Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2015 (22/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Domingo 22 de noviembre de 2015 /

El Peruano

certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes: Viáticos: TOTAL US$ 1222,71 US$ 430,00 -----------------------US$ 1652,71

Artículo 3.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente

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INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén a Ecuador, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE JAÉN RESOLUCIÓN Nº 321-2015­CO-UNJ
Jaén, 18 de noviembre del 2015 VISTO: El proveido Nº 1409, de fecha 17 de noviembre del 2015, procedente de la Oficina de Presidencia de la Universidad Nacional de Jaén; Oficio Nº 345-2015-OVPIVCO-UNJ, de fecha 17 de noviembre del 2015, procedente de la Oficina del Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén; Acuerdo de Sesión extraordinaria, de fecha 17 de noviembre del 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 18º, de la Constitución Política del Perú, establece "...que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las leyes". Que, mediante Ley Nº 29304 de fecha 19 de diciembre del 2008, se crea la Universidad Nacional de Jaén, como persona jurídica de derecho público interno, y con Resolución Nº 647-2011-CONAFU del 22 de Diciembre del 2011, se aprueba la Autorización de Funcionamiento Provisional de la Universidad Nacional de Jaén. Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 039-2015-MINEDU, de fecha 24 de julio de 2015, se constituye a la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, integrada por: Dr. Edwin Julio Palomino Cadenas, Presidente; Dr. Manuel Fernando Coronado Jorge, Vicepresidente Académico; y Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz, Vicepresidente de Investigación. Que, mediante Ley Nº 27619 " Ley que Regula la Autorización De Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos", en su Artículo 1º regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público, señalando que los viajes al exterior se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad, asimismo en el artículo 4º señala que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la escala de viáticos por países aprobada mediante decreto supremo. Así también el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que los gastos que por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la escala de viáticos establecida por Ley. Que, según el artículo 5º de la Ley Universitaria Nº 30220, establece como principios que rigen las universidades a la Internacionalización y la Pertinencia de la enseñanza e investigación con la realidad social. Asimismo, el artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, señala que son fines de la Universidad: 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la Humanidad

6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística 6.6 Difundir el conocimiento universal en beneficio de la humanidad. Que, el Artículo 5º de nuestro Estatuto señala dentro de los fines de la Universidad Nacional de Jaén b) Conservar, acrecentar y transmitir la cultura universal, con sentido crítico y creativo y con especial afirmación de los valores nacionales. c) Atender la formación profesional integral, la investigación científica y las actividades de Extensión Universitaria de la población, así como la producción de bienes y la prestación de servicios en áreas de su competencia. Estas actividades se orientan básicamente al beneficio de todos los sectores de la sociedad. Asimismo el artículo 150º de nuestro Estatuto indica como funciones y atribuciones del Rector: c) Dirigir las actividades académicas, administrativas, económicas y financieras de la Universidad; Suscribir contratos, actos y convenios a nombre de la universidad. Que, con Oficio Nº 345-2015-OVPIV-CO-UNJ, de fecha 17 de noviembre del 2015, el Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén, Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz solicita la aprobación de viaje a la ciudad de Guayaquil - Ecuador con la finalidad de participar en el XII FORO REGIONAL ANDINO PARA EL DIALOGO Y LA INTEGRACION DE LA EDUCACION AGROPECUARIA Y RURAL ­ FRAIDER ­ Internacional ­ Ecuador los días 23, 24, 25, 26 y 27 de noviembre del 2015. Que mediante el acuerdo de Sesión Extraordinaria de fecha 17 de noviembre del 2015, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén acordó autorizar el viaje al Dr. Manuel Antonio Canto Sáenz, Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén, a la ciudad de Guayaquil ­ Ecuador, con la finalidad de participar en el XII FORO REGIONAL ANDINO PARA EL DIALOGO Y LA INTEGRACION DE LA EDUCACION AGROPECUARIA Y RURAL ­ FRAIDER ­ Internacional ­ Ecuador del 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29 de noviembre de 2015, en representación de la Universidad Nacional de Jaén, con el objetivo de fortalecer Instituto Binacional de Investigación para el desarrollo sustentable del nor Oriente Peruano y Ecuador. La participación al XII FORO REGIONAL ANDINO PARA EL DIALOGO Y LA INTEGRACION DE LA EDUCACION AGROPECUARIA Y RURAL ­ FRADIER ­ Internacional ­ Ecuador 2015, tiene como propósito contribuir a la integración de la educación agropecuaria y rural en el Ecuador, con proyección Iberoamericana, facilitar el intercambio de experiencias entre las autoridades universitarias, promover el relacionamiento con el entorno nacional, regional y mundial y facilitar la vinculación de las unidades de educación superior con los organismos internacionales; Dentro de la agenda del XII FORO REGIONAL ANDINO PARA EL DIALOGO Y LA INTEGRACION DE LA EDUCACION AGROPECUARIA Y RURAL ­ FRADIER, se dictarán charlas por parte de los entes gubernamentales y de cooperación nacional e internacional con la educación agropecuaria superior ecuatoriana, los mismos que obtendrán la certificación de asistencia al evento por un total de 32 horas académicas acreditables. Estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que le confiere al Presidente de la Comisión Organizadora la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto Universitario y demás normas vigentes de esta casa superior de estudios. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén, a la ciudad de Guayaquil - Ecuador, con la finalidad de participar en el XII FORO REGIONAL ANDINO PARA EL DIALOGO Y LA INTEGRACION DE LA EDUCACION AGROPECUARIA Y RURAL ­ FRAIDER ­ Internacional ­ Ecuador, del 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29 de noviembre del 2015. Artículo Segundo.- OTORGAR al señor Vicepresidente de Investigación de la Universidad Nacional de Jaén, el monto ascendente a S/. 7,120.11 (Siete mil ciento veinte y 11/100 Nuevos Soles) por concepto de viáticos y S/. 5,649.17 (Cinco Mil seiscientos Cuarenta y Nueve y 17/100 Nuevos Soles) por concepto de pasajes. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la Vicepresidencia Académica, Oficina General de Administración, así como la Oficina de Planificación y Presupuesto, las cuales dictarán las medidas

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