Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2016 (03/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Artículo 3.- De la eliminación de requisitos Elimínese los requisitos innecesarios y prohibidos en dieciocho (18) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominados: 1) Inscripción en el Registro Nacional de Empresas Administradoras y Empresas Proveedoras de Alimentos, 8) Solicitud de entrega del expediente de negociación colectiva al Árbitro Unipersonal o Presidente del Tribunal Arbitral, 18) Inscripción en el Registro de sindicatos, 33) Autorización de planillas de pago en libros u hojas sueltas, 42) Aprobación de Contrato de Trabajo de Personal Extranjero, 46) Designación de representantes de créditos laborales ante la Junta de Acreedores de deudores sometidos al procedimiento concursal, 53) Verificación de cierre de centro de trabajo, 55) Verificación de despido arbitrario, 58) Otorgamiento de la constancia de cese, 61) Autorización de trabajo para adolescentes, 70) Acceso a la Información que poseen o producen los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, 78) Fraccionamiento y/o Aplazamiento de la deuda, 81) Inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral, 85) Renovación de Inscripción en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación Laboral, 86) Presentación de contratos de locación de servicios celebrados con las empresas usuarias, 94) Inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad, 98) Comunicación de remanente de utilidades y 99) Inscripción en el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo; conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 4.- De la reducción de costos Redúzcase los costos en cuatro (4) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominados: 41) Registro de Contratos de trabajo sujeto a modalidad, de personas naturales o jurídicas que desarrollan cultivos o crianza con excepción de la avicultura, la agroindustria y la industria forestal, 48) Registro de Contratos de trabajo de trabajadores destacados de empresas y entidades que realizan actividades de Intermediación Laboral ­ Presentación extemporánea, 86) Presentación de contratos de locación de servicios celebrados con las empresas usuarias- Presentación Extemporánea y 70) Acceso a la información que poseen o producen los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo- c) Copia certificada por cara y d) Por medios físicos o magnéticos (CD); conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial Artículo 5.- De la reducción de plazos Redúzcase los plazos de atención de dos (2) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominados: 39) Aprobación de contratos de trabajo del régimen de exportación no tradicional y 81) Inscripción en el Registro Nacional de Empresas y entidades que realizan actividades de Intermediación Laboral; conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 6.- De la fusión de procedimientos Fusiónese doce (12) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominados: 15) Comunicación de reforma de los Estatutos de la Organización Sindical, de la nómina de la Junta Directiva y de los cambios que en ella se produzcan, 16) Comunicación de reforma de Estatutos de las Federaciones y Confederaciones, de la nómina de la representación sindical y de sus cambios que en éstas se produzcan, 18) Inscripción en el registro de sindicatos, 19) Inscripción de Federaciones y Confederaciones, 23) Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores

Públicos (ROSSP) y Mixtos, 24) Registro de Federaciones o Confederaciones de Servidores Públicos, ante el ROSSP, 25) Registro de Juntas Directivas para Sindicatos de Servidores Públicos o cambios que en ella se produzcan (ROSSP), 26) Registro de Juntas Directivas para Federaciones y Confederaciones de Servidores Públicos (ROSSP), 27) Registro de modificación de Estatutos de Sindicatos de Servidores Públicos. (ROSSP), 28) Registro de modificación de Estatutos de Federaciones y Confederaciones de Servidores Públicos (ROSSP), 42) Aprobación de Contrato de Trabajo de Personal Extranjero y 43) Aprobación de prórroga o modificaciones del contrato de trabajo de personal extranjero; conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 7.- De la publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción, el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1460073

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Secretaria Ejecutiva del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 992-2016 MTC/01.02 Lima, 1 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2000-MTC se aprobó el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, cuyo Texto Único Ordenado se aprobó por Decreto Supremo N° 024-2002-MTC; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, modificada por Decreto Supremo N° 034-2011-MTC, conformó el Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que estará administrado por un Comité de Administración, el cual contará con una Secretaría Ejecutiva; Que, mediante Decreto Supremo N° 024-2004-MTC se aprobó el Reglamento del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, estableciendo en su artículo 9, literal a), como una de las funciones del Comité, proponer la designación del Secretario Ejecutivo; disponiendo en su artículo 10, que la Secretaría Ejecutiva estará dirigida por un Secretario Ejecutivo designado mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 458-2012MTC/02 de fecha 23 de agosto de 2012, se encargó al señor Fernando Javier Mateo Yataco las funciones de Secretario Ejecutivo del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

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