Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2016 (03/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 3 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

605707

del bienestar, tradicionalmente comunitaria, a otra de crecimiento individual propia de una sociedad urbana. Hoy en día, sin embargo, se observa que, mientras que las ferias de las alasitas expanden su importancia en todo el sur andino ­considerando el número, duración, presencia de artesanos y público participante- la figura del ekeko está pasando a un segundo plano, relegada por otras figuras que cumplen una función similar, como el "sapo de la fortuna"; Que, no es posible circunscribir el origen y desarrollo de las alasitas y el ekeko a un territorio nacional específico. El altiplano surandino conforma una unidad cultural y religiosa, con redes de intercambio ritual y comercial que, trascendiendo las fronteras geopolíticas, han establecido fuertes vínculos entre las actuales poblaciones establecidas en el sur peruano, el altiplano boliviano y el norte chileno. Los grupos indígenas del altiplano han sido tradicionalmente trashumantes estacionales; en esto destaca el pueblo aymara, el mismo que desde tiempos prehispánicos se ha valido de formas de apropiación trasversal del espacio, práctica que continúa en tiempos actuales y que explica tanto el amplio espacio de presencia de rituales de origen aymara en la región como la participación activa de la población de estos países en diversas festividades religiosas a uno y otro lado de la frontera. En tal sentido, se debe reconocer que las fronteras republicanas actuales son geopolíticas y que la dinámica cultural de los pueblos trasciende tales límites; Que, las ferias de alasitas y miniaturas evidencian el extraordinario poder de adaptación de una población que ha ido pasando de una economía rural de subsistencia a un proceso de capitalización y urbanización, transformando pero no perdiendo el significado original del uso de objetos en miniatura para los rituales propiciatorios y de protección; Con el visado del Director General de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Directora de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED que aprueba el Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Reglamento de Organización y Funciones, y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a las Ferias de Alasitas y Miniaturas del Altiplano de Puno, región Puno, como expresión de una religiosidad popular de raíces prehispánicas que ha sido adaptada a las circunstancias históricas, siguiendo la evolución de las necesidades y anhelos de la población en un constante proceso de transformación, siendo hoy en día uno de los rasgos característicos de la identidad cultural del pueblo puneño. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la difusión del Informe N° 000283-2016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC y la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en conjunto con la Dirección Desconcentrada de Puno, la elaboración cada cinco (5) años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que su registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudieran haber surgido para su vigencia, y otros aspectos relevantes para hacer un seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución y el Informe N° 000283-2016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Puno, a la Municipalidad Provincial de Puno, a la directiva del Patronato Capilla 3 de Mayo - Bellavista, Asociación de

Artesanos Productores y Comerciantes Alasita 3 de Mayo, Asociación de Pequeños Artesanos en Miniatura de la provincia de Yunguyo, Feria de las Alacitas Asociación 3 de Mayo de Mana, Asociación Mosho, Asociación Los Viajeros de Virgen del Carmen, Asociación PacchaAntara, Asociación de Artesanos Ceramistas Torito Illary Maki de Azángaro, Asociación de Juegos Recreativos Viajeros Central Puno, Asociación Artesanos Fuerza Primero de Mayo de Puno y Asociación Civil del barrio Bellavista de Puno para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MAGDELYN CASTILLO ARANSAENZ Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1459779-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a México, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 502-2016-DE/MGP Lima, 2 de diciembre de 2016 Visto, el Oficio N.1000-1570 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 10 de noviembre de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Comisión de Estudios Especiales del Estado Mayor General de la Armada de México, ha informado al Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos, la aceptación de los TRES (3) tripulantes de la Marina de Guerra del Perú, para que participen en el Curso de Simulador de Helicóptero, a realizarse en el Centro de Capacitación y Entrenamiento para Tripulaciones de Vuelo - CENCAPETRIV, ubicado en las instalaciones de la Base Aeronaval de Veracruz (BASANVER), ciudad de Veracruz, Estado de Veracruz, Estados Unidos Mexicanos, del 5 al 9 de diciembre de 2016; Que, el Personal Naval participante, ha sido propuesto tomando en consideración que ostentan la Segunda Especialización Profesional de Aviación Naval y de Especialización Profesional Técnica por Actividad de Tripulante Aeronaval, quienes cuentan con una gran cantidad de horas de vuelo en el modelo de aeronave, adquiriendo por ello una amplia experiencia que los habilita como las dotaciones actuales de la Aeronave Tipo MI-17; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Ricardo GARRIDO Rivera, del Teniente Primero Jonatan Víctor PINEDA Liza y del Oficial de Mar Segundo Mae. Juan Jonathan VALDIVIA Espinoza, para que participen en el Curso de Simulador de Vuelo del Helicóptero MI-17, a realizarse en el Centro de Capacitación y Entrenamiento para Tripulaciones de Vuelo - CENCAPETRIV, ubicado en las instalaciones de la Base Aeronaval de Veracruz (BASANVER), ciudad de Veracruz, Estado de Veracruz, Estados Unidos Mexicanos, del 5 al 9 de diciembre de 2016; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá efectuar de la mejor manera posible, cada una de las emergencias que se simularán, lo que probablemente no ocurriría con estudios teóricos de los procedimientos o con una puesta en práctica en un vuelo real, obteniendo altos niveles de entrenamiento en períodos cortos de tiempo, elevando la autoconfianza de la tripulación; así como, la actualización de procedimientos de vuelo, en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.