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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (20/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 16

578518 NORMAS LEGALES Sábado 20 de febrero de 2016 / El Peruano Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Area de Servidumbre Propietario P9 284 746,41 8 075 666,51 P10 285 361,50 8 076 835,71 P11 285 176,32 8 077 262,86 P12 285 951,65 8 077 760,38 P13 285 774,39 8 078 324,49 P14 285 404,88 8 079 997,59 P15 286 180,33 8 080 348,54 P16 285 999,51 8 080 874,73 P17 286 200,85 8 081 355,27 P18 286 548,19 8 082 005,40 P19 286 565,58 8 082 115,88 P20 286 709,70 8 082 429,30 P21 286 988,32 8 083 071,36 P22 286 689,82 8 084 227,86 P23 287 044,32 8 084 523,36 P24 287 260,32 8 084 956,86 P25 287 367,32 8 085 624,36 P26 286 995,32 8 086 772,36 P27 286 865,32 8 087 806,86 P28 286 673,82 8 088 458,36 P29 286 550,32 8 089 594,36 P30 286 844,82 8 090 575,86 P31 287 027,32 8 091 049,86 P32 286 909,32 8 092 169,86 P33 286 616,32 8 092 925,86 P34 287 022,73 8 093 203,66 P35 285 873,32 8 093 401,36 P36 285 789,32 8 094 316,86 P37 286 547,82 8 094 444,86 P38 286 971,36 8 094 022,87 P39 287 185,32 8 094 202,86 P40 287 634,32 8 094 411,86 P41 287 787,32 8 095 033,36 P42 287 100,32 8 095 217,86 P43 287 162,32 8 096 147,86 P44 286 767,82 8 096 791,36 P45 286 080,32 8 097 016,86 P46 286 403,07 8 097 298,74 P47 286 344,13 8 097 695,18 P48 286 578,25 8 097 955,73 Artículo 3.- ENERSUR S.A. deberá adoptar las medidas necesarias, a fi n que las áreas de servidumbre no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4.- ENERSUR S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en las áreas afectadas por las servidumbres o sobre ellas se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolución no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Artículo 6.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 7.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1347166-1 Aprueban Presupuesto Analítico de Personal de la Unidad Ejecutora N° 005 - Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio para el año 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2016-MEM/DM Lima, 17 de febrero de 2016 VISTO: El Memorándum N° 043-2016-MEM/DGER/JAF de fecha 07 de enero de 2016, mediante el cual la Jefatura de Administración y Finanzas solicita la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal de la Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas para el año 2016; y; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 026-2007-EM de fecha 04 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrifi cación Rural mediante la aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrifi cación Rural, con la calidad de órgano absorbente, dependiente del despacho del Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas, la misma que entró en funciones el 01 de enero de 2008; Que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 859, el personal que labora en la Unidad Ejecutora N° 005: Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas se encuentra sujeto al régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante la Resolución Suprema N° 061-2010- EM de fecha 24 de setiembre de 2010, las Resoluciones Ministeriales N° 159-2013-MEM-DM y N° 113-2014-MEM- DM, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 548-2015- MEM/DM de fecha 16 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas; Que, el Presupuesto Analítico del Personal es un documento de gestión en el cual se considera la dotación presupuestal para los servicios específi cos del personal permanente y eventual, en función de la disponibilidad presupuestal; Que, mediante Memorándum N° 043-2016-MEM/ DGER/JAF de fecha 07 de enero de 2016, la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electrifi cación Rural informó haber elaborado el Presupuesto Analítico de Personal para el año 2016, tomando como base para su formulación el Cuadro de Asignación de Personal - CAP, aprobado por la Resolución Suprema N° 061-2010-EM, las Resoluciones Ministeriales N° 159-2013-MEM-DM y N° 113-2014-MEM- DM; y el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Resolución Ministerial N° 548-2015-MEM/DM de fecha 16 de diciembre de 2015; Que, asimismo, la Jefatura de Administración y Finanzas remitió las Certifi caciones de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 001-2016-MEM-DGER/ JAF, 002-2016-MEM-DGER/JAF, 003-2016-MEM-DGER/ JAF y 004-2016-MEM-DGER/JAF, de fecha 06 de enero de 2016, que respaldan la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal para el año 2016 de la Unidad Ejecutora N° 005 – Dirección General de Electrifi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas; Que, el numeral 6.8 de la Directiva N° 001-82-INAP/ DNP - Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público, aprobada por Resolución Jefatural N° 019-82- INAP/DIGESNA, señala que el PAP será aprobado por el Titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esa competencia; Con la visación de la Jefatura de Administración y Finanzas, de la Jefatura de Asesoría Legal, de la Directora General de la Dirección General de Electrifi cación Rural, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Energía; De conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 001-82-INAP/DNP - Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público, aprobado por Resolución Jefatural N° 019-82-INAP/DIGESNA; el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, aprobado por Resolución Suprema N° 061-2010-EM las Resoluciones Ministeriales N° 159-2013-MEM-DM y N° 113-2014-MEM-DM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio