Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2016 (12/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 12 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

582941

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras a favor de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres y de la Municipalidad Distrital de La Perla, para financiar actividades de prevención del consumo de drogas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 065-2016-DV-PE Lima, 11 de abril de 2016 VISTO: El Memorándum N° 0177-2016-DV-DATE-PP-PTCD del 17 de marzo de 2016, emitido por la Responsable Técnica del Programa Presupuestal de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD; y el Informe N° 016-2016-DV-OPP/UPPTO del 11 de febrero de 2016, emitido por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM establece que DEVIDA tiene la función general de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú ­ GIECOD"; precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante Resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, siendo necesario que tal Resolución, sea publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la Entidad Pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Informe N° 024-2015-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos y actividades que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios"; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal de "Prevención y Tratamiento del Consumo

de Drogas ­ PTCD", en los años 2015 y 2016, DEVIDA suscribió Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres y con la Municipalidad Distrital de La Perla, para la ejecución de la Actividad "Prevención del Consumo de Drogas en el Ámbito Comunitario", cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencias financieras por parte de DEVIDA, hasta por la suma total de TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 309,877.00); Que, mediante Informe N° 004-2016-DV-DATE-PP PTCD/MDLL, el Programa Presupuestal de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD concluye que la Municipalidad Distrital de San Martín cuenta con saldo de balance inferior al 2% del total de sus transferencias del ejercicio 2015, por lo que se encuentra apta y cumple con los criterios para la transferencia financiera materia de la presente Resolución; Que, en el mismo sentido, mediante Informe Técnico N° 006-2016-DV-DATE-PP PTCD-RGR, el Programa Presupuestal de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD concluye que la Municipalidad Distrital de La Perla no cuenta con saldo de balance de ejercicios anteriores, por lo que se encuentra apta y cumple con los criterios técnicos para la transferencia financiera materia de la presente Resolución; Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido las Certificaciones de Crédito Presupuestal N°s 00284 y 00286, las mismas que convalidan lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30372 ­ Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Asimismo, a través del Memorándum N° 091-2016-DVOPP, la Jefatura de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 016-2016-DVOPP/UPTO, que señala que las Certificaciones de Crédito Presupuestal emitidas por la mencionada Unidad garantizan la existencia de crédito presupuestal disponible y libre de afectación para asumir obligaciones con cargo al presupuesto del ejercicio 2016; lo que constituye el Informe Previo Favorable que demanda la ley. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido las respectivas conformidades a los Planes Operativos; Con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD", la Dirección de Articulación Territorial, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15° de la Ley N° 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR las transferencias financieras a favor de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres y de la Municipalidad Distrital de La Perla, hasta por la suma de TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 309,877.00), para financiar la Actividad que se detalla en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- DISPONER que las transferencias financieras autorizadas por el artículo primero de la presente Resolución se realizarán con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2016, del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios". Artículo 3°.- INDICAR que la Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se transfieran para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, quedando prohibidas de reorientar dichos recursos a otras Actividades o Proyectos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15° de la Ley de

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