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596509 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de agosto de 2016 El Peruano / inscripción ante la SUNARP de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Estando a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 20º, inciso 6), 39º y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Ley Nº 29090, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por Decreto supremo Nº 008-2013-VIVIENDA y su Modifi catoria Decreto Supremo Nº 014-2015-VIVIENDA; RESUELVE Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 234-2015/ MDSMP de fecha 21 de setiembre de 2015, DEJANDO SIN EFECTO el plano anterior signado con el Nº 051-2015-SGCyHU-GDU-MDSMP con su Memoria Descriptiva y APROBAR el nuevo Plano de Lotización signado con el Nº 023-2016-SGHUySFL-GDU-MDSMP, con su correspondiente Memoria Descriptiva de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCIÓN ÁREAS ÁREA BRUTA 12,000.00 M2 ÁREA DE VÍA METROPOLITANA 708.22 M2 ÁREA DE LOTES DE VIVIENDA (43 LOTES) 6,494.95 M2 ÁREA DE PARQUE Nº 1 1,072.61 M2 ÁREA DE VÍAS LOCALES 3,724.22 M2 Artículo Segundo.- RATIFICAR en todos los demás extremos el contenido de la Resolución de Alcaldía Nº 234-2015/MDSMP de fecha 21 de setiembre de 2015. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de (30) días siguientes a su notificación a cargo y costo del Propietario del Predio Objeto de la Habilitación Urbana de Oficio. Artículo Cuarto.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1413000-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NAPO Autorizan viaje de Alcalde a Chile, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 090-SO-MDN/18-07-2016 VISTO: Oficio Nº 027-2016-DRSG-GDHIS-MDN, recepcionado el día 06 de julio de 2016 y el Oficio Nº 260-2016-GRL/DSRL/30.08, de fecha 06 de julio de 2016, en los cuales se invita al señor Alcalde Alfonso Guevara Chota a participar en el Foro de Alcaldes de América Latina y el Caribe a realizarse en Santiago de Chile; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 “Ley General de Municipalidades”, establece que son atribuciones del Concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal o cualquier otro funcionario”, por lo que la autorización de viaje deberá ser aprobada por el Concejo Municipal; Que, mediante la Ofi cio Nº 260-2016-GRL/DSRL/30.08 de fecha 06 de Julio de 2016 el Director General de la Dirección Regional de Salud Loreto, invita a participar al Pre Foro de alcaldes de América Latina y el Caribe a realizarse los días 25 y 26 de julio del presente año en el Centro Cultural Espacio Matta, ubicado en la ciudad de Santiago de Chile, cuyo costo de pasajes aéreos de lima a Santiago será asumido por la Asociación RED INNOVA, cuya fi nalidad es la “Promoción de la salud en los Objetivos de Desarrollo Sostenible” que se discutirá del 21 al 24 de noviembre del 2016 en la Novena Conferencia Mundial de Promoción de Salud a realizarse en la ciudad de Shangai China. Que, el Artículo 10.1 de la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2016 dispone: “Prohíbanse los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: (…) c) Los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que Regula los ingresos de los Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas y modifi catoria. (…) En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad y en los gobiernos regionales y gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 24º, 1º párrafo de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica: En caso de ausencia o vacancia del Alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Que, estando a los fundamentos antes expuestos y sometidos a debate y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 los señores regidores acordaron por UNANIMIDAD formular el siguiente acuerdo: ACUERDO DE CONCEJO Nº 090-SO-MDN/18-07-2016 Artículo Primero.- APROBAR Y AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde ALFONSO GUEVARA CHOTA, los días 25 y 26 Julio de 2016, para que asista al Pre Foro de Alcaldes de América Latina y el Caribe a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile. Artículo Segundo.- COMUNICAR que la Asociación RED INNOVA cubrirá todos los gastos que ocasione el viaje del señor alcalde de la Municipalidad Distrital del Napo a la ciudad de Santiago de Chile. Artículo Tercero.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde, en calidad de 1er Regidor Señor: HUGO ANGULO MOSQUERA, desde el 20 de Julio de 2016 hasta el retorno del titular del pliego. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento el presente Acuerdo a la Gerencia de Administración y Finanzas y demás órganos competentes de la MDN. para los fi nes de ley. ALFONSO GUEVARA CHOTA Alcalde 1413657-1