Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2016 (05/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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Inscripción de Listas de Candidatos Presentación de subsanaciones de errores u omisiones subsanables Publicación del diseño de la cédula de Sufragio. Impugnaciones contra el diseño de la Cédula de Sufragio Publicación de listas de candidatos admitidas a trámite. Sorteo de Miembros de Mesa Publicación de los Miembros de Mesa Tacha a los miembros de las Mesas de Sufragio Presentación de tachas sobre las listas de candidatos admitidas a trámite. Publicación de Resoluciones de tachas sobre las listas de candidatos admitidas a trámite Publicación del modelo definitivo de la Cédula de Sufragio Publicación de listas definitivas y de listas de candidatos cuyas inscripciones hayan sido declaradas improcedentes. Sorteo de ubicación de las listas de candidatos en la cédula de sufragio Publicación del local de votación Capacitación de Miembros de Mesa DIA DEL SUFRAGIO Resolución del Comité Electoral sobre apelaciones por impugnación de votos. Publicación de resultados del sufragio Presentación de Impugnaciones contra los resultados del sufragio Publicación de resoluciones sobre impugnaciones contra los resultados del sufragio Presentación de Apelaciones sobre impugnaciones contra los resultados del sufragio. Elevación del Informe Final del Comité Electoral al Alcalde Provincial Sesión de Concejo Municipal para resolver las apelaciones sobre impugnaciones contra los resultados del sufragio. Resolución de Alcaldía de Aprobación del resultado de las elecciones y proclamación de las nuevas autoridades municipales del centro poblado.

NORMAS LEGALES
14 de Febrero 18 de febrero (12:00 p.m.) Comité Electoral

Viernes 5 de febrero de 2016 /

El Peruano

Personeros legales Art. 5º de la Ley 28440 Artículo 44º del R.E. Personeros Legales Art. 50º del R.E.

Dentro de dos días hábiles siguientes Comité Electoral de notificada la resolución de inadmisibilidad de inscripción. 20 de febrero 21 de febrero 23 de febrero 24 de febrero 24 de febrero (04.00 p.m.) 25 de febrero 25 de febrero 25 de febrero 27 de febrero 27 de febrero Comité Electoral Comité Electoral Comité Electoral

Comité Electoral Art. 80º del R.E. Personeros Legales Art. 83º del R.E.

Comité Electoral Art. 51º del R.E. Comité Electoral Art. 29 del R.E. Comité Electoral Art. 29º del R.E. Cualquier elector Art. 30º del R.E. del C.P. Cualquier elector Artículos 52º del R.E. del C.P. Comité Electoral Art. 53º del R.E. Comité Electoral Art. 84º del R.E.

Al día siguiente de su expedición 27 de febrero 02 de marzo

Comité Electoral Art. 53º del R.E.

04 de Marzo (04:00 p.m.) 24 de marzo 27 de marzo 03 de Abril 03 de Abril 03 de Abril 04 de Abril 06 de Abril 08 de Abril Comité Electoral

Comité Electoral Art. 81º del R.E. Comité Electoral Art. 37 del R.E. Comité Electoral Art. 35º del R.E. Comité Electoral Art. 2º de la Ley 28440. Comité Electoral Art. 167º del R.E. Comité Electoral Art. 171º del R.E. Personeros Legales Comité Electoral Art. 7º de la Ley 28440 Art. 181º del R.E.

09 de Abril

11 de Abril

Comité Electoral

Personeros Legales

Art. 7º de la Ley 28440 Art. 175º del R.E.

14 de Abril 28 de abril

Comité Electoral Art. 24º del R.E. Concejo Provincial Art. 7º de la Ley 28440. Art. 177º del R.E. Alcalde Provincial Art. 8º de la Ley 28440. Art. 173º del R.E.

Dentro de cinco días hábiles de elevados los resultados del sufragio por el Comité Electoral sin recurso de apelación contra los resultados del sufragio; o dentro de tres días de haber sido resueltas éstas por el Concejo Provincial.

1341862-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA
Aprueban el Plan de Desarrollo Urbano (PDU) de la ciudad Tarma 2014-2024
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 028-CMT Tarma, 29 de enero de 2016

POR CUANTO: El Concejo Municipal de Tarma, en Sesión Extraordinaria de Concejo del 28 de Enero del 2016 ha visto el Dictamen Nº 001-CODUPI-MPT-2016, presentado por la Comisión de Obras y Desarrollo Urbano e Interdistrital, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, tal como lo establecen: el Artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley

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