Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2016 (16/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

575694

NORMAS LEGALES

Sábado 16 de enero de 2016 /

El Peruano

1.3 Facultades en materia administrativa: a) Suscribir en representación del SENACE los Convenios de Cooperación Interinstitucional, así como sus respectivas adendas modificatorias o resolutorias que coadyuven en la gestión administrativa interna del SENACE, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad. b) Conformar comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como de ser el caso disponer la modificación de su respectiva conformación, salvo aquellos vinculados a materia de contrataciones del Estado. c) Suscribir los contratos y adendas sujetos a las disposiciones establecidas en la Directiva N 012-2015CG/PROCAL "Gestión de Sociedades de Auditoria" aprobada por Resolución de Contraloría Nº 314-2015-CG. d) Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 1534: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ SENACE, de acuerdo a la normativa aprobada por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. e) Aprobar el requerimiento de contratación de personal sujeto al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - RECAS. f) Aprobar la cancelación de los procesos que se convoquen para la contratación de personal sujeto al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - RECAS. g) Aprobar el Programa de bienestar social y desarrollo humano dirigido al personal del SENACE. h) Autorizar el otorgamiento de licencias, con goce o sin goce de haber, que solicite el personal del SENACE. i) Conformar la Junta Electoral encargada de conducir el proceso de elección de los representantes de los trabajadores, titulares y alternos, que integrarán el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del SENACE. Artículo 2.- Delegar en el Jefe de la Oficina de Administración del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE durante el Año Fiscal 2016, las siguientes facultades: 2.1. Facultades en materia de contrataciones del Estado: a) Designar a los miembros integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modificar su composición. b) Aprobar los expedientes de contratación, las bases administrativas y la cancelación de los procesos de selección de Adjudicación Simplificada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica y Contrataciones Directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado. c) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. d) Suscribir, en representación del SENACE, los contratos y adendas derivados de los procesos de selección regulados por la normativa de Contrataciones del Estado, previo visado de la Oficina de Asesoría Jurídica. e) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes o servicios hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria suficiente. Dicha autorización debe tener como objeto la contratación de bienes y servicios provenientes de los procesos de selección de Adjudicación Simplificada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica y Contrataciones Directas en los supuestos previstos en los Literales e), g), j). k), l) y m) del artículo 27 de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado. f) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes o servicios hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original. Dicha autorización

debe tener como objeto la contratación de bienes y servicios provenientes de los procesos de selección de Adjudicación Simplificada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios, Subasta Inversa Electrónica y Contrataciones Directas en los supuestos previstos en los Literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado. g) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios derivados de procesos de contratación pública. h) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado. i) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de selección que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulte necesario formular ante otras entidades. j) Resolver los contratos relativos a la contratación de bienes y servicios por las causales reguladas en la normativa sobre Contrataciones del Estado, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir dicha finalidad. Asimismo, resolver los contratos relativos a la contratación de bienes y servicios derivados de contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. k) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual derivados de procesos de contratación pública. l) Emplazar a los impugnantes a fin de que realicen la subsanación de los requisitos de admisibilidad del recurso de apelación, así como la facultad para correr el traslado de los recursos de apelación a los postores que pudiesen resultar afectados con su resolución en los procesos de Adjudicación Simplificada. Selección de Consultores Individuales. Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica. 2.2. Facultades en materia administrativa: a) Suscribir, en representación del SENACE, los contratos del personal de la Entidad, así como sus respectivas prórrogas, adendas y/o modificaciones. b) Suscribir, en representación del SENACE, los acuerdos resolutorios de los contratos de personal, en aquellos casos que exista mutuo acuerdo. c) Comunicar, en representación del SENACE, la decisión de extinguir los contratos del personal de la Entidad. d) Aprobar el rol anual de vacaciones de los trabajadores del SENACE. e) Aprobar el proceso de evaluación de desempeño del personal del SENACE. f) Aprobar la contratación de servicios de terceros según los requerimientos de los órganos y unidades orgánicas debidamente sustentados en el Plan Operativo Institucional correspondiente al Año Fiscal 2016. g) Representar al SENACE ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, el Seguro Social de Salud - ESSALUD, las Administradoras de Fondo de Pensiones - AFPs, Empresas de Seguros, así como todas aquellas vinculadas con las funciones de la Oficina de Administración, para que realice cualquier tipo de actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de las funciones administrativas y de gestión del SENACE. h) Suscribir, en representación del SENACE, los convenios de prácticas (pre profesionales, profesionales u otros) celebrados conforme a lo dispuesto en la Ley N° 28518 - Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0072005-TR.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.