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605822 NORMAS LEGALES Domingo 4 de diciembre de 2016 / El Peruano TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD Nº DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER INICIO DE PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS Automático Evaluación Previa Número y denominación Formulario / Ubicación En % UIT En S/ Positivo Negativo RECONSIDERACIÓN APELACIÓN -Ley N° 30183, Ley que regula los requisitos para la inscripción y atención de los derechohabientes del titular del seguro Art. 2° y 3° (28.04.2014) Nota: (1) El Registro incluye el alta, actualización de datos y baja. (2) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes del Seguro Regular y Seguro de Salud Agrario Dependiente debe ser realizado por la Entidad Empleadora a través del Aplicativo T-REGISTRO establecido por SUNAT. Las Ofi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas sólo realizarán el procedimiento de registro de manera excepcional, cuando la información de los asegurados titulares y derechohabientes no se encuentre registrada en los sistemas de ESSALUD o los datos relacionados con el aseguramiento estén incompletos y dicha situación ocasione difi cultad para las prestaciones que brinda ESSALUD. 11 REGISTRO(1) DE TRABAJADORES AGRARIOS Presentar: INDEPENDIENTES, AVÍCOLAS(2), ACUÍCOLAS 1. Formulario 1010 - Formulario Único de Registro O AGROINDUSTRIALES(3) otorgado por ESSALUD en original y copia. Formulario Nº 1010 Ofi cina de Seguros y Prestaciones Económicas 2. Mostrar Documento de Identidad original vigente (DNI, Carné de Extranjería o Pasaporte) del asegurado titular o del solicitante, en caso de baja por fallecimiento. - Gratuito X - - Un (01) día Ventanilla Única de Atención al Usuario de las Ofi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas(2) Jefe de la Ofi cina de Seguros y Prestaciones Económicas No aplica No aplica Base Legal: hábil -Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, Art. 1º (30.01.1999) - Ley Nº 27360, Ley que aprueba las normas de promoción del Sector Agrario, Art. 9º (31.10.2000). Además de los requisitos 1 y 2, se presentará: -D.S. Nº 049-2002-AG Reglamento de la Ley 27360, Art. 20º Portal (11.09.2002). A) Para Inscripción (Alta en el Registro): Institucional - Ley N° 28810, Ley que modifi ca la Ley Nº 27360 ampliando 3 Copia de Resolución y/o constancia emitida por autoridad competente que acredite fehacientemente que la persona que solicita afi liación realiza la actividad agraria, avícola, agroindustrial o acuícola(4) o cualquiera de los documentos señalados en los literales a), b) y c) de ESSALUD plazo de vigencia Art. 1º (22.07.2006). - Ley N° 27460, Ley de promoción y desarrollo de la Acuicultura, Art. 29º (26.05.2001). -Resolución N° 012-GCASEG-ESSALUD-2009, modifi cada por Resolución N° 018-GCASEG-ESSALUD-2009 Art. 2º, numeral 2.1 (31.12.2009) a). En caso de propiedad del predio: -Resolución N° 08-GCAS-ESSALUD-2010, Art. 1°, 2º (17.11.2010). Copia de documento que acredite la propiedad (Título de Propiedad o Contrato de Compra Venta o Escritura Pública o Certifi cado de Formalización o Resolución Judicial) y/o copia de Ficha de Registros Públicos con antigüedad no mayor de tres (03) -Resolución N° 28-GCSPE-ESSALUD-2015, Art. 1° (07.10.2015). -Resolución N° 37-GCSPE-ESSALUD-2015 (27.11.2015). -Resolución N° 49-GCSPE-ESSALUD-2015 (25.01.2016). -Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación