Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2016 (12/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 12 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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de apoyo que depende funcional y administrativamente de la Gerencia General. Para el desempeño de sus funciones, cuenta con áreas especializadas en temas de administración y finanzas. Está encargada de programar, conducir, ejecutar, controlar y supervisar los sistemas administrativos de abastecimiento, finanzas, tesorería, y contabilidad. Artículo 23.- Funciones de la Gerencia de Administración y Finanzas La Gerencia de Administración y Finanzas tiene las siguientes funciones: a) Formular y proponer normas internas sobre los procesos técnicos a su cargo; así como programar, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de los procesos técnicos de abastecimiento de la Entidad. b) Realizar actividades relativas a la gestión del abastecimiento al interior de la Entidad, incluida la gestión administrativa de los contratos, así como la gestión de los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras. c) Gestionar y consolidar el Cuadro de Necesidades en base a los requerimientos formulados por los órganos de la Entidad y elaborar el Plan Anual de Contrataciones y sus respectivas modificaciones, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, siendo además responsable de su ejecución. d) Administrar las actividades del mantenimiento y reparación de las instalaciones, equipos, vehículos y demás bienes de uso de la Entidad, así como los servicios generales. e) Planificar, conducir, organizar y controlar los procesos de almacenamiento y distribución de bienes de la entidad. f) Formular normas, lineamientos y directivas internas para el mejor desempeño las funciones del Pliego en el marco de la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería. g) Planificar y dirigir la programación, ejecución y evaluación del proceso de tesorería de la entidad, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia. h) Conducir la ejecución financiera del gasto en su fase del girado en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP), para efectos del pago de obligaciones al personal, proveedores, terceros, entre otros. i) Recaudar, registrar en el SIAF-SP, depositar, reportar y conciliar los ingresos captados por la entidad. j) Gestionar la apertura, manejo y cierre de las cuentas bancarias de la entidad, en concordancia con la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería. k) Efectuar las conciliaciones bancarias por toda fuente de financiamiento. l) Adoptar las medidas de seguridad necesarias para la custodia y el traslado del dinero en efectivo, así como para la custodia de los cheques o valores en poder de la entidad, tales como cartas fianza, notas de crédito, entre otros de similar naturaleza. m) Mantener actualizado el registro y control de las fianzas, garantías y pólizas de seguros dejados en custodia; así como consolidar, declarar y efectuar el pago de los tributos que corresponden a la entidad. n) Formular normas, directivas y procedimientos complementarios sobre los procesos técnicos de contabilidad, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, y modificatorias. o) Conducir la elaboración y preparación de la rendición de cuentas, en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público-SIAF y para las entidades empresariales en el ambiente web. p) Formular y remitir oportunamente con periodicidad trimestral, semestral y anual, los estados financieros y presupuestarios a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. q) Expedir las resoluciones que le correspondan en cumplimiento de sus funciones. r) Administrar los activos físicos y financieros de la Entidad de conformidad con la normatividad vigente. s) Conducir la recaudación de los ingresos financieros de la entidad, efectuando la cobranza coactiva cuando corresponda

t) Conducir la supervisión de aportes por regulación. u) Conducir la cobranza de multas y efectuar la cobranza coactiva cuando corresponda. v) Supervisar las funciones de las áreas especializadas a su cargo. w) Otras funciones que le asigne la Gerencia General, dentro del marco legal vigente. SUB CAPÍTULO II DE LA GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Artículo 24.- De la Gerencia de Recursos Humanos La Gerencia de Recursos Humanos es un órgano de apoyo que depende funcional y administrativamente de la Gerencia General. Está encargada de administrar los recursos humanos de OSINERGMIN, promoviendo el desarrollo del personal dentro de un adecuado ambiente laboral y en concordancia con las disposiciones legales y convenios colectivos vigentes. Artículo 25.- Funciones de la Gerencia de Recursos Humanos Son funciones de la Gerencia de Recursos Humanos: a) Ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión de recursos humanos. b) Organizar la gestión interna de recursos humanos, en congruencia con los objetivos estratégicos de la entidad, con una visión integral. c) Formular lineamientos para el desarrollo del plan de gestión de personas y el óptimo funcionamiento del sistema de gestión de recursos humanos, incluyendo la aplicación de indicadores de gestión. d) Realizar el estudio y análisis cualitativo y cuantitativo de la provisión de personal al servicio de la entidad de acuerdo con las necesidades institucionales. e) Gestionar los perfiles de puestos. f) Conducir los procesos de selección, inducción y desvinculación. g) Aplicar la metodología e instrumentos para la gestión del rendimiento. h) Gestionar el otorgamiento de las compensaciones económicas y no económicas, de conformidad con la normativa de la materia. i) Gestionar la progresión de la carrera, así como el desarrollo de capacidades, destinadas a garantizar los aprendizajes individuales y colectivos. j) Gestionar los procesos de bienestar social, seguridad y salud en el trabajo y relaciones colectivas de trabajo. k) Gestionar los procesos disciplinarios que corresponda aplicar, de conformidad con la normativa de la materia. l) Aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el sistema de gestión de recursos humanos. m) Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia, el Registro Nacional de Personal del Servicio Civil y el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido que lo integra. n) Desarrollar las actividades de comunicación interna de OSINERGMIN. o) Otras funciones que se establezcan en las normas reglamentarias y lo dispuesto por el ente rector del sistema; así como aquellas que le asigne la Gerencia General, dentro del marco legal vigente. SUB CAPÍTULO III DE LA GERENCIA DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Artículo 26.- De la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información La Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información es un órgano de apoyo que depende funcional y administrativamente de la Gerencia General. Está encargada de brindar servicios de procesamiento y transmisión de la información, así como del soporte a la gestión del conocimiento, mediante la implementación de plataformas tecnológicas de vanguardia y acorde con las exigencias institucionales, garantizando su disponibilidad, seguridad y confiabilidad.

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