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Viernes 15 de abril de 2016 / El Peruano 583392 NORMAS LEGALES APÉNDICE I. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS RELATIVAS A LA INFORMACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE TRÁNSITO AÉREO, LOS SERVICIOS DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO Y LOS SERVICIOS DE INFORMACIÓN AERONÁUTICA (Véase el Capítulo 10 de esta RAP) 1. INFORMACIÓN QUE HA DE PROPORCIONARSE A LAS DEPENDENCIAS DE LOS SERVICIOS DE TRÁNSITO AÉREO 1.1 Lista de información para la torre de control de aeródromo La o fi cina meteorológica de aeródromo asociada con la torre de control de aeródromo, debe proporcionar a la torre de control la siguiente información meteorológica, según sea necesario: a) informes MET REPORT, SPECIAL, METAR y SPECI, TAF y pronósticos de tipo tendencia y enmiendas de los mismos, para el aeródromo de que se trate; b) información SIGMET, avisos y alertas de cizalladura del viento y avisos de aeródromo; c) cualquier otra información meteorológica convenida localmente, por ejemplo, pronósticos del viento en la super fi cie, para la determinación de posibles cambios de pista; y d) información recibida sobre una nube de cenizas volcánicas, respecto a la cual todavía no se haya expedido un mensaje SIGMET, según lo convenido entre el proveedor MET y el proveedor ATS interesado; y e) información recibida sobre la actividad volcánica precursora de erupción o sobre una erupción volcánica, según acuerdo entre el proveedor MET y el proveedor ATS. 1.2 Lista de información para la dependencia de control de aproximación La o fi cina meteorológica de aeródromo asociada con la dependencia de control de aproximación debe proporcionar a la dependencia de control de aproximación la siguiente información meteorológica, según sea necesario: a) informes MET REPORT, SPECIAL, METAR y SPECI, TAF y pronósticos de tipo tendencia y enmiendas de los mismos, para el aeródromo o aeródromos de que se ocupe la dependencia de control de aproximación; b) información SIGMET, avisos y alertas de cizalladura del viento y aeronoti fi caciones especiales apropiadas para el espacio aéreo de que se ocupe la dependencia de control de aproximación, y avisos de aeródromo; c) cualquier otra información meteorológica convenida localmente; d) información recibida sobre una nube de cenizas volcánicas, respecto a la cual todavía no se haya expedido un mensaje SIGMET, según lo convenido entre el proveedor MET y el proveedor ATS interesado; y e) información recibida sobre la actividad volcánica precursora de erupción o sobre una erupción volcánica, según acuerdo entre el proveedor MET y el proveedor ATS. 1.3 Lista de información para el centro de información de vuelo y centro de control de área La o fi cina de vigilancia meteorológica debe proporcionar, según sea necesario, la siguiente información meteorológica, a un centro de información de vuelo o a un centro de control de área: a) METAR y SPECI, incluyendo datos actuales de presión para aeródromos y otros lugares, pronósticos TAF y de tipo tendencia y sus enmiendas, que se re fi eren a la región de información de vuelo o al área de control y, si así lo requiere el centro de información de vuelo o el centro de control de área, que se re fi eran a aeródromos en regiones de información de vuelo vecinas; b) pronósticos de vientos y temperaturas en altitud y fenómenos del tiempo signi fi cativo en ruta y sus enmiendas, particularmente aquellos que probablemente imposibilitarían las operaciones de conformidad con las reglas de vuelo visual, información SIGMET y aeronoti fi caciones especiales apropiadas para la región de información de vuelo o área de control y, si así lo requiere el centro de información de vuelo o el centro de control de área, para regiones de información de vuelo vecinas; c) cualquier otra información meteorológica que necesite el centro de información de vuelo o el centro de control de área para atender las solicitudes de las aeronaves en vuelo; si no se dispone de la información solicitada en la o fi cina de vigilancia meteorológica asociada, ésta pedirá ayuda a otra o fi cina meteorológica para proporcionarla; d) información recibida sobre una nube de cenizas volcánicas, respecto a la cual todavía no se haya expedido un mensaje SIGMET, según lo convenido entre el proveedor MET y el proveedor ATS interesado; e) información recibida sobre liberación a la atmósfera de materiales radiactivos, según lo convenido entre el proveedor MET y proveedor ATS interesado; f) información sobre avisos de ciclones tropicales expedida por un TCAC en esta zona de responsabilidad; g) información sobre avisos de ceniza volcánica expedidos por un VAAC en esta zona de responsabilidad; y h) información recibida sobre la actividad volcánica precursora de erupción o sobre una erupción volcánica, según lo convenido entre los proveedores MET y ATS. 1.4 Suministro de información a las estaciones de telecomunicaciones aeronáuticas Cuando sea necesario para fi nes de información de vuelo, se deben proporcionar informes y pronósticos meteorológicos actuales a las estaciones de telecomunicaciones aeronáuticas designadas. Una copia de dicha información se debe enviar al centro de información de vuelo o al centro de control de área, si se requiere. 1.5 Formato de la información1.5.1 Se debe proporcionar a las dependencias ATS informes MET REPORT, SPECIAL, METAR y SPECI, TAF y pronósticos de tipo tendencia, información SIGMET y pronósticos de vientos y temperaturas en altitud, y enmiendas a los mismos, en la forma en que se preparen, se difundan a otras o fi cinas meteorológicas de aeródromo u ofi cinas de vigilancia meteorológica o se reciban de otras ofi cinas meteorológicas de aeródromo u o fi cinas de vigilancia meteorológica, a menos que se acuerde otra cosa localmente. 1.5.2 Cuando se pongan a disposición de las dependencias ATS datos en altitud tratados mediante computadora, relativos a puntos reticulares en forma digital, para utilizarse en las computadoras de los servicios de tránsito aéreo, el contenido, formato y arreglos para su transmisión deben ser los convenidos entre el proveedor MET y el proveedor ATS interesado. Los datos deben proporcionarse tan pronto como sea posible después de terminado el tratamiento de los pronósticos. 2. INFORMACIÓN QUE HA DE PROPORCIONARSE A LAS DEPENDENCIAS DE LOS SERVICIOS DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO 2.1 Lista de informaciónLa información que haya de proporcionarse a los centros coordinadores de salvamento, debe incluir las condiciones meteorológicas que existían en la última posición conocida de la aeronave de que no se tienen noticias, y a lo largo de la ruta prevista de esa aeronave, con referencia especial a: a) fenómenos del tiempo signi fi cativo en ruta; b) cantidad y tipo de nubes, particularmente cumulonimbus; indicaciones de altura de bases y cimas; c) visibilidad y fenómenos que reduzcan la visibilidad;d) viento en la super fi cie y viento en altitud; e) estado del suelo; en particular, todo el suelo nevado o inundado; f) la temperatura de la super fi cie del mar, el estado del mar, la capa de hielo, si la hubiere, y las corrientes oceánicas, si es pertinente para el área de búsqueda; y g) datos sobre la presión al nivel del mar. 2.2 Información que ha de proporcionarse a solicitud 2.2.1 A petición del centro coordinador de salvamento,