Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2016 (08/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Viernes 8 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

574775

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras para financiar actividades y proyectos de diversas entidades ejecutoras
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 134-2015-DV-PE Lima, 31 de diciembre de 2015 VISTO: El Memorándum Nº 529-2015-DV-DATE del 30 de diciembre de 2015, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo Nº 1 que contiene la relación de convenios suscritos con las diferentes Entidades Ejecutoras que ejecutarán Actividades y Proyectos de los Programas Presupuestales de DEVIDA, en el que se detallan los nombres y los montos a ser transferidos, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 7º establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; y, en su artículo 8º prescribe que el Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas; Que, el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1241, modificatorio del Decreto Nº 824, establece que DEVIDA diseña y conduce la política nacional de lucha contra el tráfico ilícito de drogas y sus delitos conexos, y formula, diseña y propone la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, promoviendo entre otros, la sustitución de cultivos de la hoja de coca y otros sembríos que sirvan de insumo para la producción de drogas ilícitas, mediante programas de desarrollo alternativo, integral y sostenible; Que, en los instrumentos resultantes del Quincuagésimo Octavo Periodo de Sesiones Ordinarias de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas ­ CICAD, de la cual el Gobierno Peruano forma parte, y que se desarrolló en nuestro país bajo la organización de DEVIDA en el mes de noviembre del año 2015, se estableció que el Desarrollo Alternativo es uno de los tres pilares en el enfoque internacional de políticas contra el problema de las drogas; y, tanto el Informe Mundial sobre las Drogas 2015 como la Resolución 68/196 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 18 de diciembre de 2013, señalan que la promoción del desarrollo alternativo, como una política global para reducir la disponibilidad de la oferta de drogas y controlar las causas subyacentes al tráfico ilícito de estupefacientes, constituye una responsabilidad global que trasciende a los denominados "países productores"; Que, la precitada Comisión alienta a los Estados Miembros a impulsar, en el marco de sus políticas nacionales, programas y medidas de desarrollo alternativo integral y sostenible, incluido, cuando proceda, el desarrollo alternativo preventivo, que se orienten a eliminar los factores causantes de la pobreza, la exclusión social y el deterioro ambiental para, entre otros, prevenir la inserción de poblaciones vulnerables en actividades vinculadas a la producción y el tráfico ilícitos de drogas; Que, asimismo, el literal a) del artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función general de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de

Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, en el marco de la política de protección del Estado y lucha contra el consumo y tráfico ilícito de drogas, el Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2015, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 042-2015-IN/DGCO, de fecha 24 de enero de 2015, estableció la programación de erradicación de 35,000 hectáreas de cultivos de coca ilegal en el Perú, lográndose superar dicha meta gracias a las acciones realizadas en conjunto por la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA y otros organismos especializados del Estado; Que, para dar cumplimiento a las metas de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-2016 (ENLCD 2012-2016) que tiene como objetivo reducir drástica y sosteniblemente el tráfico ilícito y el consumo de drogas, y sus negativos efectos sociales, políticos, económicos, culturales y ambientales incorporando a los productores de cultivos ilegales a la economía lícita, DEVIDA como ente rector, basa su accionar en tres ejes estratégicos: i) Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible; ii) Interdicción y Sanción; y, iii) Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y en un Eje Transversal: (iv) Compromiso Global, bajo un enfoque multisectorial y territorial; Que, por las razones expuestas, mediante el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del artículo 12º de la Ley Nº 30281 ­ Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se autoriza a DEVIDA a realizar de manera excepcional, durante el presente Año Fiscal, transferencias financieras en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD" y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú ­ GIECOD"; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante Resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral, precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 200-2015-DV-SG, se aprobó la Directiva Nº 003-2015-DV-SG que establece las "Disposiciones para la Negociación y Suscripción de Convenios de Cooperación Interinstitucional y Adendas y Conformidad de los Planes Operativos Anuales de las Entidades Ejecutoras en el marco de los Programas Presupuestales de DEVIDA", con la finalidad de regular técnica y operacionalmente el procedimiento interno de suscripción de Convenios de Cooperación Interinstitucional y Adendas así como la Conformidad de los Planes Operativos Anuales y sus reformulaciones, de las Entidades Ejecutoras en el marco de los tres (03) Programas Presupuestales, para la aprobación y formalización de las transferencias de recursos que DEVIDA puede realizar al amparo de la citada Ley de Presupuesto; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2015 "Dictan Medidas para la Ejecución de Intervenciones ante el Periodo de Lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno del Niño" de fecha 07 de setiembre de 2015, y de acuerdo a lo dispuesto por la Alta Dirección de DEVIDA, la DAT propone los posibles proyectos de inversión pública para ser financiados por el indicado dispositivo legal, por el monto total solicitado, en los ámbitos de acción de los Programas Presupuestales;

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