Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2015 (29/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Domingo 29 de noviembre de 2015 /

El Peruano

coordinación con los sectores y entidades competentes en el ámbito de sus respectivas competencias, y está encargado de la regulación del comercio exterior; entre otras, ejerce la presidencia de las delegaciones del Perú ante la Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio ­ OMC; Que, en concordancia con dichas competencias, el Despacho Viceministerial de Comercio Exterior del MINCETUR dirige, entre otras, las negociaciones comerciales internacionales y de integración comercial en el marco de la OMC; actúa como órgano de enlace y coordinación entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración comercial y de los socios comerciales, promueve y defiende los intereses comerciales del Estado ante la OMC, y supervisa el cumplimiento de los compromisos comerciales internacionales y de integración comercial asumidos por el Perú; Que, la Conferencia Ministerial de la OMC es el órgano de adopción de decisiones más importante de dicha Organización, conformada por los Ministros de 161 países miembros, que se reúne cada dos años a fin de adoptar decisiones sobre todas las cuestiones que surjan en el marco de cualquiera de los acuerdos y negociaciones comerciales multilaterales; Que, del 14 al 18 de diciembre de 2015 se llevará a cabo en la ciudad de Nairobi, República de Kenia, la Décima Conferencia Ministerial de la OMC, en la que el Perú participará en la preparación del Programa de Trabajo post-Bali sobre las cuestiones restantes del Programa de Doha para el Desarrollo ­ DDA, así como en los trabajos necesarios para asegurar la rápida entrada en vigor del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, el cual incluye una serie de disposiciones orientadas a agilizar el comercio; Que, asimismo, el día 14 de diciembre se llevarán a cabo reuniones previas, a nivel Ministerial, de los grupos de interés en las negociaciones comerciales multilaterales agrícolas tales como Grupo Cairns, Grupo G-20 agrícola de países en desarrollo, Grupo G-33, Grupo "Amigos de los Peces". en los que el Perú es miembro; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la señora María Victoria Elmore Vega, Directora Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, y de las señoritas María del Carmen Vergaray Galarza y Daniela Fernanda Huertas Mendoza, profesionales que prestan servicios al Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR, participen en las reuniones antes mencionadas; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Nairobi, República de Kenia, de la señora María Victoria Elmore Vega, Directora Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, y de las señoritas María del Carmen Vergaray Galarza y Daniela Fernanda Huertas Mendoza, del 11 al 20 de diciembre de 2015, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en la Décima Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio ­ OMC, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (US$ 2 816,25 x 3 personas) : US$ 8 448,75 Viáticos (US$ 480,00 x 06 días x 3 personas) :US$ 8 640,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución, presentará a la Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1317054-1

Autorizan viaje de representante del Ministerio a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 372-2015-MINCETUR Lima, 27 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo en armonía con la política general del Estado; es responsable en materia de promoción de exportaciones y turismo, y de las negociaciones comerciales internacionales; Que, la Alianza del Pacífico constituye un área de integración profunda para avanzar hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas, e impulsar un mayor crecimiento, desarrollo y competitividad de las economías de Colombia, Chile, Perú y México, de conformidad con los principios consagrados en el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico; Que, en dicho marco, se llevará a cabo el Primer Foro Alianza Pacífico sobre Estadísticas del Turismo "Establecimiento de Alianzas en las Estadísticas". se realizará en la ciudad de México D.F.. Estados Unidos Mexicanos, del 03 al 04 de diciembre de 2015; Que, las estadísticas de turismo posibilitan medir y conocer el comportamiento del turismo en el plano económico y social; asimismo, facilita a los responsables del sector a mejorar la formulación de políticas y la toma de decisiones; en tal sentido, la Cuenta Satélite de Turismo (Análisis Económico del Turismo) es un instrumento estadístico diseñado para medir la oferta y demanda de los bienes y servicios turísticos; asimismo, permite medir el impacto del sector turismo en la economía a través de los indicadores como el PBI turístico, consumo turístico y el empleo turístico; Que, la Ley Nº 29408, Ley de Turismo, destaca la importancia para el país de contar con un Sistema de Información Turística, sólido, actualizado y oportuno en el marco del Sistema Estadístico Nacional y que sea el soporte fundamental para elaborar la Cuenta Satélite de Turismo; Que, por lo expuesto, se considera de interés institucional la participación de un representante del MINCETUR en dicho Foro, con el objeto de reunir información cuantitativa y organizada, que permita analizar e interpretar los datos numéricos y con una información más precisa, ayudar a los responsables del sector en la toma de decisiones y las previsiones para el futuro; conocer nuevas tecnologías y metodologías de elaboración de indicadores de turismo para el desarrollo del Sistema de Información Turística, en concordancia con la Ley de Turismo, para que coadyuve a su sostenibilidad; y presentar los logros alcanzados en la implementación de estadísticas de turismo en el Perú, permitiendo posicionar y promocionar nuestros destinos turísticos en el marco del mejoramiento y

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