Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2016 (20/02/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 20 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

578515

EDUCACION
Autorizan viaje de estudiantes y profesor tutor para participar en evento a realizarse en Rumanía
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2016-MINEDU Lima, 19 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de Romanian Mathematical Society y la Directora de National Collage of Computer Science "Tudor Vianu" han cursado invitación a la Sociedad Matemática Peruana para participar en el evento denominado 8th Romanian Master of Mathematics, a desarrollarse del 24 al 29 de febrero de 2016 en la ciudad de Bucarest, Rumanía; Que, el referido evento se caracteriza por su alto nivel de competencia, pues sólo se invita a participar en el mismo a los países que obtienen muy buenos resultados en la Olimpiada Internacional Matemática y tiene como objetivo fomentar el desarrollo y las relaciones de amistad entre los estudiantes de los países participantes, creando oportunidades de intercambio de información de programas escolares entre los mismos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 071-2016-MINEDU se designó a los integrantes de la Delegación Peruana que participarán en la 8th Romanian Master of Mathematics, la cual está conformada por 04 (cuatro) estudiantes y 01 (un) profesor tutor; Que, la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Regular, a través del Informe Nº 033-2016/MINEDU/CMGP-DIGEBR-LACV, señala que es necesario autorizar el viaje de la citada Delegación Peruana, puesto que les permitirá estimular su rendimiento matemático; Que, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 028-2016-MINEDU/SG-OGCI, señala que es importante la participación de los citados estudiantes y del profesor tutor en la 8th Romanian Master of Mathematics, puesto que les permitirá fortalecer sus competencias, capacidades matemáticas, el desarrollo de su talento y autoestima; así como, mostrar el nivel que tienen nuestros adolescentes talentosos de matemática en relación a estudiantes de otros países; Que, en tal sentido, es necesario autorizar el viaje de los 04 (cuatro) estudiantes y del profesor tutor que integran la Delegación Peruana que participarán en la 8th Romanian Master of Mathematics, cuyos gastos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026. Los gastos asociados a los viáticos serán cubiertos por los organizadores del evento; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de los 04 (cuatro) estudiantes y del profesor tutor, integrantes

de la Delegación Peruana que participarán en la 8th Romanian Master of Mathematics, designados mediante Resolución Ministerial N° 071-2016-MINEDU, a la ciudad de Bucarest, Rumanía, del 22 al 29 de febrero de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora 026, de acuerdo al siguiente detalle:
ESTUDIANTES: JEMISSON DANIEL CORONEL BALDEON Pasajes aéreos (incluye TUUA) CHRISTIAN OMAR ALTAMIRANO MODESTO Pasajes aéreos (incluye TUUA) RAUL ALFREDO ALCÁNTARA CASTILLO Pasajes aéreos (incluye TUUA) DANIEL JULIAN ROJAS CRUZ Pasajes aéreos (incluye TUUA) PROFESOR TUTOR: JORGE JOEL TIPE VILLANUEVA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 795.45 : US$ : US$ : US$ : US$ 1 795.45 1 795.45 1 795.45 1 795.45

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas señaladas el artículo precedente deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1347792-1

Reconocen la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria urarina
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 095-2016-MINEDU Lima, 19 de febrero de 2016 Vistos; el Expediente N° 0002814-2016, el Informe N° 078-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educación, la interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo; Que, el numeral 1 del artículo 21 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, señala que el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural y Bilingüe y la Dirección de Educación Rural, proporciona asistencia técnica, evalúa y oficializa las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del país. Asimismo, el numeral 2 del referido artículo precisa que las entidades

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.