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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2016 (16/01/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 66

575688 NORMAS LEGALES Sábado 16 de enero de 2016 / El Peruano ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban publicación del proyecto de Especificaciones Operativas para la Entrega de Vales de Descuento FISE a Comedores Populares e Instituciones Educativas Públicas, en el portal de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 309-2015-OS/CD Lima, 23 de diciembre de 2015VISTO:El Memorando N° FISE-223-2015, mediante el cual el Jefe de Proyecto FISE somete a consideración del Consejo Directivo de Osinergmin la aprobación de la norma «Especi fi caciones Operativas para la Entrega de Vales de Descuento FISE a Comedores Populares e Instituciones Educativas Públicas». CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 29852 se creó el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), como un esquema de compensación social y de servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, indicándose en el numeral 9.1 del artículo 9° de la referida Ley, que el Administrador del FISE se encuentra facultado para aprobar los procedimientos necesarios para la correcta administración del fondo; Que, conforme con lo señalado en la Disposición Única Transitoria de la Ley N° 29852, Osinergmin quedó encargado, por un plazo de dos años, de ejercer las funciones de Administrador del FISE, lo cual supone la posibilidad de que este organismo ejerza, durante el plazo de vigencia de dicho encargo, las facultades normativas mencionadas en el considerando precedente. Dicho plazo fue ampliado por un plazo adicional de tres años, de acuerdo con la Septuagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM se aprobó el Reglamento del FISE, en el cual se estableció las disposiciones para la implementación del programa de compensación social y promoción para el acceso al GLP de los sectores vulnerables, tanto urbanos como rurales, señalando en su artículo 12° que el Administrador ejecutará e implementará las acciones del programa de compensación a la población en condición de pobreza por intermedio de las Distribuidoras Eléctricas y/o el Ministerio de Energía y Minas; Que, en cumplimiento del numeral 9.1 de la Ley y el artículo 12° del Reglamento del FISE, Osinergmin, mediante Resoluciones de Consejo Directivo Nos. 138 y 173-2012-OS-CD, aprobó las normas denominadas “Procedimiento, Plazos, Formatos y disposiciones aplicables para la implementación y ejecución del FISE aplicable al descuento en la compra del balón de gas” y “Disposiciones Complementarias para la Operatividad a Nivel Nacional del FISE Aplicable al Descuento en la Compra del Balón de Gas de Usuarios que tienen Servicio Eléctrico”, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2015- EM se modi fi có el Reglamento del FISE, estableciendo que las Instituciones Educativas Públicas y Comedores Populares, a las que se les asignará la compensación social, serán aquellas que se encuentren bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar “Qali Warma” y del Programa de Complementación Alimentaria, respectivamente, la cual se implementará gradualmente, conforme a la disponibilidad presupuestal del FISE y de acuerdo a la priorización establecida por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en ese sentido, mediante la Resolución Ministerial N° 518-2015-MEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas aprobó el “Procedimiento para la entrega de Vales de Descuento FISE a los Comedores Populares que forman parte del Programa de Complementación Alimentaria – PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo el ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, a fi n de establecer disposiciones para la entrega de los Vales de Descuento FISE a los Comedores Populares pertenecientes al PCA y a las Instituciones Educativas Públicas bajo en ámbito del PNAE Qali Warma; Que, resulta necesario establecer especi fi caciones operativas que facilite el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los Gobiernos Locales Distritales y/o Provinciales que ejecutan el Programa de Complementación Alimentaria, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y las Distribuidoras Eléctricas, respecto al proceso de entrega de los Vales de Descuento FISE; razón por la cual el Administrador FISE ha elaborado la propuesta normativa «Especi fi caciones Operativas para la Entrega de Vales de Descuento FISE a Comedores Populares e Instituciones Educativas Públicas»; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 8° y 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, para la aprobación del procedimiento antes mencionado se requiere la publicación del presente proyecto en el diario o fi cial El Peruano, con el fi n de recibir comentarios de los interesados, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar al inicio de un procedimiento administrativo; De conformidad con lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión N° 43-2015, y según lo dispuesto en la Ley N° 29852, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, Ley Nº 27699, y los artículos 22° y 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, y disponer que su Anexo que contiene el proyecto de «Especi fi caciones Operativas para la Entrega de Vales de Descuento FISE a Comedores Populares e Instituciones Educativas Públicas», así como su exposición de motivos, sean publicados en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe) el mismo día. Artículo 2°.- Disponer que los comentarios de los interesados sean recibidos por escrito en la mesa de partes de Osinergmin, ubicada en Calle Bernardo Monteagudo N° 222, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima; o vía correo electrónico a srevollar@osinergmin.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días calendario siguientes a su publicación, siendo la persona designada para recibirlos Sayda Revollar Tristán. Artículo 3°.- Encargar al Jefe de Proyecto FISE la publicación dispuesta, el análisis de los comentarios que hagan llegar los interesados, así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de Osinergmin. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo DirectivoOSINERGMIN 1334792-1