Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2016 (15/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de enero de 2016 /

El Peruano

Generales a llevarse a cabo el domingo 10 de abril de 2016, para la elección de Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; estableciéndose en el artículo 2º la posibilidad de realizarse una segunda elección, el domingo 05 de junio de 2016, en caso que ninguno de los candidatos a Presidente de la República y Vicepresidentes obtuviesen más de la mitad de los votos válidos; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 0003582015-J/ONPE se designó en el cargo de Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE), titulares y accesitarios, para el proceso de las Elecciones Generales 2016, a los ciudadanos consignados en los anexos de la Resolución Jefatural Nº 0003352015-J/ONPE, exceptuándose al ciudadano RAFAEL VICTOR DAVILA BECERRA hasta la emisión del acto administrativo, con carácter de firme, con relación a la tacha interpuesta en su contra; Que, con Oficio Nº 4841-2015-SG/JNE la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones refiere que mediante Resolución Nº 0372-2015-JNE el pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró infundada la queja presentada, por defectos de trámite respecto a la interposición del recurso de apelación en contra de la Resolución Nº 002-2015-JEE-LC1/JNE, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, que resuelve infundada la tacha presentada contra RAFAEL VICTOR DAVILA BECERRA para su designación como Jefe de la ODPE, en el marco de las Elecciones Generales 2016; asimismo, confirmó la decisión contenida en la Resolución Nº 004-2015-JEE-LC1/JNE, que declaró improcedente el citado recurso de apelación; Que, de otro lado, con la Resolución Jefatural Nº 000384-2015-J/ONPE se precisaron las sedes y nomenclaturas de cincuenta y nueve (59) ODPE, quedando pendiente lo relativo a la ODPE CAMANA; Que, conforme a lo expuesto por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional en el informe de vistos, resulta necesario variar la nomenclatura de la ODPE CAMANA por la de ODPE AREQUIPA 2, precisándose que su sede ya no se ubicará en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero, variándose al distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; Que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolución Jefatural con la cual se varíe la nomenclatura de la ODPE CAMANA, con sede en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero, por la de ODPE AREQUIPA 2, con sede en el distrito de Paucarpata; designándose al ciudadano RAFAEL VICTOR DAVILA BECERRA, como Jefe de la misma; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como en el literal s) del artículo 11º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; Con el visado de la Secretaría General, la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Variar la nomenclatura de la ODPE CAMANA, con sede en el distrito de José Luis Bustamante y Rivero, por la de ODPE AREQUIPA 2, con sede en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. Artículo Segundo.- Designar, a partir de la fecha de publicación en el diario oficial El Peruano de la presente resolución, al ciudadano RAFAEL VICTOR DAVILA BECERRA como Jefe de la ODPE AREQUIPA 2. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el

portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (03) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA Jefe 1333846-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a CrediScotia Financiera la apertura de oficina especial en el departamento de Cusco
RESOLUCION SBS Nº 7923-2015 Lima, 30 de diciembre de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por CrediScotia Financiera para que se le autorice la apertura de una (01) oficina especial, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a CrediScotia Financiera la apertura de una (01) oficina especial, ubicada en Avenida Grau N° 406, Oficina 201 y 202 Segundo Piso, distrito de Quillabamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1333833-1

Autorizan a EDPYME Acceso Crediticio la apertura de oficina especial ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 7941-2015 Lima, 31 de diciembre de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME Acceso Crediticio, para que se le autorice la apertura de una (01) oficina especial, ubicada en el departamento de Lima;

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