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583173 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2016 El Peruano / • E.P. Mujeres del Cusco • E.P. de Sicuani • E.P. de Quillabamba • E.P. de Puerto Maldonado • E.P. de Juanjui • E.P. de Sananguillo • E.P. de Yurimaguas • E.P. de Bagua Grande • E.P. de Lampa. Artículo 3.- Disponer se otorgue al Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, las facilidades necesarias para que realice la capacitación técnica en la aplicación de la cédula censal al personal designado para tal fi n, para lo cual contará con el apoyo del personal del Instituto Nacional Penitenciario al que alude el artículo segundo de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1367433-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el “Reglamento para el proceso de elección de la/el representante de las Organizaciones de Voluntariado ante la Comisión Nacional de Voluntariado (CONVOL)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 094-2016-MIMP Lima, 13 de abril de 2016 Vistos, la Nota Nº 203-2016-MIMP/DVPV del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables, la Nota N° 70- 2016-MIMP/DGPDV de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado, la Nota Nº 064-2016-MIMP/ DGPDV-DV y el Informe Nº 02-2016-MIMP/DGPDV/DV/ SMP de la Dirección de Voluntariado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, estableciendo, entre otras funciones a su cargo, la rectoría sobre el Sistema Nacional de Voluntariado; Que, el artículo 3-A de la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado, modifi cada por Ley N° 29094; señala que el Estado cumple un rol de promoción, reconocimiento y facilitación de la labor voluntaria y de las organizaciones que la desarrollan; Que, a través del artículo 13 de la Ley N° 28238 se creó la Comisión Nacional de Voluntariado, dependiente del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y que tiene como objetivos promover la ampliación de la cobertura del voluntariado a nivel nacional, contribuir con la mejora de la calidad de los servicios voluntarios en todas sus modalidades; y contribuir con la unifi cación de los esfuerzos de las organizaciones de voluntarios, entre otros; Que, en el artículo 21 del Decreto Supremo N° 003-2015-MIMP, Reglamento de la Ley General del Voluntariado, se establece la conformación de la Comisión Nacional de Voluntariado, considerándose como integrante a una/un representante de las Organizaciones de Voluntariado y que el procedimiento para su elección será establecido por el ente rector mediante Resolución Ministerial; Que, en tal sentido, resulta necesario determinar el procedimiento para la elección de la/el representante de las Organizaciones de Voluntariado ante la Comisión Nacional de Voluntariado, a fi n de promover su participación en las propuestas para la adecuada implementación y cumplimiento de la Ley General del Voluntariado y su Reglamento; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado, la Dirección de Voluntariado y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Reglamento para el proceso de elección de la/el representante de las Organizaciones de Voluntariado ante la Comisión Nacional de Voluntariado (CONVOL)”, que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP (www.mimp.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1367650-1 Designan representante titular del Ministerio ante la Comisión Multisectorial creada mediante D.S. N° 075-2012-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 095-2016-MIMP Lima, 13 de abril de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 071-2016-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, la Nota Nº 063-2016-MIMP/DGPDV de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado; y el Informe Nº 008-2016-MIMP/DGPDV-DDCP de la Dirección de Desplazados y Cultura de Paz de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 075-2012-PCM y modifi catorias, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente con el objeto de realizar el seguimiento de las acciones del Gobierno frente a la minería ilegal y el desarrollo del proceso de formalización, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM); Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo señala que la Comisión Multisectorial está conformada, entre otros, por un representante titular y alterno del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; asimismo, dispone que la designación de los representantes se efectúe mediante resolución ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 039- 2016-MIMP se designó a los titulares de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado y de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes como representantes titular y alterno, respectivamente del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ante la referida Comisión Multisectorial;