Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2016 (08/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Viernes 8 de enero de 2016 /

El Peruano

d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía, pudiendo en este último caso, designar un Comité Especial Ad Hoc o Permanente, de considerarlo conveniente. Asimismo, aprobar la recomposición de los mismos. Para tales efectos, contará con la propuesta de la Oficina General de Administración que verificará el cumplimiento de los requisitos para la conformación de cada Comité, señalados en la normativa de contrataciones vigente. e) Aprobar los Expedientes de Contrataciones y las Bases Administrativas de los procesos de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y sus derivados, incluyendo los Expedientes de Contrataciones y las Bases Administrativas de Exoneraciones cuyo valor referencial corresponda a los precitados procesos, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. f) Suscribir los contratos emanados de los procesos de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y convocatorias derivadas, así como aquellos resultantes de Exoneraciones cuyo valor referencial corresponda a los precitados procesos, previa revisión, evaluación y conformidad de la Oficina General de Administración. g) Autorizar y suscribir los contratos complementarios en el caso de bienes y servicios derivados de procesos de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y sus derivados, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. h) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, así como las reducciones hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original proveniente de los procesos de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y sus derivados, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. i) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, derivado de procesos de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y sus derivados, incluyendo las originadas por Exoneraciones, cuyo valor referencial corresponda a los precitados procesos. j) Resolver los recursos de apelación interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato, en los procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor Cuantía. k) Aprobar la cancelación total o parcial de los procesos de selección de Licitación Pública y Concurso Público, por causal debidamente motivada, según lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. 1.3 En materia financiera: Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras. 1.4 En materia de Gestión Administrativa: Conformar comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como, de ser el caso, disponer la modificación de su respectiva conformación. 1.5 En materia de Recursos Humanos: a) Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal respecto a las asignaciones, ceses, renuncias, rotaciones, destaques, reconocimiento de remuneraciones, suplencias, encargo de funciones, prórrogas o renovaciones de contratos y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal adscrito al régimen laboral de los Decretos Legislativos N° 728 y N° 1057. b) Suscribir los contratos relativos a la prestación de los servicios regulados por el Decreto Legislativo N° 1057. c) Aprobar los requerimientos de contratación del personal sujeto al régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, formulados por las unidades, órganos y direcciones de la Entidad.

1.6 En materia de Gestión Operativa: a) Aprobar los Planes Operativos, y sus modificatorias, vinculados a la marcha institucional de la Entidad, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. b) Ejercer la representación de DEVIDA en la suscripción de convenios, previa expresa autorización de la Presidencia Ejecutiva para cada caso; sin perjuicio del ejercicio discrecional de esta facultad por parte del Titular de la Entidad. c) Emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a la conducción de la Entidad, previa expresa autorización de la Presidencia Ejecutiva para cada caso; sin perjuicio del ejercicio discrecional de esta facultad por parte del Titular de la Entidad. Artículo 2°.- Delegación de facultades al Jefe de la Oficina General de Administración Delegar en el Jefe de la Oficina General de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, las siguientes facultades: 2.1 En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar los Expedientes de Contrataciones y las Bases Administrativas de los procesos de Adjudicación Directa y derivados, y Adjudicación de Menor Cuantía, incluyendo los Expedientes de Contrataciones y las Bases Administrativas de las Exoneraciones cuyo valor referencial corresponda a los precitados procesos, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. b) Suscribir los contratos emanados de los procesos de Adjudicación Directa y sus derivados, y Adjudicación de Menor Cuantía, incluyendo los resultantes de Exoneraciones cuyo valor referencial corresponda a los precitados procesos. c) Autorizar y suscribir contratos complementarios de bienes y servicios derivados de procesos de Adjudicación Directa y sus derivados, y Adjudicación de Menor Cuantía, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. d) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, así como las reducciones hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original proveniente de los procesos de Adjudicación Directa y sus derivados, y Adjudicación de Menor Cuantía, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. e) Resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual emanadas de procesos de Adjudicación Directa y sus derivados, y Adjudicación de Menor Cuantía, incluyendo aquellas resultantes de Exoneraciones, cuyo valor referencial corresponda a los precitados procesos. f) Otorgar a los contratistas la constancia de prestaciones de contratos derivados de Procesos de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas, Adjudicaciones de Menor Cuantía y Adjudicación de Menor Cuantía derivada, incluyendo los que provengan de Exoneraciones. g) Aprobar la estandarización de bienes y servicios, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. h) Autorizar la participación y contratación de expertos independientes para apoyar a los Comités Especiales. i) Aprobar la cancelación total o parcial de los procesos de selección de Adjudicación Directa y sus derivados, y Adjudicación de Menor Cuantía, por causal debidamente motivada, según lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. j) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción, así como gestionar las publicaciones, pedidos de información, consultas y demás actos vinculados a los procesos de selección, que resulte necesario realizarse o formularse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, la Contraloría General de la República u otras entidades públicas o terceros particulares.

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