Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2016 (24/08/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Miércoles 24 de agosto de 2016
Item 96 97 98 99 Líneas Primarias DERIVACIÓN HUACACHIPA DERIVACIÓN SALLA SALLA DERIVACIÓN ANTAMARCA DERIVACIÓN PARARCA Tensión (kV) 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 22,9/13,2 13,2 13,2 22,9/13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 13,2 22,9 13,2 13,2 13,2 Sistema Longitud (km) 3,095.93 114.87 3,247.95 4,840.49 915.58 267.13 759.95 112.88 1,079.94 14,349.41 8,105.04 662.48 2,905.96 446.54 1,319.20 3,138.57 554.37 25.01 5,569.74 5,435.74 258.39 1,127.63 2,374.63 8,206.83 7,269.66 87.28 7,541.42

NORMAS LEGALES
Servidumbre ancho (m) 6 6 6 6 6 6 11/6 6 6 11/6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 11 6 6 6

597439

Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Trifásico / Monofásico Monofásico Monofásico Bifásico / Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Monofásico Bifásico Monofásico Monofásico Monofásico

100 DERIVACIÓN AULLA 1 101 DERIVACIÓN AULLA 2 102 DERIVACIÓN QUILCATA 103 DERIVACIÓN ACOQUIPA DERIVACIÓN SANTA 104 ROSA (PAUSA) 105 DERIVACIÓN MARÁN 106 DERIVACIÓN RAURIPA 107 DERIVACIÓN HUANCARA 108 DERIVACIÓN TONSIO 109 DERIVACIÓN A CASIRE DERIVACIÓN 110 LOMASPATA 111 DERIVACIÓN HUAYLLANE

Otorgan a favor de ADINELSA, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto "Pequeño Sistema Eléctrico CajatamboAmbar II Etapa", que comprende zonas ubicadas en los distritos de Ambar, Copa y Cajatambo, provincias de Huaura y Cajatambo, departamento de Lima; y distrito de Mangas, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 193-2016-MEM/DGE Lima, 13 de julio de 2016 VISTO: El Expediente con código N° 65370616, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA), persona jurídica inscrita en la Partida N° 11099911, del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta Nº 031-2016-GG-ADINELSA con registro N° 2581651 de fecha 23 de febrero de 2016, ADINELSA solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las instalaciones del proyecto "Pequeño Sistema Eléctrico Cajatambo-Ambar II Etapa", que comprende las zonas de: 1) Acocoto, 2) Ambar, 3) Arcata, 4) Arinchay, 5) Aynaca, 6) Calpa, 7) Chamas, 8) Curquish, 9) Huacan, 10) Huayllapa, 11) Jalcan, 12) Lacuain, 13) Lascamayo, 14) Nanis, 15) Shanquijirca, 16) Soque, 17) Tambon, 18) Taule y 19) Uramaza, ubicadas en los distritos de Ambar, Copa y Cajatambo, provincias de Huaura y Cajatambo, departamento de Lima; y distrito de Mangas, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, ADINELSA ha presentado la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral Nº 171-2012 EM/DGE, de fecha 31 de julio 2012, conforme a lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 277-2016-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de ADINELSA, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto "Pequeño Sistema Eléctrico Cajatambo-Ambar II Etapa", que comprende las zonas de: 1) Acocoto, 2) Ambar, 3) Arcata, 4) Arinchay, 5) Aynaca, 6) Calpa, 7) Chamas, 8) Curquish, 9) Huacan, 10) Huayllapa, 11) Jalcan, 12) Lacuain, 13) Lascamayo, 14) Nanis, 15) Shanquijirca, 16) Soque, 17) Tambon, 18) Taule y 19) Uramaza, ubicadas en los distritos de Ambar, Copa y Cajatambo, provincias de Huaura y Cajatambo, departamento de Lima; y distrito de Mangas, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de

112 DERIVACIÓN AYCARA DERIVACIÓN FUNDO 113 CONVENTO DERIVACIÓN 114 CCASACCAHUA DERIVACIÓN SANTA 115 ROSA - SAN JOSÉ DERIVACIÓN SANTA 116 ROSA (CHAVIÑA) 117 DERIVACIÓN LA TOMA 118 DERIVACIÓN LA MERCED

119 DERIVACIÓN SANCOS 120 DERIVACIÓN PARA PUEBLO NUEVO

DERIVACIÓN PUEBLO 121 NUEVO DERIVACIÓN 122 CHAQUIPAMPA

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 080-2016 a suscribirse con ADINELSA, el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 0802016, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- La presente Resolución Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento, aplicados en concordancia con el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MURO ROSADO Director General Dirección General de Electricidad 1418461-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.