Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2016 (10/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de agosto de 2016 /

El Peruano

medidas destinadas al fortalecimiento para la fiscalización de las actividades de la pequeña minería y de la minería artesanal, para asegurar la gestión, responsable de los recursos mineros, a fin de garantizar la salud poblacional, la seguridad de las personas, la protección del ambiente y el desarrollo de actividades económicas sostenibles, asimismo mediante Informe Nº 01-2016-GRH/GRDE de fecha 11 de febrero del 2016, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, opina favorablemente para continuar con el trámite de expedir la Ordenanza Regional para aprobar el Reglamento de Fiscalización para las Actividades Mineras en el Departamento de Huánuco; Que, mediante Informe Nº 347-2016-GRH/ORAJ, de fecha 21 marzo del presente año, la Oficina Regional de Asesoría Legal, remite para su aprobación del Reglamento de Fiscalización para las Actividades Mineras de la Pequeña Minera y Minería Artesanal o Similares en la Región Huánuco, para lo cual considera pertinente que sea remitido al Consejo Regional para su respectiva aprobación; Que, contando con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, sobre el Reglamento de Fiscalización para las Actividades Mineras de la Pequeña Minería Artesanal o Similares en la Región Huánuco; a Pequeña Minera, Artesanal y para quienes ejercen Actividad Minera en condiciones Similares en la Región Huánuco; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15º del dispositivo legal en mención, dispone que son atribuciones el Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: APROBAR EL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN PARA LAS ACTIVIDADES MINERAS DE LA PEQUEÑA MINERIA Y MINERIA ARTESANAL O SIMILARES EN LA REGIÓN HUÁNUCO Artículo Primero.- APROBAR, el REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN PARA LAS ACTIVIDADES MINERAS DE LA PEQUEÑA MINERÍA Y MINERÍA ARTERSANAL O SIMILARES EN LA REGIÓN HUÁNUCO, que consta de nueve (09) Títulos, treinta y tres (33) Artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- PUBLICAR Y ENCARGAR, a la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Huánuco realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo previsto en el artículo 42º de la Ley 27867, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 30 días del mes de junio del año dos mil dieciséis. ERHUIN MARCIAL QUISPE DURAN Consejero Delegado Consejo Regional

POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 04 días del mes de julio del dos mil dieciséis. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1413007-2

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Dejan sin efecto las RR.AA. Nºs. 10362014/ALC-MDPP, 140-2015-MDPP-ALC y 272-2015-MDPP-ALC; y dictan diversas disposiciones
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 122-2016-ALC/MDPP Puente Piedra, 22 de julio del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Informe Nº 221-2016-SGCSPU-GDU/ MDPP de la Subgerencia de Catastro, Saneamiento y Planeamiento Urbano, solicita la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización Residencial Rosaluz Primera Etapa ­ Parcela 6A, Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima; el Memorándum Nº 426-2016GDU/MDPP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Legal Nº 193-2016-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1036-2014/ ALC-MDPP, de fecha 29.10.2014, se aprobó la Habilitación Urbana de Oficio del Predio Rural Tambo Inga Tambo Inga Número de Parcela 6A Proyecto Tambo Inga Valle Chillón, Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima, inscrito con el Código de Predio P01170053 del Registro de Predios de la SUNARP, de conformidad con el Plano Perimétrico PP-017-MDPP-2014-OSFL, Plano de Trazado y Lotización PTL-018-MDPP-2014-OSFL y sus Memorias Descriptivas correspondientes, debidamente visados y aprobados, las mismas que contienen errores advertidos por los Técnicos de la Sub Gerencia de Catastro, Saneamiento y Planeamiento Urbano, ante lo cual se deberá dejar sin efecto la antes citada resolución, así como los Planos Perimétrico, Trazado y Lotización y sus respectivas memorias descriptivas y de acuerdo a los considerandos que preceden se deberá emitir un nuevo acto resolutivo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 140-2015-MDPP-ALC, de fecha 23.02.2015, se resolvió modificar la Resolución de Alcaldía Nº 10362014/ALC-MDPP que aprobó la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización Residencial Rosaluz Primera Etapa ­ Parcela 6A, por el cual aprobó el Plano de Trazado y Lotización PTL-004-MDPP-2015-OSFL y su memoria descriptiva correspondiente, debidamente visados y aprobados, las mismas que contienen errores advertidos por los Técnicos de la Sub Gerencia de

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