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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (15/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 114

583400 NORMAS LEGALES Viernes 15 de abril de 2016 / El Peruano VISTOS: Los Memorandos N° 0079-2016-GSF-OSITRAN y N° 0212-2016-GSF-OSITRAN de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización; la Nota N° 304-2016-JLCP-GA-OSITRAN y el Informe N° 042-2016-JLCP-GA-OSITRAN de la Jefatura de Logística y Control Patrimonial; el Memorando N° 181-2016-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 025-16-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Nota Nº 150-16-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2001-PCM, señala que las empresas supervisoras que realicen las tareas de supervisión serán seleccionadas previamente por OSITRAN, de acuerdo al procedimiento administrativo de selección establecido en el mismo; Que, las Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras, aprobadas por Resolución de Consejo Directivo N° 040-2015-CD-OSITRAN, señalan los procedimientos que OSITRAN debe seguir para contratar empresas supervisoras; Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35° de las Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras, cuando la envergadura y complejidad así lo ameriten, OSITRAN podrá celebrar Convenios a fi n de encargar los procedimientos de selección a otra entidad gubernamental o a organismos internacionales; Que, con fecha 25 de setiembre de 2015 se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano”, el Decreto Legislativo N° 1224 – Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, en cuya Tercera Disposición Complementaria Transitoria, se autoriza al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 30225 y durante el Año Fiscal 2016, a celebrar convenios de encargo del procedimiento de selección con organismos internacionales, para la contratación de los servicios de supervisión y aquellos servicios que resulten necesarios para realizar dicha supervisión, relacionados con las actividades de explotación de infraestructura de transporte de uso público de competencia del OSITRAN, en el marco del ejercicio de su función supervisora; Que, mediante Memorandos N° 0079-2016-GSF- OSITRAN y N° 0212-2016-GSF-OSITRAN la Gerencia de Supervisión y Fiscalización remitió a la Gerencia de Administración, el proyecto de Términos de Referencia para la contratación de una empresa que se encargará de la Supervisión de la Ejecución de las Obras del Terminal Portuario General San Martín - Pisco, por lo que dada la magnitud del proyecto solicitó se disponga el inicio de las gestiones para la contratación de la empresa supervisora, señalando se evalúe la posibilidad de encargar dicho proceso a un organismo multilateral especializado; Que, en tal sentido, la Jefatura de Logística y Control Patrimonial de la Gerencia de Administración, efectuó la búsqueda de un organismo internacional que se encargue de llevar a cabo el proceso de selección para la mencionada contratación, por lo que mediante comunicación electrónica de fecha 9 de febrero de 2016, solicitó a la O fi cina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos - UNOPS, presente los costos administrativos y condiciones para realizar el encargo del proceso de selección para la contratación de una empresa que se encargará de la Supervisión de la Ejecución de las Obras del Terminal Portuario General San Martín - Pisco, adjuntando para tales fi nes, el respectivo proyecto de Términos de Referencia; Que, a través de comunicación electrónica de fecha 16 de marzo de 2016, UNOPS remitió a OSITRAN su propuesta de asistencia para la ejecución del encargo a fi n de contratar la Supervisión de la Ejecución de las Obras del Terminal Portuario General San Martín - Pisco, en la que detalla las características de la prestación del servicio, la duración y los costos y/o gastos administrativos, entre otros; Que, mediante Informe N° 042-2016-JLCP-GA- OSITRAN del 30 de marzo de 2016, la Jefatura de Logística y Control Patrimonial de la Gerencia de Administración, propone la celebración de un Convenio de Encargo con UNOPS, manifestando que dicho organismo internacional cumple los requisitos establecidos en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1224 - Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; asimismo, sustentó las razones económicas y de especialidad por las cuales resulta conveniente que se encargue el proceso de selección a UNOPS dada la envergadura y complejidad de la contratación del servicio de supervisión en mención, y siendo que UNOPS cumple con dichos requisitos resulta conveniente que se encargue el proceso de selección al referido Organismo Internacional, que cuenta con más de treinta años de experiencia especializada, es un recurso central de adquisiciones del Sistema de las Naciones Unidas y ayuda a sus asociados a satisfacer sus necesidades con rapidez, de forma profesional y de manera que se logre una relación óptima costo - calidad; Que, resulta pertinente mencionar que con fecha 21 de abril de 2008 se suscribió el Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas y la República del Perú para el establecimiento de la O fi cina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas – UNOPS en Lima, el mismo que fue rati fi cado por Decreto Supremo N° 029-2009-RE, el 27 de mayo de 2009, incorporándolo así a nuestro ordenamiento jurídico; dicho Acuerdo contiene las condiciones básicas bajo las cuales UNOPS brinda asistencia sin fi nes de lucro al Gobierno, entre sus esfuerzos para lograr un desarrollo humano sostenible, de conformidad con los programas y prioridades nacionales de desarrollo; Que, a través del Memorando N° 181-2016-GPP- OSITRAN, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informó que se cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestal para el pago de los costos administrativos a UNOPS, tal como se advierte del certi fi cado de crédito presupuestario N° 0588-2016; Que, con relación a la disponibilidad de los recursos para el fi nanciamiento de la contratación objeto del encargo, cabe mencionar que la Gerencia de Supervisión y Fiscalización a través de la Nota N° 0036-2016-GSF-OSITRAN, señaló que el mismo se efectuará con recursos del Concedente, es decir, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con relación a la supervisión de las inversiones obligatorias; así como con recursos del Concesionario, en lo que respecta a las inversiones complementarias, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Concesión; Que, mediante Informe N° 0025-16-GAJ-OSITRAN de fecha 08 de abril de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica de OSITRAN señala que resulta jurídicamente viable la suscripción del Convenio de Encargo entre UNOPS y el OSITRAN, el cual se encuentra en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; así como de acuerdo a lo señalado en los artículos 6 y 35 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 040-2015-CD-OSITRAN, habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos previstos en dicha normativa. En adición a ello, se precisa que la decisión para encargar directamente el proceso de selección a un Organismo Internacional debe emitirse a través de Resolución de Gerencia General, en virtud de la delegación efectuada por la Presidencia del Consejo Directivo del OSITRAN, a través de la Resolución de Presidencia N° 006-2016-PD-OSITRAN;