Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2016 (12/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 12 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 32.- Estructura de la Gerencia de Regulación de Tarifas Son unidades orgánicas de la Gerencia de Regulación de Tarifas las siguientes: 1. División de Generación y Transmisión Eléctrica 2. División de Distribución Eléctrica 3. División de Gas Natural Artículo 33.- Funciones de la División de Generación y Transmisión Eléctrica Son funciones de la División de Generación y Transmisión Eléctrica las siguientes: a) Proporcionar apoyo a la Gerencia de Regulación de Tarifas en los aspectos técnicos de la regulación tarifaría en generación y transmisión eléctrica. b) Elaborar las propuestas sobre las tarifas correspondientes al cálculo de los precios en barra y la compensación para cubrir el costo total de transmisión. c) Elaborar la propuesta de precios máximos para los procesos de licitación o subasta de energía eléctrica, según el marco legal aplicable. d) Elaborar los proyectos normativos relacionados a la función regulatoria en generación y transmisión eléctrica. e) Participar en la elaboración de los informes de opinión técnica en el marco de los procesos de promoción de la inversión privada, de conformidad con la normativa de la materia y los lineamientos que para dicho efecto establezca el Consejo Directivo. f) Emitir los informes técnicos de supervisión del despacho económico en el SEIN. g) Elaborar los informes técnicos solicitados por los órganos resolutivos de OSINERGMIN. h) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Regulación de Tarifas, dentro del marco legal vigente. Artículo 34.- Funciones de la División de Distribución Eléctrica Son funciones de la División de Generación y Transmisión Eléctrica las siguientes: a) Proporcionar apoyo a la Gerencia de Regulación de Tarifas en los aspectos técnicos de la regulación tarifaria en distribución eléctrica. b) Elaborar las propuestas sobre los Valores Nuevos de Reemplazo y los Valores Agregados de Distribución de los sistemas de distribución, así como de las fórmulas de reajuste de las tarifas de distribución y los cargos tarifarios en la distribución eléctrica. c) Elaborar los proyectos normativos relacionados a la función regulatoria en distribución eléctrica. d) Participar en la elaboración de los informes de opinión técnica en el marco de los procesos de promoción de la inversión privada, de conformidad con la normativa de la materia y los lineamientos que para dicho efecto establezca el Consejo Directivo. e) Elaborar los informes técnicos solicitados por los órganos resolutivos de OSINERGMIN. f) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Regulación de Tarifas, dentro del marco legal vigente. Artículo 35.- Funciones de la División de Gas Natural Son funciones de la División de Gas Natural las siguientes: a) Proporcionar apoyo a la Gerencia de Regulación de Tarifas en los aspectos técnicos relacionados con la regulación de tarifas y precios de referencia en el subsector hidrocarburos. b) Elaborar las propuestas sobre las tarifas de transporte de hidrocarburos líquidos por ductos, así como del transporte y distribución de gas natural por red de ductos, de acuerdo a las normas aplicables del subsector hidrocarburos. c) Elaborar los proyectos normativos relacionados a la función regulatoria en gas natural. d) Participar en la elaboración de los informes de opinión técnica en el marco de los procesos de promoción de la inversión privada, de conformidad con la normativa

de la materia y los lineamientos que para dicho efecto establezca el Consejo Directivo. e) Elaborar los informes técnicos solicitados por los órganos resolutivos de OSINERGMIN. f) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Regulación de Tarifas, dentro del marco legal vigente. SUB CAPÍTULO II DE LA GERENCIA DE SUPERVISIÓN DE ENERGÍA Artículo 36.- De la Gerencia de Supervisión de Energía La Gerencia de Supervisión de Energía es un órgano de la línea que depende funcional y administrativamente de la Gerencia General. Está encargada de la dirección, coordinación y control del proceso de supervisión, fiscalización y sanción de las entidades que operan en el sector energía en los sub-sectores de electricidad e hidrocarburos. Artículo 37.- Funciones de la Gerencia de Supervisión de Energía La Gerencia de Supervisión de Energía tiene las siguientes funciones: a) Formular los lineamientos y estrategias para la supervisión, fiscalización y sanción en los sub sectores electricidad e hidrocarburos. b) Dirigir, coordinar y controlar los procesos de supervisión, fiscalización y sanción de los agentes que operan en el sector energía, en los sub-sectores de electricidad e hidrocarburos. c) Proponer proyectos normativos relacionados a la función supervisora en energía. d) Informar a la Gerencia General sobre los temas que puedan tener repercusión significativa para la institución. e) Elaborar en coordinación con los órganos que corresponda, los informes de opinión técnica en el marco de los procesos de promoción de la inversión privada, de conformidad con la normativa de la materia y los lineamientos que para dicho efecto establezca el Consejo Directivo. f) Conducir la formulación de los informes técnicos solicitados por los órganos resolutivos de OSINERGMIN. g) Supervisar las funciones de las Divisiones a su cargo. h) Otras funciones que le asigne la Gerencia General, dentro del marco legal vigente. Artículo 38.- Estructura de la Gerencia de Supervisión de Energía Son unidades orgánicas de la Gerencia de Supervisión de Energía las siguientes: 1. División de Supervisión de Electricidad 2. División de Supervisión de Hidrocarburos Líquidos 3. División de Supervisión de Gas Natural 4. División de Supervisión Regional Para el desempeño de sus funciones, la División de Supervisión de Electricidad, la División de Supervisión de Hidrocarburos Líquidos y la División de Supervisión de Gas Natural, pueden contar con áreas especializadas en las actividades a su cargo. Artículo 39.- Funciones de la División de Supervisión de Electricidad Son funciones de la División de Supervisión de Electricidad las siguientes: a) Supervisar el cumplimiento de la normativa sectorial por parte de los agentes que operan las actividades de generación y transmisión de electricidad. b) Supervisar el cumplimiento de los contratos derivados de los procesos de promoción de la inversión privada, relacionados a las actividades del sub sector eléctrico bajo el ámbito de competencia de OSINERGMIN. c) Supervisar el funcionamiento del COES. d) Elaborar los proyectos normativos relacionados a la función supervisora de electricidad. e) Imponer las medidas administrativas que correspondan en el ejercicio de sus funciones.

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