Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2016 (28/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 28 de agosto de 2016 /

El Peruano

Coordinación y Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN de la Presidencia del Consejo de Ministros, habiendo finalmente expresado su conformidad; Que, el Artículo 06º de la citada Directiva, establece que corresponde a la máxima Autoridad ejecutiva o normativa de cada Entidad de la Administración Pública aprobar los planes estratégicos; disposición aplicable para la aprobación de planes especiales, en el presente caso, el Órgano formulador del Comité Regional de Desarrollo e Integración Fronteriza ­ COREDIF Ucayali, solicita la aprobación de la máxima Autoridad normativa, es decir, por el pleno del Consejo Regional; Que, mediante Informe Legal Nº 033-2016-GRUGGR-ORAJ-TTC, de fecha 05 de julio de 2016, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, emite recomendación favorable para aprobar mediante Ordenanza Regional el Plan de Acción Directa de la Provincia de Purús; Que, estando a las consideraciones fácticas y jurídicas precedentes, en Sesión Ordinaria del día jueves 07 de julio de 2016, desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional, sito en Jr. Apurímac Nº 460, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, concordante con el Reglamento Interno del Consejo Regional, después del debate, aprobó por unanimidad el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el pedido verbal del Consejero Regional Eber Portocarrero Tananta. Artículo Segundo.- APROBAR el "PLAN DE ACCIÓN DIRECTA DE LA PROVINCIA DE PURÚS ­ PAD PURÚS 2016 AL 2021", contenida en el documento de 114 folios, siendo parte del presente Acuerdo Regional. Artículo Tercero.- REMITIR, el presente Acuerdo Regional a la Gobernación del Gobierno Regional de Ucayali, para que en coordinación con el Comité Regional de Desarrollo e Integración Fronteriza ­ COREDIF Ucayali, adopten las acciones necesarias para la implementación del mencionado Plan. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Cooperación Técnica Internacional del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional, en el diario oficial "El Peruano", en el diario local de mayor circulación Regional y a la Oficina de Sistemas para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo de la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. EDITH QUISPE SANCHEZ Consejera Delegada Consejo Regional 1421432-1

Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que "Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 14 de julio de 2016, se acordó pasar a la estación de orden del día, el Oficio Nº 477-2016-GRU-GR, de fecha 08 de julio de 2016, el Gobernador Regional de Ucayali, señor Manuel Gambini Rupay, subsana solicitud de autorización de viaje al exterior del señor Vicegobernador Regional Biólogo Mariano Gilberto Rebaza Alfaro para participar en el Evento Global de Redes de Energía (Global Energy Networing Event - GENE) República de Corea (Corea del Sur), desde el 17 al 26 de julio de 2016, viaje el cual no irrogará gastos a la Entidad; Que, con fecha 20 de junio de 2016, Jong Lib Kim, Presidente de Management Association Consultants (KMAC) remite al Gobernador Regional de Ucayali una carta de invitación al Evento Global de Redes de Energía (Global Energy Networing Event - GENE), programa autorizado por las Empresas Korea Management Association Consultants (KMC) y Korea New and Renawable Energy Association (KNREA) y financiado por el Ministerio de Comercio, Industria y Energía de la República de Corea (Corea del Sur), con el objetivo de construir una red de expertos en energía alrededor del mundo, invitando así al Vicegobernador y un funcionario (Director Regional de Energía y Minas) para unirse en un programa de estudio y viajes de 11 días en Seúl ­ República de Corea, precisando que todos los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación y transporte terrestre serán totalmente cubiertos por los organizadores; Que, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores o representantes del Estado que irroguen gastos al tesoro público y que se encuentran comprendidos dentro de las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, dicha norma determina los órganos competentes para disponer la autorización, el contenido del acto de autorización, la publicidad, la escala de viáticos y la obligatoriedad de presentar informe; Que, en el Artículo 10º de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos; salvo excepciones establecidas en el literal a) los viajes que se efectúen en el marco de las negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; en la parte final del citado artículo, prevé que en caso de los Gobiernos Regionales, se autoriza mediante Acuerdo Regional, el mismo que es publicado en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, en el presente caso, la invitación es para un evento, con el objetivo de construir una red de expertos en energía alrededor del mundo, a desarrollarse en Seúl capital de la Republica de Corea, cuyos gastos serán cubiertos por los organizadores, encuadrándose por tanto dentro de la precitada excepción prohibitiva presupuestal; Que, tratándose de viajes que no ocasionen gastos al Estado, el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM ­ Normas Reglamentarias sobre viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, prevé que "Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún

Autorizan viaje de Vicegobernador y Consejero Regional de Ucayali a evento a realizarse en la República de Corea del Sur
ACUERDO REGIONAL Nº 130-2016-GRU-CR Pucallpa, catorce de julio de dos mil dieciséis. POR CUANTO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de

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