Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2016 (15/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de enero de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR
Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016
ORDENANZA Nº 225-2016-MSMM Santa María del Mar, 12 de enero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Santa María del Mar, en Sesión Extraordinaria celebrada en la fecha; VISTO: En sesión extraordinaria de fecha 12 de enero de 2016 el informe N° 005-2015/ DVSC/DSP/MSMM emitido por Oficina de División de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil que contiene el Proyecto de Ordenanza Municipal que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016 del Distrito de Santa María Del Mar e informe Nº 01-2106-OAJ-MSMM de la Oficina de Asesoría Legal de fecha 11 de enero de 2016. CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos I y II del Título Preliminar de la ley N° 27972; ley orgánica de Municipalidades prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), norma que tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional, como también desarrolla un concepto sistemático e integral de la seguridad ciudadana, concibiéndola como la acción que desarrolla el Estado con la colaboración de la ciudadanía, destinada a lograr la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia, libre utilización de las vías y espacios públicos y contribuir a la prevención de delitos y faltas. Con el apoyo de la comunidad organizada. Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2014 se aprobó el Reglamento de la ley N° 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. En su artículo 36° los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado sistema, los cuales constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital, son presididas por el Alcalde Distrital de la Jurisdicción respectiva, recayendo en la Secretaria Técnica la División de Seguridad y Defensa Civil. Que, mediante Resolución Ministerial N° 10-2015IN de fecha 9 de enero de 2015, se aprobó la Directiva 001-2015-IN que aprueba "Los Lineamientos, para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana.

Que, de igual modo según lo prescrito en el artículo 30° inciso (e) y 47° del citado Reglamento, son funciones de la Secretaría, entre otras presentar el proyecto de Plan Local de Seguridad Ciudadana al CODISEC y una vez aprobado por el Comité presentarlo al Concejo Municipal Distrital para su ratificación mediante Ordenanza. Que, al respecto la División de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, mediante Informe N° 05-2016/DVSC/DSP/MSMM, indica que con fecha 28 de Diciembre del 2015, en Sesión Ordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016 de la Municipalidad de Santa María del Mar, el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2021, Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018 aprobado por Decreto Supremo N° 12-2013-IN como Política Nacional del Estado Peruano el 28 de Julio 2013, por lo cual debe aprobarse por parte del Concejo Municipal. Que, mediante Informe N° 01-2016-OAJ/MSMM la Jefa de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable sobre la remisión del Plan Local de Seguridad Ciudadana al Concejo Municipal para su evaluación y aprobación. Que, el artículo 47º, in fine, del reglamento establece que además de su aprobación por los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberán ser ratificados por los Consejos Regionales de los Gobiernos regionales y por los Concejos Municipales, Provinciales y Distritales, según corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento como políticas regionales, provinciales y distritales. De manera concordante, el artículo 30º, literal e); precisa que como Secretaría Técnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el órgano que haga sus veces, tiene como función, entre otros, el presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC para su ratificación mediante Ordenanza Municipal. De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9° numeral 8), el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, estando a lo expuesto en el Informe de Asesoría Jurídica y con el voto unánime de sus integrantes en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, el Concejo Municipal ha aprobado por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2016 Artículo 1°.- Ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016 aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de La Municipalidad de Santa María del Mar, según acta de fecha 28 de Diciembre del 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente ordenanza. Artículo 2°.- Precisar que el Plan ratificado en virtud del artículo precedente, como anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- Encargar a la División de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en nuestro portal institucional www.stamariadelmar.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARWAN ZAKHARIA KAHHAT ABEDRABBO Alcalde 1333298-1

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