TEXTO PAGINA: 20
567530 NORMAS LEGALES Domingo 29 de noviembre de 2015 / El Peruano corresponde al 80% del monto total pactado en la Adenda N° 06 al Convenio N° 343-2013-VIVIENDA/VMCS/PNSU; precisándose que el 20% restante fue transferido a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 195-2015-EF se autorizó una transferencia de partidas del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales de los Departamentos de Huánuco, Loreto, Pasco y San Martín; así como al Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Distrital de San Sebastián y la Municipalidad Distrital de Padre Márquez, entre otros, por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 344 717 452,00). con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de proyectos de inversión de infraestructura sanitaria, importe que corresponde al 80% del monto total pactado en los Convenios suscritos entre los citados pliegos y el Ministerio de Salud; precisándose que el 20% restante fue transferido a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, con Memorando N° 1019-2015-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita gestionar la transferencia de recursos hasta por el monto de UN MILLÓN VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 021 828,00) a favor de la Municipalidad Distrital de Paita, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiente al veinte por ciento (20%) restante a que se refi ere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, para fi nanciar la ejecución y supervisión del proyecto “Instalación, Ampliación, Mejoramiento del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en los AA.HH. Asentados en las Cuencas 1, 2, y 3 de la Zona Alta de la Ciudad de Paita, Provincia de Paita - Piura” con código SNIP N° 53371, precisándose en el Informe Nº 381- 2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 que el citado proyecto de inversión pública cuenta con un avance de más del noventa por ciento (90%) del cronograma de ejecución; Que, mediante Informe N° 741-2015-OGPP-OPI/ MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, indica que siete (07) proyectos de inversión pública cumplen con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, correspondiente a los pliegos Gobiernos Regionales de los Departamentos de Huánuco, Loreto, Pasco y San Martín; así como al Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Distrital de San Sebastián y la Municipalidad Distrital de Padre Marquez, por lo que solicita gestionar la transferencia de recursos hasta por el monto de VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00 NUEVOS SOLES (S/. 23 289 876,00) a favor de los citados pliegos; Que, el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una transferencia de partidas a favor de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Huánuco, Loreto, Pasco y San Martín; así como del Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Distrital de San Sebastián, la Municipalidad Distrital de Padre Marquez y la Municipalidad Distrital de Paita, hasta por el monto de VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS CINCO Y 00 NUEVOS SOLES (S/. 24 311 705,00). con cargo a la Reserva de Contingencia, correspondiente al veinte por ciento (20%) restante a que se refi ere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, conforme al monto pactado para el año fi scal 2015, para fi nanciar la ejecución y supervisión de proyectos de inversión de infraestructura sanitaria y saneamiento urbano; De conformidad con lo establecido por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1176, Decreto Legislativo para promover, fomentar y agilizar la Inversión Pública, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catoria; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS CINCO Y 00 NUEVOS SOLES (S/. 24 311 705,00). a favor de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Huánuco, Loreto, Pasco y San Martín; así como del Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Distrital de San Sebastián, la Municipalidad Distrital de Padre Marquez y la Municipalidad Distrital de Paita, para el fi nanciamiento del veinte por ciento (20%) restante, para fi nanciar la ejecución y supervisión de proyectos de inversión de infraestructura sanitaria y saneamiento urbano, a que se refi ere la parte considerativa del presente Decreto Supremo; de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia 24 311 705,00 =========== TOTAL EGRESOS 24 311 705,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 21 898 873,00 PLIEGO : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 2 412 832,00 ========== TOTAL EGRESOS 24 311 705,00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detalla en el Anexo “Transferencia de partidas para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública”. que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe). Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe). en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente transferencia de partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2