Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2016 (09/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Sábado 9 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

575129

Funding Codes: DV 2014/2015 GHC 2014/2015 ES 2014/2015 ENMIENDA No. SEIS de fecha 21 ENE. 2015, entre los Estados Unidos de América, representado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional ("USAID"), y la República del Perú ("Donatario"): POR CUANTO, el Donatario y USAID celebraron el Convenio de Donación 527-0426 el 20 de setiembre del 2012 (el "Convenio"); POR CUANTO, el Donatario y USAID enmendaron el Convenio el 19 de Julio del 2013 (Enmienda No. Uno), el 21 de Setiembre del 2013 (Enmienda No. Dos), el 26 de Agosto del 2014 (Enmiendas No. Tres y No. Cuatro), y el 30 de Setiembre del 2014 (Enmienda No. Cinco); POR CUANTO, USAID acordó donar al Donatario, sujeto a la disponibilidad de fondos, una contribución total estimada ascendente a Trescientos Cincuenta y Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos ($355,000,000) la misma que será proporcionada en incrementos según los términos del Convenio, de los cuales Ciento Ochenta y Cinco Millones Ochocientos Setenta y Cuatro Mil Doscientos Cinco Dólares de los Estados Unidos ($185,874,205) se han proporcionado previamente; y POR CUANTO, las Partes mediante esta Enmienda No. Seis desean modificar el Convenio para: (a) Incrementar el monto de la Donación de USAID a la fecha de conformidad con el ARTICULO 3, Sección 3.1(a); (b) Incrementar la contribución del Donatario de conformidad con el ARTICULO 3, Sección 3.2(b); y (c) Cambiar el Plan Financiero Ilustrativo adjunto como Cuadro 1 del Convenio. POR CONSIGUIENTE, las Partes mediante la presente acuerdan enmendar el Convenio como sigue: 1. El texto del ARTICULO 3, Sección 3.1 (a), mediante la presente es anulado en su totalidad y se sustituye con lo siguiente: (a) La Donación: Para ayudar a alcanzar la Finalidad y Objetivos de Desarrollo establecidos en este Convenio, USAID, de conformidad con la Ley de Asistencia al Exterior de 1961 y sus enmiendas, mediante la presente, otorga al Donatario bajo los términos del Convenio el monto de Cincuenta y Dos Millones Novecientos Setenta Mil Dólares de los Estados Unidos ($52,970,000). El total donado a la fecha asciende a Doscientos Treinta y Ocho Millones Ochocientos Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos Cinco Dólares de los Estados Unidos ($238,844,205) (la "Donación"). Bajo la Donación, Cincuenta y Un Millones Ciento Cincuenta y Cinco Mil Dólares de los Estados Unidos ($51,155,000), son obligados mediante la presente Enmienda No. Seis, incrementando el total de fondos obligados a la fecha bajo el Convenio a Doscientos Veinte Millones Quinientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Seis Dólares de los Estados Unidos ($220,583,306). El total de fondos obligados y administrados por USAID a entidades ejecutoras bajo los términos del Convenio se incrementa por Un Millón Ochocientos Quince Mil Dólares de los Estados Unidos ($1,815,000), el nuevo total de fondos obligados y administrados por USAID asciende a Dieciocho Millones Doscientos Sesenta Mil Ochocientos Noventa y Nueve Dólares de los Estados Unidos ($18,260,899). 2. La primera oración de la Sección 3.2(b) (Contribuciones del Donatario) es modificada como sigue: "El total de contribuciones esperadas del Donatario, tomando como base la contribución de USAID reflejada

en la Sección 3.1(a), no deberá ser menor a Cincuenta y Cinco Millones Ochocientos Ochenta y Siete Mil Novecientos Noventa y Cinco Dólares de los Estados Unidos ($55,887,995), tal como se muestra en el Cuadro 1". 3. El Plan Financiero Ilustrativo del Convenio contenido en el Cuadro 1 es por la presente anulado en su totalidad y se sustituye por el Plan Financiero Ilustrativo adjunto a esta Enmienda como Cuadro 1. Excepto de lo enmendado o modificado en la presente Enmienda, todos los términos y condiciones del Convenio original permanecen en plena fuerza y vigencia. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la República del Perú y los Estados Unidos de América, actuando cada uno a través de sus respectivos representantes debidamente autorizados, han suscrito esta Enmienda No. Seis en sus nombres y la han otorgado en el día y el año que aparecen en la primera página. LA REPUBLICA DEL PERU Firma: _________(firma)________________ Gonzalo Gutiérrez Reinel Título: Ministro de Relaciones Exteriores República del Perú

AMENDMENT No. SIX, dated 21 ENE. 2015, between the United States of America, acting through the United States Agency for International Development ("USAID"), and the Republic of Peru ("Grantee"): WHEREAS, the Grantee and USAID entered into Assistance Agreement 527-0426 dated September 20, 2012 (the "Agreement"); WHEREAS, the Grantee and USAID amended the Agreement on July 19, 2013 (Amendment No. One), on September 21, 2013 (Amendment No. Two), on August 26, 2014 (Amendments No. Three and No. Four), and on September 30, 2014 (Amendment No. Five); WHEREAS, USAID agreed to grant to the Grantee, subject to the availability of funds, a total estimated contribution of Three Hundred Fifty-Five Million United States Dollars ($355,000,000) to be provided in increments under the terms of the Agreement, of which One Hundred Eighty-Five Million Eight Hundred Seventy-Four Thousand Two Hundred Five United States Dollars ($185,874,205) have been previously obligated; and WHEREAS, the Parties through this Amendment No. Six desire to amend the Agreement to: (a) Increase USAID Grant funding pursuant to ARTICLE 3 Section 3.1(a); (b) Increase the Grantee's contributions pursuant to ARTICLE 3 Section 3.2(b); and (c) Modify the Illustrative Financial Plan attached as Table 1 of the Agreement. THEREFORE, the Parties hereby agree to amend the Agreement as follows: 1. The text of ARTICLE 3, Section 3.1(a) is hereby deleted in its entirety and replaced with the following: (a) The Grant: To help achieve the Goal and Development Objectives set forth in this Agreement, USAID, pursuant to the Foreign Assistance Act of 1961, as amended, hereby grants to the Grantee under the terms of the Agreement an amount of Fifty-Two Million Nine Hundred Seventy Thousand United States Dollars ($52,970,000). The total amount granted to date is Two Hundred Thirty-Eight Million Eight Hundred Forty-Four Thousand Two Hundred Five United States Dollars ($238,844,205) (the "Grant").

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