Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2016 (16/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 16 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

596877

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados especialistas presentarán al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1416074-1

Suprema Nº 040-2012-SA, de la médico cirujano Flor de María Philipps Cuba, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, en representación del Ministerio de Salud, quien lo preside en calidad de Superintendente; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar dicha renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

SALUD
Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, en representación del Ministerio, quien lo preside en calidad de Superintendente
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2016-SA Lima, 15 de agosto del 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2016SA, se renovó la designación efectuada por Resolución

Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la médico cirujano Flor de María Philipps Cuba, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD, en representación del Ministerio de Salud, quien lo preside en calidad de Superintendente; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1416372-2

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