Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2016 (09/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 9 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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05. Órgano de Asesoría: 05.1. Gerencia de Asesoría Jurídica 05.2. Gerencia de Planificación 05.2.1. Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto 05.2.2. Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional. 06. Órgano de Apoyo: 06.1. Secretaría General 06.1.1. Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo 06.1.2. Sub Gerencia de Registro Civil 06.2. Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional 06.3. Gerencia de Administración y Finanzas 06.3.1. Sub Gerencia de Recursos Humanos 06.3.2. Sub Gerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial 06.3.3 .Sub Gerencia de Contabilidad 06.3.4. Sub Gerencia de Tesorería 06.3.5. Sub Gerencia de Servicios Generales 06.4.1. Sub Gerencia de Tecnologías de la Información 07. Órganos de Línea: 07.1. Gerencia de Administración Tributaria 07.1.1. Sub Gerencia de Registro y Orientación Tributaria 07.1.2. Sub Gerencia de Recaudación y Control 07.1.3. Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria 07.1.4. Sub Gerencia de Ejecución Coactiva Tributaria 07.2. Gerencia de Desarrollo Ambiental 07.2.1. Sub Gerencia de Limpieza Pública 07.2.2. Sub Gerencia de Medio Ambiente, Parques y Jardines 07.3. Gerencia de Desarrollo Económico 07.3.1. Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial 07.3.2. Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones 07.3.3. Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres 07.3.4. Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad 07.3.5. Sub Gerencia de Ejecución Coactiva Administrativa 07.4. Gerencia de Seguridad Ciudadana 07.5. Gerencia de Desarrollo Urbano 07.5.1. Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro 07.5.2. Sub Gerencia de Obras Públicas 07.5.3. Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas 07.6. Gerencia de Desarrollo Social 07.6.1. Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes 07.6.2. Sub Gerencia de Bienestar Social y Salud 07.6.2. Sub Gerencia de Participación Vecinal 07.6.3. Sub Gerencia de Programas Sociales 08. Órganos Desconcentrados: 08.1. Agencias Municipales

09. Proyectos Especiales. La Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho se representa de manera gráfica en el Organigrama, el cual está contenido en hoja anexa, formando parte integrante de esta Ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFICAR el artículo 54º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, incorporando en la Secretaría General a la Sub Gerencia de Registro Civil como unidad orgánica, definiéndola y estableciendo sus funciones, e incorporar con dicho objeto los artículos 54-A y 54-B conforme al siguiente texto: SUB GERENCIA DE REGISTRO CIVIL Artículo 54-A.- La Sub Gerencia de Registro Civil es un órgano de apoyo de la Secretaría General, tiene como objetivo organizar, dirigir, supervisar, controlar y realizar las actividades relacionadas con los registros Civiles. La Sub Gerencia de Registro Civil está a cargo de un Funcionario Público denominado Sub Gerente de Registro Civil que depende funcional y jerárquicamente del Secretaría General. Artículo 54-B.- Son Funciones de la Sub Gerencia de Registro Civil: 1.- Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la administración de los Registros Civiles y Estadísticas en la materia conforme a Ley. 2.- Expedir certificaciones y constancias de las inscripciones que se encuentran en los registros civiles de la Institución. 3.- Celebrar matrimonios civiles formalizando la sociedad conyugal. 4.- Planificar, organizar y dirigir campañas de formalización de la situación civil de los administrados mediante la realización de matrimonios comunitarios. 5.- Mantener actualizado la base de datos a fin de elaborar las estadísticas de matrimonios celebrados en la Municipalidad. 6.- Atender oportunamente los requerimientos de las Autoridades Judiciales, Fiscalías, Administrativas y otros sobre la información que tenga a su cargo. 7.- Expedir Certificados Domiciliarios dentro del ámbito de su competencia. 8.- Recepcionar y tramitar el procedimiento No Contencioso de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior, emitiendo informes correspondientes en el marco de la Ley Nº 29227. 9.- Mantener actualizado la base de datos a fin de elaborar las estadísticas de los procedimientos No Contenciosos de la Separación Convencional y Divorcio Ulterior. 10.- Atender, supervisar y evaluar la correcta aplicación de los diferentes procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad establecidos en el TUPA vigente, en el ámbito de sus funciones y competencias. Artículo Tercero.- MODIFICAR el artículo 58º del ROF incorporando en las funciones de la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional las referidas al Teatro Municipal (numeral 19) y a la Banda Municipal (numeral 20). Asimismo, modificar el artículo 121º numeral 5) del ROF, suprimiendo de las funciones de la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deportes y Juventudes, la referida al teatro municipal, conforme a lo siguiente: SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONAL Artículo 58º.- Son Funciones de la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional: (...) 19.- Promover y controlar las actividades relacionadas con la promoción, administración y mantenimiento del Teatro Municipal. 20.- Coordinar con otras instituciones para la realización de actividades, eventos y actos protocolares,

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