Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2016 (15/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de enero de 2016 /

El Peruano

concluido el nombramiento y designación en el cargo ocupado por un Fiscal Provisional. Que, en el ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Orlando Carpio Villegas, como Fiscal Provisional Provisional del Distrito Fiscal Amazonas, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Lonya Grande, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2330-2012-MP-FN y 4278-2014-MP-FN, de fechas 11 de septiembre de 2012 y 14 de octubre de 2014. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Edgar Randu Vargas Silva, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal San Martín, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nueva Cajamarca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 602-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo de 2010. Artículo Tercero.- Designar al doctor Orlando Carpio Villegas, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Nueva Cajamarca, Distrito Fiscal de San Martín, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nueva Cajamarca. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Amazonas y San Martín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1334138-16 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 140 -2016-MP-FN Lima, 14 de enero del 2016 VISTO: El Oficio Nº 3131-2015-MP-PJFS-LAMBAYEQUE, cursado por la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 348-2009-MP-FN, se realiza la conversión de la estructura organizacional del Distrito Fiscal de Lambayeque, en Fiscalías Superiores de Liquidación y Apelaciones y Fiscalías Provinciales Penales Corporativas, a fin de que conozcan los procesos en estado de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciarían con el nuevo Código Procesal Penal, disponiéndose, entre otros la que la Primera Fiscalía Superior Mixta de Jaén, conozca las apelaciones y los recursos de queja de los casos de liquidación. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa Nº 212-2015-CE-PJ, de fecha 30 de junio de 2015, dispuso que la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Chiclayo, asuma la carga penal en liquidación bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de la Sala Mixta Descentralizada de Jaén. Que, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5297-2015-MP-FN, de fecha 26 de octubre de 2015, se dispuso ampliar la competencia territorial y funcional de la Fiscalía Superior Penal de Liquidación de Lambayeque, con sede en Chiclayo, a fin de que asuma los casos de

liquidación remitidos por la Primera Fiscalía Superior Mixta de Jaén. Que, mediante el documento de visto la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, solicita el traslado de una plaza de Fiscal Adjunto Superior de la Primera Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén, a la Segunda Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén, asimismo, el traslado de la Primera Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén, a la ciudad de Chiclayo, y su posterior conversión en Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque, ello en virtud a que la Primera Fiscalía Mixta de Jaén no cuenta con carga laboral de liquidación, y a su vez la carga en materia civil y familia ha disminuido considerablemente, por lo que esta puede ser manejada por una sola Fiscalía Superior de Jaén; por otro lado, la carga que afrontan las Fiscalías Superiores de Apelaciones de Chiclayo, resultan mucho mayor que la de las Fiscalías Superiores de Jaén. Que, con Oficio Nº 702-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ST, el Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, remite el Informe Nº 84-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ST, en el cual, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque. Asimismo, señala que se debe de tener en consideración que la Convocatoria Nº 005-2014-SN/CNM, en la cual se encuentran en concurso dos plazas de Fiscales Superiores de las Fiscalías Superiores Mixtas de Jaén. El Fiscal de la Nación, es el titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno, permitiendo que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia. En ese sentido, es preciso señalar que se ha verificado la necesidad de contar con una adecuada distribución y óptima atención de los requerimientos del servicio fiscal, a fin de que los procesos sean atendidos de forma oportuna; por lo que, resulta necesario expedir el resolutivo que disponga el traslado de una (01) plaza de Fiscal Adjunto Superior de la Primera Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén, a la Segunda Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén, la cual cuenta con el Fiscal Adjunto Superior Titular respectivo; asimismo, el traslado de la Primera Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén, a la ciudad de Chiclayo, y su posterior conversión en Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque, la cual cuenta con el consentimiento respectivo del Fiscal Titular. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Superior de la Primera Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén, a la Segunda Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén. Artículo Segundo.- Trasladar la Primera Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén, a la ciudad de Chiclayo, con todo su personal Fiscal y administrativo. Artículo Tercero.- Convertir la Primera Fiscalía Superior Mixta de Liquidación de Jaén, en Tercera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones de Lambayeque. Artículo Cuarto.- Modificar la denominación de la Segunda Fiscalía Superior Mixta de Apelación de Jaén, en Fiscalía Superior Mixta de Jaén. Artículo Quinto.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, conforme a lo establecido en el artículo 77º, literal g del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero del 2009, disponga las medidas destinadas a regular la carga procesal de las Fiscalías Provinciales mencionadas en los artículos precedentes. Artículo Sexto.- Dar por concluida la designación del doctor Rolando Trinidad Gallegos Llacta, Fiscal

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