Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2016 (14/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Domingo 14 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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las municipalidades distritales en el ámbito de jurisdicción, tiene competencia para la Aprobación de Proyectos de Habilitación Urbana y de edificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades. Que el artículo 32º capítulo IV del DS. Nº 008-2013-Vivienda-Ley de regulación de Habilitaciones urbanas y de Edificaciones señala que la resolución de aprobación de las habilitaciones Urbana Nueva ­Modalidad C - Comisión Técnica, expedida por la municipalidad distrital, deberá de contener la resolución que aprueba el proyecto de Habilitación Urbana Nueva y de ser el caso, la recepción de obras; siendo que una vez cumplidos los requisitos, la Municipalidad emitirá la liquidación de los derechos municipales bajo responsabilidad, y acreditado su pago, se emitirá la resolución de aprobación para su inscripción en el registro de predios. Que mediante decretos supremos Nº 008-2013-Vivienda, Nº 014-2015-Vivienda, se aprueban el reglamento de Licencias de Edificación, reglamento de los revisores Urbanos y reglamento de Verificación Administrativa y Técnica, respectivamente; Que de Acuerdo al DS. Nº 008-2013-Vivienda, Las Habilitaciones Urbanas para la Modalidad C y D de Acuerdo al artículo 33 del Subcapítulo II, indica Los requisitos y procedimientos para la obtención de la Habilitación Urbana Modalidad C y D con firma de profesionales Responsables, tales requisitos se han Cumplido de acuerdo a lo solicitado, Que, Textiles Peruvian SAC, Inscrito en la partida Electrónica Nº 11074125 del registro de Personas Jurídicas de Lima, resultan ser Propietarios del terreno Ubicado en terreno de 2,869.90 m2 ubicado en la Avenida Los Próceres de la Independencia Nº 3023 Mza. B, Lote 8Parcelación Semirústica Canto Grande, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; el cual aparece inscrito en la partida Nº 11074125 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de Los Registros Públicos. Que el Certificado de Zonificación y Vías Nº 2734-2013-MML-GDU- de fecha 8 de Noviembre del 2013, expedido por la Subgerencia de Planeamiento y habilitaciones Urbana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, menciona que el terreno ubicado en la Avenida Los Próceres de la Independencia Nº 3023 Mza. B, Lote 8- Parcelación Semirústica Canto Grande, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, Se Encuentra Calificado como Comercio Zonal, Conforme a la Ordenanza Nº 1081-MML, Que de acuerdo al Plan del Sistema Vial Metropolitano de Lima al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341MML de fecha 06 de Diciembre del 2001, El Proyecto de habilitación Urbana Nueva presentado , se encuentra afecto a vía Metropolitana Vial. Que mediante liquidación de Pago mediante resolución Sub Gerencial Nº 411-2015-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 31 de Diciembre del 2015, la Administración emite liquidación de los derechos municipales de conformidad con la Ordenanza 836-MML; en el distrito de san Juan de Lurigancho, siendo que el recibo de pago Nº 0002309786 de fecha 13 de Enero del 2016, pagado en la tesorería de esta corporación Municipal, acredita la cancelación de la precitada Liquidación por parte del administrado, Que, A través de la Resolución Sub Gerencial Nº 411-2015-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 31 de Diciembre del 2015, se aprueba la valorización del Área, Correspondiente al déficit de aporte por Servicios Complementarios (Municipalidad Distrital) de la aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único para uso de Vivienda Comercio Zonal, del predio de 2869.90m2 ubicado la Avenida Los Próceres de la Independencia Nº 3023 Mza. B, Lote 8- Parcelación Semirústica Canto Grande, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, Siendo que tal valorización fue cancelada en tesorería de la Municipalidad Distrital mediante Recibo de pago Nº 0002309786 de fecha 13 de Enero del 2016. Que por consiguiente, ha quedado acreditado que el administrado ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por la normatividad vigente, así como aparece dentro del ámbito fijado por la ley de la materia para el presente procedimiento; Que, Asimismo los artículos 51ºy 52º de la Ley 27444Ley del procedimiento Administrativo General, sostienen que para la procedencia de una pretensión administrativa es necesarios establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la Administración , así

como su interés legitimo para Obrar y que este sea actual y Cierto; y si esto es así, de Conformidad con el artículo 75º de la ley de la referencia corresponde a la Autoridad Municipal verificar si los documentos y /o recaudos que el administrado presenta , cumplen con los requisitos exigidos por la entidad, y en aplicación del principio de presunción de veracidad plasmado en el artículo 42º de la precitada ley, Suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de la probanzas que pueda ejercer la administración para el Logro del Objetivo pretendido, debiendo causar convicción a la autoridad administrativa para su procedencia, Estando a los Fundamentos expuestos en la parte considerativa, en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.61 del Capítulo II del artículo 79º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades de Conformidad con el D.S. Nº 008-2013-Vivienda en el distrito de san Juan de Lurigancho, Ley Nº 29090-Ley de regulación de habilitaciones Urbanas y de edificaciones , El reglamento Nacional de Edificaciones , las Ordenanzas Nº 341, Nº 836 y Nº 1081-MML, Con sus Modificatorias , el decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDAReglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación , El Reglamento Nacional de edificaciones las Ordenanzas Nº 341, Nº 836 y Nº 1081-MML con sus modificatorias y la ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar, el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva de Lote único para uso Comercio Zonal, del terreno de 2869.90m2 ubicado en la Avenida Los Próceres de la Independencia Nº 3023 Mza. B, Lote 8Parcelación Semirústica Canto Grande, Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima; de Conformidad con el Plano de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Lotización y Plano Topografico signados para efectos de registro como Plano Nº 001-2016-SGOPHUGDU-MDSJL y Nº 002-2016-SGOPHU-GDU-MDSJL, Nº 003-2016-SGOPHU-GDU-MDSJL, Nº 004-2016-SGOPHUGDU-MDSJL, respectivamente solicitado por Peruvian Textiles Sac, Artículo Segundo.- Autorizar a Textiles Peruvian Sac, A culminar en el plazo de treinta y seis meses (36) las obras de habilitación Urbana de conformidad con los planos signados con el Plano Nº 001-2016-SGOPHUGDU-MDSJL y Nº002-2016-SGOPHU-GDU-MDSJL, Nº003-2016-SGOPHU-GDU-MDSJL, Nº004-2016SGOPHU-GDU-MDSJL,, debiendo sujetarse los trabajos a los planos aprobados, teniendo en cuenta lo siguiente: Diseño urbano.- El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: Área de terreno (según partida Nº 11281625) Área cedida a Vías (Afecta) Área Útil de Terreno 2869.90m2 470.10m2 2399.80m2

Obras de Habilitación Urbana: Acera: Es de concreto de calidad FC= 140 KG de 0.15m de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y/o compactado. El Desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m y el acabado con la mezcla de cemento arena fina en proporción de 1:2 de un (1) centímetro de espesor y Bruñas cada 1.00 con juntas de 3/4 cada 5 ml, Bermas.- Esta al mismo nivel de la calzada, esta área paralela y continua a la calzada estará rodeada por el sardinel dejando solo acceso de la calzada hacia la vereda en la puerta de ingreso, la cual se comunicara mediante una rampa, en lo restante de la berma será colocada. Obras Sanitarias.- Se realizarón de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado aprobados por Sedapal. Obras de Electrificación.- Se realizarón de Conformidad con los proyectos de la Empresa Concesionario Edelnor. Artículo Tercero.- Disponer que, Textiles Peruvian Saca, deberá de efectuar la inscripción del lote único en el registro de predios de acuerdo al plano de trazado y lotización signado con el Nº150-2016-SGOPHU-GDUMDSJL y la siguiente descripción,

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