Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2016 (12/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 12 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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b) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. c) Ministerio del Interior. d) Ministerio Público e) Poder Judicial 3.2 Los o las integrantes de la Comisión pueden contar con un o una representante alterno o alterna. Artículo 4.- Secretaría Técnica La Comisión cuenta con una Secretaría Técnica encargada de brindar apoyo técnico y administrativo permanente a la Comisión, la cual está a cargo de la Dirección General contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Artículo 5.- Designación de representantes Los o las representantes titulares y alternos o alternas ante la citada Comisión se designan por Resolución Ministerial si se trata de representantes del Poder Ejecutivo y mediante comunicación formal remitida por el o la titular de los órganos correspondientes, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema. Artículo 6.- Participación de otras instituciones La Comisión puede invitar a otras instituciones públicas y/o privadas a fin de contar con el apoyo necesario para el cumplimiento de su objeto. Artículo 7.- Instalación de la Comisión La Comisión se instala dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema. Artículo 8.- Informe Técnico La Comisión, dentro del plazo previsto en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley, presenta al Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables un Informe Técnico que contenga la propuesta del Reglamento de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, conteniendo además las recomendaciones que correspondan para su adecuada aplicación. Artículo 9.- Vigencia de la Comisión La Comisión cesa sus funciones culminado el plazo previsto en el artículo anterior. Artículo 10.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al Presupuesto Institucional de los Pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Los integrantes de la Comisión Multisectorial actúan ad honórem. Artículo 11.- Publicación La presente Resolución Suprema se publica en el Diario Oficial "El Peruano", en los portales de las entidades que lo refrendan y en el portal institucional del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 12.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Regulación de la Comisión Especial La Comisión Especial encargada del diseño, conducción, coordinación, supervisión y evaluación del proceso de adecuación del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, creada mediante la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley, depende del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. La Dirección General contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables actúa

como Secretaría Técnica encargada de brindar apoyo técnico y administrativo permanente a la Comisión. La Comisión Especial cuenta con un Reglamento Interno aprobado mediante Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1344833-5

Conforman Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia Datem del Marañón, del departamento de Loreto"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 030-2016-PCM Lima, 10 de febrero de 2016 VISTOS: El Informe Nº 004-2016-PCM/ONDS-AJAM y el Memorando Nº 058-2016-PCM/ONDS de la Jefatura de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el 25 de enero de 2016, se llevó a cabo una reunión de trabajo con la participación de representantes del Poder Ejecutivo para proponer la atención a los problemas existentes en la provincia Datem del Marañón por medio de un espacio de trabajo conjunto entre las autoridades y la población; Que, en dicha reunión de trabajó participaron representantes del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional de Loreto, de la Municipalidad Provincial de Datem del Marañón, de las Municipalidades Distritales de Barranca, Cahuapanas, Manseriche, Morona, Pastaza y Andoas, de la organización representativa de los pueblos indígenas, así como la sociedad civil organizada de la Provincia Datem del Marañón; Que, el Estado, desde la Presidencia del Consejo de Ministros, se ha trazado como objetivo primordial, coordinar los procesos de diálogo involucrando a los diversos actores sociales, representantes de entidades privadas y públicas, así como a los funcionarios en sus diversos niveles de Gobierno, a fin de encausar las distintas demandas ciudadanas, encaminar la solución de controversias, diferencias, conflictos y expectativas de la población, y preservar la seguridad de las personas, el orden público y la paz social; Que, en tal sentido es necesaria la conformación del grupo de trabajo denominado "Mesa de trabajo para

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