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597452 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de agosto de 2016 / El Peruano ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto la designación de Auxiliar Coactiva de la Intendencia Lima INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 020-024-0000287/SUNAT Mira fl ores, 19 de agosto de 2016 CONSIDERANDO:Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos de la Intendencia Lima, por tratarse de personal que ha asumido labores distintas dentro de la Administración Tributaria; Que, el artículo único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE:Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Lima al trabajador que se indica a continuación: Nº Registro Apellidos y Nombres 1 9894 Carvo Pautrat, Marina Lourdes Regístrese, comuníquese y publíquese. HARALDO CRUZ NEGRÓN Intendente 1419214-1 Dejan sin efecto designación de Auxiliares Coactivos y designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Lima INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 020-024- 0000288/SUNAT Mira fl ores, 19 de agosto de 2016 CONSIDERANDO:Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Lima para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, norma que establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Lima a los funcionarios que se indican a continuación: N° Registro Apellidos y Nombres 1 2165 Montesinos Corro, Alvaro Manuel 2 2308 Riva Herrera, Hermes 3 0134 Baca Monzón, Javier Eduardo 4 0229 Norabuena Solano, Julio Cesar 5 3312 Malpartida Sinche, Augusta Alejandrina 6 7728 Gutierrez Amado, Marita Edith 7 9369 Huaman Perez, Ruben Hamerlin Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Lima a la funcionaria que se indica a continuación: N° Registro Apellidos y Nombres 1 7291 Palomino Montenegro Claudia Beatriz Regístrese, comuníquese y publíquese. HARALDO CRUZ NEGRÓN Intendente 1419228-1 Designan Auxiliar Coactiva de la Intendencia Regional La Libertad INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 060-00-0000011-SUNAT/6G0000 Trujillo, 17 de agosto del 2016CONSIDERANDO: Que es necesario designar a un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N°