la Comisión Permanente del Pacífico Sur ­ CPPS es un organismo intergubernamental, creado por acuerdo entre las Repúblicas de Chile, Ecuador y Perú, al que se adhirió posteriormente la República de Colombia en 1979. Por tanto la CPPS es persona jurídica de derecho internacional de conformidad con lo establecido en el Convenio de Paracas, Perú, del 14 de enero de 1966. Asimismo, la CPPS es la Secretaria Ejecutiva del Convenio de Lima 1981 y del Plan de Acción para la protección del Medio Marino y las Áreas costeras del Pacífico Sudeste, para lo cual ha definido las acciones cruciales para incorporar en su filosofía una nueva orientación estratégica que contempla, en su desarrollo, la capacidad de comprender el entorno, en su contexto y las oportunidades que de allí se derivan; Que, el Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, viene trabajando en el marco del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sur ­ CPPS. Asimismo, mediante la Resolución Ministerial N° 028-84-PE, se le otorgó la Presidencia del Punto Focal del Plan de Acción para la protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste ­ CPPS; Que, la participación de la delegación peruana en los referidos eventos es de importancia para la institución porque además de la presentación del informe de lo avanzado y de la participación en el debate de propuestas de incorporación de nuevas actividades y su impacto, se podrá sustentar la necesidad de la intercalibración de metodologías y de la instrumentalización analítica, este último ante la necesidad de dotar al país de estándares internacionales para la intercalibración de los ensayos químicos en materiales pesados y organoclorados principalmente que afectan la zona costera y son objeto de investigaciones, considerando que el IMARPE es la única institución que realiza investigaciones sistemáticas en el mar; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que las autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e) y f) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia

del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolución Suprema; Que, mediante Acuerdo N° 058-2015-CD/O, el Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE aprobó y autorizó el viaje en comisión de servicios de la señora Sulma Helen Carrasco Barrera, para participar en la "XII Asamblea Ordinaria de la CPPS y XX Reunión de la Autoridad General del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Zonas Costeras del Pacífico Sudeste" a realizarse en la ciudad de Puerto Ayora, Provincia de Galápagos, República del Ecuador, los días 25 y 26 de noviembre de 2015, tal como consta en la Certificación N° 059-2015-CD/O, de fecha 24 de agosto de 2015; Que, conforme al itinerario de viaje previsto, resulta pertinente autorizar el viaje de la señora Sulma Helen Carrasco Barrera, profesional del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, del día 23 al 27 de noviembre del 2015 a la ciudad de Puerto Ayora, Provincia de Galápagos, República de Ecuador; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos por el Instituto del Mar del Perú - IMARPE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM; y en el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora SULMA HELEN CARRASCO BARRERA, profesional del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a la ciudad de Puerto Ayora, Provincia de Galápagos, República del Ecuador, del 23 al 27 de noviembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo al presupuesto del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, debiendo presentar la comisionada la rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aéreo (FEE) Viáticos (2 días x US$ 370.00) Instalación (1 día x US$ 370.00) Total US$ 1, 111.10 US$ 740.00 US$ 370.00 -------------------US$ 2, 221.10

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la comisionada autorizada en la presente Resolución Suprema deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción

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