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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (15/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 101

El Peruano / Viernes 15 de abril de 2016 583387 NORMAS LEGALES APÉNDICE H. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS RELATIVAS A SERVICIOS PRESTADOS A EXPLOTADORES Y MIEMBROS DE LAS TRIPULACIONES DE VUELO (Véase el Capítulo 9 de esta RAP) Nota. — En el Apéndice A se presentan las especi fi caciones relativas a la documentación de vuelo (incluidos los mapas y formularios modelo). 1. MEDIOS DE PROPORCIONAR INFORMACIÓN METEOROLÓGICA Y FORMATO 1.1 Se debe proporcionar información meteorológica a los explotadores y a los miembros de la tripulación de vuelo por uno o más de los siguientes medios, convenidos entre el proveedor MET y el explotador interesado, sin que el orden que se indica a continuación signi fi que ninguna prioridad: a) textos escritos o impresos, incluidos mapas y formularios especi fi cados; b) datos en forma digital;c) exposición verbal;d) consulta;e) presentación visual de la información; of) en lugar de los puntos a) a e), por medio de un sistema automático de información previa al vuelo que proporcione servicio de autoinformación y documentación de vuelo pero que conserve el acceso a consulta de los explotadores y miembros de la tripulación de la aeronave con la o fi cina meteorológica de aeródromo, según sea necesario, de conformidad con 5.1. 1.2 El proveedor MET, en consulta con el explotador, debe determinar: a) el tipo y la forma de presentación de la información meteorológica que se ha de proporcionar; y b) los métodos y medios para proporcionar dicha información. 1.3 A petición del explotador, la información meteorológica proporcionada para la plani fi cación de los vuelos debe incluir datos para determinar el nivel de vuelo más bajo utilizable. 2. ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LA INFORMACIÓN PARA LA PLANIFICACIÓN PREVIA AL VUELO Y NUEVA PLANIFICACIÓN EN VUELO 2.1 Formato de la información reticular en altitudLa información reticular en altitud proporcionada por los WAFC para la plani fi cación previa al vuelo y la nueva plani fi cación en vuelo se debe presentar en forma de clave GRIB. 2.2 Formato de la información sobre el tiempo signi fi cativo La información sobre tiempo signi fi cativo proporcionada por los WAFC para la plani fi cación previa al vuelo y la nueva plani fi cación en vuelo se debe presentar en forma de clave BUFR. 2.3 Necesidades especí fi cas de las operaciones de helicópteros La información meteorológica para la planificación previa al vuelo y la nueva planificación en vuelo por los explotadores de helicópteros que operan hacia estructuras mar adentro debe incluir datos que abarquen todas las capas, desde el nivel del mar hasta el nivel de vuelo 100. Se debe mencionar particularmente la visibilidad prevista en la superficie, la cantidad, tipo (si está disponible), base y cima de las nubes por debajo del nivel de vuelo 100, el estado del mar y la temperatura de la superficie del mar, la presión a nivel medio del mar, y el acaecimiento o la previsión de turbulencia y engelamiento.3 ESPECIFICACIONES RELATIVAS A EXPOSICIÓN VERBAL Y CONSULTAS 3.1 Información por presentarLa información presentada por el proveedor MET debe ser fácilmente accesible a los miembros de la tripulación de vuelo u otro personal de operaciones de vuelo. 4 ESPECIFICACIONES RELATIVAS A LA DOCUMENTACIÓN DE VUELO 4.1 Presentación de la información4.1.1 La documentación de vuelo que se relaciona con los pronósticos del viento y la temperatura en altitud y los fenómenos SIGWX se debe presentar en forma de mapas. Para los vuelos a poca altura se deben emplear, en forma alternativa, los pronósticos de área GAMET. Nota. — Los modelos de mapas y los formularios que se emplean en la preparación de la documentación de vuelo fi guran en el Apéndice A. La OMM elabora estos modelos y métodos de preparación basándose en requisitos operacionales pertinentes establecidos por la OACI. 4.1.2 La documentación de vuelo relacionada con pronósticos concatenados de los vientos y la temperatura en altitud especí fi cos para las rutas se debe proporcionar cuando así se haya convenido entre el proveedor MET y el explotador interesado. 4.1.3 Los METAR y SPECI (comprendidos los pronósticos de tendencia expedidos), TAF, GAMET, SIGMET e información de asesoramiento sobre cenizas volcánicas y ciclones tropicales se deben presentar según las plantillas que fi guran en los Apéndices A, B, C, E y F, respectivamente. La información de este tipo que se reciba de otras o fi cinas meteorológicas se debe incluir en la documentación de vuelo sin cambios. 4.1.4 Los indicadores de lugar y las abreviaturas que se empleen se deben explicar en la documentación de vuelo. 4.1.5 Los formularios y la leyenda de los mapas que se incluyen en la documentación de vuelo se deben imprimir en español o inglés. Se debe emplear, cuando sea pertinente, las abreviaturas aprobadas. Se indicarán las unidades que se utilizan para cada elemento; éstas se ajustarán a lo establecido en la NTC 006-2014: Unidades de medida para las operaciones aéreas y terrestres de las aeronaves. 4.2 Mapas de la documentación de vuelo4.2.1 Características de los mapas4.2.1.1 Los mapas incluidos en la documentación de vuelo deben ser sumamente claros y legibles y deben tener las siguientes características físicas: a) los mapas deben tener unos 21 × 30 cm (tamaño normalizado A4); b) las características geográ fi cas principales, por ejemplo litorales, ríos más importantes y lagos, se deben representar en forma tal que resulten fácilmente reconocibles; c) en lo que respecta a los mapas preparados por computadora, la información meteorológica tendrá preferencia sobre la información cartográ fi ca básica y se debe anular ésta cuando haya superposición entre ambas; d) los aeródromos principales se deben indicar mediante un punto e identi fi carse por medio de la primera letra del nombre de la ciudad a la que presta servicio el aeródromo; e) se debe presentar una retícula geográ fi ca con los meridianos y los paralelos representados por líneas de puntos cada 10º de latitud y longitud; la separación entre puntos debe ser de 1º; f) los valores de latitud y longitud se deben indicar en varios puntos en todo el mapa (es decir, no solamente en los márgenes); y g) las marcas en los mapas para la documentación de vuelo deben ser claras y sencillas y deben indicar