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578515 NORMAS LEGALES Sábado 20 de febrero de 2016 El Peruano / EDUCACION Autorizan viaje de estudiantes y profesor tutor para participar en evento a realizarse en Rumanía RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2016-MINEDU Lima, 19 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de Romanian Mathematical Society y la Directora de National Collage of Computer Science “Tudor Vianu” han cursado invitación a la Sociedad Matemática Peruana para participar en el evento denominado 8th Romanian Master of Mathematics, a desarrollarse del 24 al 29 de febrero de 2016 en la ciudad de Bucarest, Rumanía; Que, el referido evento se caracteriza por su alto nivel de competencia, pues sólo se invita a participar en el mismo a los países que obtienen muy buenos resultados en la Olimpiada Internacional Matemática y tiene como objetivo fomentar el desarrollo y las relaciones de amistad entre los estudiantes de los países participantes, creando oportunidades de intercambio de información de programas escolares entre los mismos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 071-2016-MINEDU se designó a los integrantes de la Delegación Peruana que participarán en la 8th Romanian Master of Mathematics, la cual está conformada por 04 (cuatro) estudiantes y 01 (un) profesor tutor; Que, la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Regular, a través del Informe Nº 033-2016/MINEDU/CMGP-DIGEBR-LACV, señala que es necesario autorizar el viaje de la citada Delegación Peruana, puesto que les permitirá estimular su rendimiento matemático; Que, la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 028-2016-MINEDU/SG-OGCI, señala que es importante la participación de los citados estudiantes y del profesor tutor en la 8th Romanian Master of Mathematics, puesto que les permitirá fortalecer sus competencias, capacidades matemáticas, el desarrollo de su talento y autoestima; así como, mostrar el nivel que tienen nuestros adolescentes talentosos de matemática en relación a estudiantes de otros países; Que, en tal sentido, es necesario autorizar el viaje de los 04 (cuatro) estudiantes y del profesor tutor que integran la Delegación Peruana que participarán en la 8th Romanian Master of Mathematics, cuyos gastos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora: 026. Los gastos asociados a los viáticos serán cubiertos por los organizadores del evento; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de los 04 (cuatro) estudiantes y del profesor tutor, integrantes de la Delegación Peruana que participarán en la 8th Romanian Master of Mathematics, designados mediante Resolución Ministerial N° 071-2016-MINEDU, a la ciudad de Bucarest, Rumanía, del 22 al 29 de febrero de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora 026, de acuerdo al siguiente detalle: ESTUDIANTES: JEMISSON DANIEL CORONEL BALDEON Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 795.45 CHRISTIAN OMAR ALTAMIRANO MODESTO Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 795.45 RAUL ALFREDO ALCÁNTARA CASTILLO Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 795.45 DANIEL JULIAN ROJAS CRUZ Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 795.45 PROFESOR TUTOR: JORGE JOEL TIPE VILLANUEVA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 795.45 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas señaladas el artículo precedente deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1347792-1 Reconocen la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria urarina RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 095-2016-MINEDU Lima, 19 de febrero de 2016 Vistos; el Expediente N° 0002814-2016, el Informe N° 078-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educación, la interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo; Que, el numeral 1 del artículo 21 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, señala que el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural y Bilingüe y la Dirección de Educación Rural, proporciona asistencia técnica, evalúa y ofi cializa las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del país. Asimismo, el numeral 2 del referido artículo precisa que las entidades