Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2016 (14/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Domingo 14 de febrero de 2016 /

El Peruano

los resultados obtenidos durante su participación en las diligencias efectuadas. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Área de Coordinación de Estrategias contra la Criminalidad, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Cuarta Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada (Despacho del Equipo Nº 3), Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logística y Finanzas, Oficina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1344716-1

uso compartido ubicada en la Av. 28 de Julio N° 130132, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1345194-1

Autorizan ampliación de actividades de Atlantic Corredores de Seguros S.A.C.
RESOLUCIÓN SBS Nº 549-2016 Lima, 1 de febrero de 2016 EL SECRETARIO GENERAL

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros y a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros, el cierre de oficina especial fija de uso compartido ubicada en el departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN SBS N° 410-2016 Lima, 27 de enero de 2016 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTAS: Las solicitudes presentadas por LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se les autorice el cierre de la oficina especial fija de uso compartido ubicada en la Av. 28 de Julio N° 130-132, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1717-2014 de fecha 14 de mayo de 2014, se autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, la apertura de una oficina especial fija de uso compartido ubicada en la Av. 28 de Julio N° 130-132, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad; Que, en aplicación de los artículos 3° y 4° del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) oficina de uso compartido; Estando a lo informado por los Departamentos de Supervisión de Seguros "A" y "B"; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias y en la Resolución SBS Nº 4797-2015; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 5829-2014 de fecha 05.09.2014; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la oficina especial fija de

VISTA: La solicitud presentada por la empresa ATLANTIC CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., representada por el señor Luis Enrique López Sirotzky, para que se le autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros. CONSIDERANDO: Que, por Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución S.B.S. N° 5433-2014 del 20 de agosto de 2014, esta Superintendencia autorizó la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros, B: Personas Jurídicas, numeral 1 Corredores de Seguros Generales a la empresa Atlantic Corredores de Seguros S.A.C., con matrícula N° J-0768; Que, mediante acuerdo de la Junta General de Accionistas de la empresa Atlantic Corredores de Seguros S.A.C. de fecha 11 de noviembre de 2015 se acordó la ampliación de las actividades de la empresa en los ramos de seguros generales y de personas, ramos en los cuales et Gerente General, señor Luis Enrique López Sirotzky, se encuentra autorizado mediante Resolución S.B.S. N° 6320-2015 de fecha 21 de octubre de 2015; Que, la empresa solicitante cumple con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaria General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702, sus modificatorias y en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de actividades de la empresa ATLANTIC CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con Matrícula N° J-0768 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros, B: Personas Jurídicas, punto 3, Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1344880-1

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