Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2015 (29/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 29 de noviembre de 2015
GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia GASTOS DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL

NORMAS LEGALES
29 856 563,00 31 677 068,00 -------------------61 533 631,00 ============ ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5004630 : Gestión de Supervisión, Evaluación

567521

Fiscalización, Monitoreo y

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000002 : Conducción y Orientación Superior 513 000,00

En Nuevos Soles : Gobierno Central 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores 001 : Secretaría General 0062 : Optimización de la Política de Protección y atención a las Comunidades Peruanas en el Exterior 3000144 : Personas reciben Servicios Consulares en el Exterior 5004339 : Atención de Trámites Consulares y Difusión de Derechos y Deberes de los Migrantes

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa 193 000,00 28 000,00

PRODUCTO ACTIVIDAD

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD 6 400 805,00 5004340 : Dotación de Ambientes y Equipos a las Oficinas Consulares

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 40 000,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 4 801 315,00 23 563 868,00

86 000,00 ------------------TOTAL PLIEGO 080 860 000,00 =========== TOTAL EGRESOS 61 533 631,00 ===========

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0133 : Fortalecimiento de la Política Exterior y de la Acción Diplomática PRODUCTO 3000710 : Estado Representado e Intereses Nacionales Defendidos ACTIVIDAD 5005219 : Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros ACTIVIDAD 12 715 358,00 7 999 200,00

5005220 : Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales En Nuevos Soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa 1 045 441,00

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1317614-4

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL PLIEGO 008 PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

4 147 644,00 -------------------60 673 631,00 ============

080 : Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI 001 : Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI

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