Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2016 (08/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 8 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático entre los productos del programa presupuestal que implementan, sólo si se han alcanzado las metas físicas programadas de los indicadores de producción física de producto, debiendo reasignarse estos créditos presupuestarios en otras prioridades definidas dentro del programa o, en su defecto, en los productos de otros programas presupuestales con los que cuenten (...)"; Que, en ese sentido, mediante Memorándum Nº 986-2015-DV-DATE-PIRDAIS, la Responsable Técnica (e) del Programa Presupuestal PIRDAIS, informa sobre el cumplimiento de metas físicas programadas de los indicadores de producción física del producto "Familias Incorporadas al Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible del Programa Presupuestal PIRDAIS", a fin que los recursos programados no ejecutados sean reorientados a otras actividades del programa; Que, mediante Informes Nºs 015-2015-DV-DAT, 026-2015-DV-DAT, 030-2015-DV-DAT, 031-2015-DV-DAT y 017-2015-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de las actividades que serán financiados con los recursos provenientes de saldos de libre disponibilidad de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", la cual se encuentra debidamente aprobada por Presidencia Ejecutiva;

Que, con el documento del visto, y en cumplimiento a los procedimientos internos establecidos, la Dirección de Articulación Territorial y Responsable Técnica de los Programas Presupuestales, luego de la evaluación correspondiente, alcanza la propuesta de Resolución de Presidencia Ejecutiva para la aprobación de las Transferencias Financieras correspondientes para la ejecución de las actividades y proyectos que se señalan en el Anexo 1 al cual se hace referencia en los párrafos precedentes; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, y la Unidad Ejecutora 004 ­ Unidad de Gestión del Programa de Desarrollo Alternativo Satipo del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, han emitido las Certificaciones de Crédito Presupuestal Nºs 02746, 02778, 02784, 02796, 02830, 02834 y 00154, las que convalidan lo dispuesto en el numeral 12.2 del artículo 12º de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, entendiéndose que estos documentos forman parte del "Informe Previo Favorable", tal como se señalan en los Informes Nºs 118-2015-DV-OPP y 126-2015-DV-OPP y el Memorándum Nº 069-2015-DAS-DEVIDA/D. Adicionalmente, DEVIDA y DAS SATIPO han emitido las

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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