Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2015 (29/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 29 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

564971

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 216-2015-TR Lima, 27 de octubre de 2015 VISTOS: El Informe N° 135-2015-TP/DE/UGPYTOSCFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando Nº 872-2015-TP/DE/UGPPMECFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; los Informes N°s. 344 y 374-2015-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; los Oficios N°s. 702 y 762-2015-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; el Oficio N° 8222015-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 1550-2015-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema; Que, a través del literal a) del numeral 12.1 y el numeral 12.2 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autoriza la realización de manera excepcional, de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, precisa que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, mediante Resolución Directoral N° 067-2015TP/DE, se aprobó el financiamiento por la suma de S/. 3 917,193.49 (Tres Millones Novecientos Diecisiete Mil Ciento Noventa y Tres con 49/100 Nuevos Soles) correspondiente al Aporte Total del Programa para 12 proyectos de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) - AC - 071, a favor de organismos públicos detallados en el anexo de la citada Resolución; Que, con Memorando Nº 872-2015-TP/DE/ UGPPME-CFPP, de fecha 31 de agosto de 2015, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación otorga la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP N° 0681 por la suma total de S/. 3 917 193.49 (Tres Millones Novecientos Diecisiete Mil Ciento Noventa y Tres con 49/100 Nuevos Soles) para el financiamiento de los citados proyectos, en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) - AC - 71; Que, con Informe Nº 135-2015-TP/DE/UGPYTOSCFATEP, la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos del Programa manifiesta que de acuerdo al "Cronograma de Actividades para Proyectos de Acción de Contingencia Excepcional (COEX)" se realizaron las correspondientes actividades, verificándose que en la etapa de "Evaluación y Aprobación de los Expedientes Técnicos", 12 proyectos correspondientes a 06 organismos proponentes, fueron declarados conformes, habiéndose procedido a suscribir los convenios respectivos que cuentan con el aporte total del Programa ascendente a S/. 3 905 756,36 (Tres Millones Novecientos Cinco Mil Setecientos Cincuenta y Seis con 36/100 Nuevos Soles), de los cuales se remiten cuatro (04) convenios por un monto ascendente a S/. 1 097 717.12 (Un Millón Noventa y Siete Mil Setecientos Diecisiete con 12/100 Nuevos Soles), consignados en el cuadro consolidado denominado "Relación de Proyectos de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) - AC-71 - Primer Grupo", por lo que

solicita realizar el trámite de la resolución que aprueba la transferencia financiera para dichos Convenios; Que, mediante Informes N°s. 344 y 374-2015-TP/DE/ UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe la transferencia financiera por S/. 1 097 717.12 (Un Millón Noventa y siete Mil Setecientos Diecisiete con 12/100 Nuevos Soles), para financiar cuatro (4) convenios priorizados en el marco de la Acción de Contingencia AC-71, detallados en el anexo adjunto al Informe N° 135-2015-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP; Que mediante Oficio N° 822-2015-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe N° 501-2015-MTPE/4/9.2 e Informe Técnico N° 301-2015-MTPE/4/9.1, emitidos por la Oficina de Presupuesto y Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial, los mismos que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, hace suyos; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 1550-2015-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y, el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de cuatro (04) convenios en el marco de la Acción de Contingencia Excepcional (COEX) - AC-71 ­ Primer Grupo, por la suma total de S/. 1 097 717.12 (Un Millón Noventa y Siete Mil Setecientos Diecisiete con 12/100 Nuevos Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1304966-4

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU., España y México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 613-2015 MTC/01.02 Lima, 22 de octubre de 2015

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