Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2016 (12/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de febrero de 2016 /

El Peruano

Resolución Suprema que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, denominada "Año Internacional de las Legumbres - 2016"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2016-PCM Lima, 11 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30048, determina que el Ministerio de Agricultura y Riego, tiene como ámbito de competencia, entre otros, cultivos y crianzas, sanidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; Que, las legumbres tienen gran importancia porque contribuyen a la seguridad alimentaria y nutricional de la población peruana, y mejoran el nivel de vida de los pequeños agricultores que se dedican a esta actividad; Que, es necesario promover el desarrollo de dicho cultivo por las múltiples ventajas que ofrece para la generación de empleo y divisas; contribución a la conservación y mejoramiento de las condiciones ambientales; su rol frente al cambio climático; su contenido nutricional y contribución a la seguridad alimentaria para dar cumplimiento a los objetivos de las metas del milenio, así como sus ventajas comparativas y competitivas; Que, es importante fomentar el consumo de las legumbres porque son una fuente indispensable de proteínas de origen vegetal; los organismos humanitarios utilizan legumbres como componente imprescindible de la cesta de alimentos; las organizaciones sanitarias de todo el mundo recomiendan consumir legumbres como parte de una dieta saludable a fin de combatir la obesidad así como prevenir y controlar enfermedades no transmisibles tales como la diabetes, las enfermedades cardíacas y neoplásicas; Que, en América Latina se cultivan 15 especies de legumbres y en el Perú 13, de las cuales 10 ocupan áreas de siembra significativas, pues representa una gran oportunidad para visibilizar y mostrar al mundo la diversidad de menestras que crecen en todas las regiones, sea en Costa, Sierra y Selva, donde se cuenta además con zonas potenciales para su desarrollo; siendo el Perú el país de origen de estos granos, reconocido por sus características peculiares, el frijol, como el pallar de Ica, el tarwi, entre otros; Que, las legumbres son un producto que contribuye a convertirse en una herramienta fundamental en la lucha contra la pobreza, especialmente en el sector rural y en la búsqueda de la seguridad y soberanía alimentarias; así como en la consecución de un medio rural vivo, basado en el respeto al medio ambiente y a la biodiversidad; Que, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO señala la importancia de las legumbres como parte de una producción de alimentos sostenible, dirigida a lograr la seguridad alimentaria y nutricional, reconociendo una opción alimentaria respetuosa con el medio ambiente; Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolución Nº A/RES/68/231 ha declarado al año 2016 como "Año Internacional de las Legumbres", que constituye una oportunidad para fomentar conexiones a lo largo de toda la cadena alimentaria para aprovechar mejor las proteínas derivadas de las legumbres, incrementar la producción mundial de legumbres, utilizar de manera más apropiada la rotación de cultivos y hacer frente a los retos que existen en el comercio de legumbres, la importante contribución que a la agricultura y las pequeñas explotaciones agrícolas pueden suponer para el logro de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza con miras a alcanzar los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente; Que, esta declaración internacional contribuirá a contar con mejores políticas y acciones de gobierno a todo nivel, con el propósito de concentrar su atención en ese

sector fundamental de nuestra sociedad e incrementar las inversiones que permitan que las legumbres sean cada vez más competitivas y se intensifique en aspectos ecológicos y socioeconómicos; Que, esta declaración involucra una serie de eventos, por lo que es pertinente crear una Comisión Multisectorial Temporal encargada de proponer un programa de actividades a nivel nacional y de proyección internacional; las mismas que deben ser planificadas, organizadas y desarrolladas con participación de diversas instituciones del sector público y privado, a fin de aprovechar las potencialidades de la agricultura familiar en todo su contexto y diferenciación; Que, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura - FAO, la Asociación Peruana de Gastronomía - APEGA, la Universidad Nacional Agraria La Molina - UNALM, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC y la Asociación de Exportadores - ADEX, han comunicado formalmente su voluntad de participar en las actividades oficiales que se desarrollen en el marco de lo dispuesto mediante la Resolución Nº A/RES/68/231, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que proclama al año 2016 como "Año Internacional de las Legumbres"; Que, el numeral 2 del artículo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal del Poder Ejecutivo se crean con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, las que se crean formalmente mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los Titulares de los sectores involucrados; De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión Multisectorial Crear la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, denominada "Año Internacional de las Legumbres - 2016", con el objeto de proponer el programa de actividades oficiales que se desarrollen en el marco de lo dispuesto mediante la Resolución Nº A/RES/68/231, de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que proclama al año 2016 como "Año Internacional de las Legumbres". La Comisión Multisectorial depende del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Conformación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial estará constituida de la siguiente manera: a) Un(a) representante del Ministerio de Agricultura y Riego, quien la preside; b) Un(a) representante del Ministerio del Ambiente; c) Un(a) representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; d) Un(a) representante del Ministerio de Cultura; e) Un(a) representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; f) Un(a) representante del Ministerio de la Producción; g) Un(a) representante del Ministerio de Relaciones Exteriores; h) Un(a) representante del Ministerio de Salud; i) Un(a) representante de Sierra Exportadora; j) Un(a) representante de la Universidad Nacional Agraria La Molina - UNALM; k) Un(a) representante de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura FAO; l) Un(a) representante de la Sociedad Peruana de Gastronomía - APEGA;

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