Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2015 (29/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 29 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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fortalecimiento de las estadísticas de turismo y su impacto en la Cuenta Satélite de Turismo; Que, el MINCETUR, a través de la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía es el encargado de dirigir y supervisar la implementación y actualización de la Cuenta Satélite del Turismo, supervisar y evaluar el resultado e impacto social, económico y ambiental de la actividad turística y artesanal, entre otros; Que, por lo expuesto, la Viceministra de Turismo solicita que se autorice el viaje del señor Christian Mendoza Aranda, Director General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía, para que en representación del MINCETUR participe en dicho evento, y presente los logros alcanzados en la elaboración de implementación de estadísticas de turismo en el Perú y la importancia del establecimiento de alianzas en las estadísticas, posicionar y promocionar nuestros destinos turísticos en el marco del mejoramiento y fortalecimiento de las estadísticas de turismo; Que, es necesario encargar las funciones de la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía, en tanto dure la ausencia de su titular; Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Christian Mendoza Aranda, Director General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía del Viceministerio de Turismo, a la ciudad de México D.F.. Estados Unidos Mexicanos, del 02 al 05 de diciembre de 2015, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en el Primer Foro Alianza Pacífico sobre Estadísticas del Turismo "Establecimiento de Alianzas en las Estadísticas". a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 979,34 Viáticos (US$ 440,00 x 03 días) : US$ 1 320,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Mendoza Aranda presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirá. Artículo 4º.- Encargar a la señora Mercedes Govea Requena de Chau, Asesora del Despacho Viceministerial de Turismo, las funciones de la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía, a partir del 02 de diciembre de 2015, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1317207-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 332-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00). a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para realizar acciones durante el Año Fiscal 2015 que permitan brindar la atención oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitación post desastre de la infraestructura pública dañada, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico ­ científico competente; Que, el numeral 2.5 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 004-2015, dicta medidas para la ejecución de intervenciones ante el período de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, dispone que los recursos transferidos a la Reserva de Contingencia en el marco de lo establecido en el numeral 2.3 del referido Decreto de Urgencia, podrán destinarse al financiamiento de las acciones a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, para lo cual dichos recursos se sujetan a las condiciones y procedimientos establecidos en la citada disposición, según corresponda; Que, mediante Oficio N° 088-2015-PCM/SGRD/ CONAGER-FEN/ST, el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño de la Presidencia del Consejo de Ministros, adjunta el "Acta de Aprobación de Expedientes N° 001-2015" (Demanda Adicional) debidamente firmada por los señores Ministros conformantes del Consejo Nacional, en el cual se acuerda incrementar los recursos previstos en la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada Ley Nº 30282, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00); Que, los literales c) y d) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, establecen que el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Inversión Pública, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el artículo 4 de la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015". aprobada mediante Resolución Directoral N° 010-2014-EF/63.01, dispone que la mencionada Directiva es de aplicación a las Entidades del Sector Público No Financiero de los tres (03) niveles de gobierno, que soliciten los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, para ejecutar acciones ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos durante el último trimestre del Año Fiscal 2014, así como los que se produzcan o pudieran producirse durante el Año Fiscal 2015 y los Proyectos de Inversión Pública

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